Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2007 (26/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de setiembre de 2007

se encontraba vigente el T.U.O. de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; siendo que posteriormente, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, que derogo al Decreto Supremo MORDAZA mencionado, establecio la figura juridica de la REVOCACION, la misma que consiste en la accion y efecto de privar de eficacia, a una relacion juridica, por voluntad unilateral de una de las partes". Estableciendose el articulo 203, inciso 2, numeral 203.2.2 de la Ley vigente, que "cuando sobrevenga la desaparicion de las condicion exigidas legalmente para la emision del acto administrativo cuya permanencia sea indispensable para la existencia de la relacion juridica creada"; Que, es de aplicacion la Teoria de los hechos cumplidos, debiendose de aplicar la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, toda vez que se debe aplicar una MORDAZA a las consecuencias de las relaciones y situaciones juridicas existentes, conforme lo senala el Articulo 103º de la Constitucion Politica del Peru, es decir, que una MORDAZA procesal como en el presente caso puede ser aplicado a pesar que el mismo MORDAZA se MORDAZA iniciado durante la vigencia de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, ya derogado, por cuanto sus efectos y consecuencias juridicas resultan perdurable en el tiempo; Que, si bien es MORDAZA, el articulo 203.3 de la indicada ley establece la formalidad en el tramite para la declaracion de la revocacion del acto administrativo ­la cual es el conocimiento de la parte afectada para que formule sus alegatos- sin embargo, ello es con el fin de impedir la indefension, consecuentemente, otorgar la oportunidad de subsanar los defectos advertidos; Que, conforme a los expuesto por la Directora de Licencias y Autorizaciones en su Informe Nº 286-2001MPC-DGC-DLA, expedido en atencion al MORDAZA DE PRIVILEGIO DE CONTROLES POSTERIORES, SE TENDRIA QUE REVOCAR LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, en atencion a lo dispuesto en el articulo 203, inciso 2, numeral 203.2.2., por ocupacion de la via publica, MORDAZA si conforme se desprende del Oficio Nº 526-2001-MPC-DGC, se puso en conocimiento de la administrada esta irregularidad sin que MORDAZA cumplido con desvirtuarla y menos alegar algo; Que, asimismo, se debe de tener presente que la MORDAZA sancionadora vigente al momento de la MORDAZA de la solicitud de la administrada era la Ordenanza Municipal Nº 000003 del 5 de MORDAZA de 1997, la misma que sancionaba la infraccion de ocupacion de la via publica en el ITEM 45, Infraccion que tambien se encontraba regulada en el ITEM 52 de la Ordenanza Municipal Nº 000027 de fecha 20 de diciembre del 2001, por lo que la tipicidad de la Infraccion continuo en la Ordenanza Municipal Nº 00030 de fecha 5 de MORDAZA del 2006, que aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones por Infracciones Administrativas, en el ITEM 85; Que, en el actual Regimen de Aplicacion de Sanciones (RAS) de la Municipalidad, Ordenanza Municipal Nº 000010 de fecha 24 de febrero del 2007, se sanciona la infraccion por ocupacion de la via publica contraviniendo lo dispuesto en la autorizacion municipal expedida para giro especifico, en el Codigo 02-09, por lo que se ha tomado conocimiento de hecho, debiendo ser la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, quien inicie las acciones correspondientes para la aplicacion de las sanciones establecidas en el Regimen de Aplicacion de Sanciones (RAS) de la Municipalidad, Ordenanza Municipal Nº 000010 de fecha 24 de febrero del 2007; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 0613-2007MPC-GGAJC y la visacion de la Gerencia General de Asesoria Juridica Conciliacion, Gerencia General de Desarrollo MORDAZA y Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, y en uso de las atribuciones conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- REVOCAR la LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Nº 289-2001, otorgada a la Sra. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el establecimiento ubicado

en la cuadra 10 de la Av. MORDAZA Grau (Ex Buenos Aires), Callao, con el Giro de Venta de Combustible y Lubricantes llamado "GRIFO CALLAO", por ocupar la via publica. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA el inicio del procedimiento sancionador, con conocimiento de la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 112484-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Autorizan viaje de funcionario a Colombia para participar en el "Seminario Internacional de Transporte MORDAZA y Metropolitano: Metros, Tranvias o Buses"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 022-2007-MPA MORDAZA, 17 de septiembre de 2007 VISTO: La invitacion de la Corporacion MORDAZA de Fomento CAF y la Fundacion de los Ferrocarriles Espanoles en el MORDAZA del Convenio Centro Iberoamericano para el desarrollo Integrado del Transporte, CIDITRANS, realizada a la Gerencia de Transportes de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, para participar en el "Seminario Internacional de Transporte MORDAZA y Metropolitano: Metros, Tranvias o Buses", a realizarse en la MORDAZA de Cartagena Colombia del 25 al 28 de setiembre de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de MORDAZA, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, es una entidad de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y se rige por la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; Que, la Corporacion MORDAZA de Fomento CAF y la Fundacion de los Ferrocarriles Espanoles en el MORDAZA del Convenio Centro Iberoamericano para el desarrollo Integrado del Transporte, CIDITRANS, ha cursado invitacion a la Gerencia de Transportes de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, para participar en el "Seminario Internacional de Transporte MORDAZA y Metropolitano: Metros, Tranvias o Buses", a realizarse en la MORDAZA de Cartagena - Colombia del 25 al 28 de setiembre de 2007; Que, mencionado MORDAZA, esta dirigido a los responsables tecnicos y politicos involucrados en la toma de decisiones respecto de la planificacion del transporte en areas urbanas y metropolitanas y el contenido esta dirigido al intercambio de experiencias sobre soluciones al transporte eficiente en areas urbanas y metropolitanas en cada una de las fases de planificacion, diseno, implantacion y explotacion entre un numero importante de ciudades espanolas e iberoamericanas; Que, la Organizacion del MORDAZA asume todos los costos de participacion del representante de la Municipalidad Provincial de MORDAZA (pasajes, alojamiento y alimentacion) siendo por cuenta del participante los impuestos de salida del MORDAZA, gastos de tasas aeroportuarias, trasporte local y seguro medico; Que, esta administracion Municipal, ha designado a un representante, el servidor Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Transporte MORDAZA y Especial, con la finalidad de que participe en el "Seminario Internacional

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