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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de setiembre de 2007 354118 SUR Desde este punto el límite prosigue en dirección suroeste en una distancia aproximada de 5 km, hasta alcanzar el curso del río Monigali y proseguir aguas arriba hasta alcanzar sus nacientes y luego continuar por la divisoria de aguas formada entre las tributarias del río Mantalo y el río Igoritoshiari en dirección suroeste hasta alcanzar una quebrada sin nombre de coordenadas UTM 696366 E, 8626811 N, recorriéndola aguas abajo hasta alcanzar una tributaria sin nombre por su margen izquierda para luego desde este lugar continuar mediante una línea recta de dirección suroeste hasta alcanzar el punto de coordenadas UTM 654203 E, 8587476 N, donde se incluye el límite de la comunidad nativa Tipeshiari, desde el último punto se continua mediante una línea paralela al río Apurímac en una distancia promedio de 5 km aproximadamente continuando en esta dirección aguas abajo mediante esta línea paralela hasta coincidir con el límite oeste de la comunidad nativa de Camantavishi. OESTEDesde el último punto descrito, el límite continúa en la misma dirección el cual esta formado por las comunidades nativas de Cutivireni, Quiteni y desde esta comunidad, el área de la zona de amortiguamiento prosigue por la margen derecha del río Ene hasta su confl uencia con el río Perene, punto inicial de la presente memoria descriptiva. La versión o fi cial digital de los límites se encuentra en el INRENA - IANP y constituye en lo sucesivo el principal documento al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial a todo nivel. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario O fi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario O fi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario O fi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justi fi car y, si se agregasen grá fi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L