Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de setiembre de 2007 354131 Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 562-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 07.07.2007. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTE Director General de Juegos de Casinoy Máquinas Tragamonedas 112575-11 DEFENSA Designan representante del Ministro de Defensa ante la Comisión Consultiva de los Censos Nacionales - 2007 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 784-2007-DE/SG Lima, 26 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 093-2006-PCM, se declara de prioridad nacional la ejecución de los Censos Nacionales, XI de Población y VI de Vivienda en el año 2007; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 069-2007 DE/ SG, de fecha 31 de enero de 2007, se designó al Tte Crl EP Jorge Olivera Silva, Jefe de la O fi cina de Estadística de la Dirección Técnica de Sistemas de Información del Ministerio de Defensa, como representante del Ministro de Defensa ante la Comisión Consultiva de los Censos Nacionales – 2007; Que, es necesario dar por concluida la designación del Ofi cial Superior antes mencionado, debiéndose designar a su reemplazo; De conformidad con la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa y su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del Tte Crl EP Jorge Olivera Silva, Jefe de la O fi cina de Estadística de la Dirección Técnica de Sistemas de Información del Ministerio de Defensa, como representante del Ministro de Defensa ante la Comisión Consultiva de los Censos Nacionales – 2007. Artículo 2º.- Designar al MAG FAP Luis Miguel Picardo Martínez, Director Ejecutivo de Movilización Nacional del Ministerio de Defensa, como representante del Ministro de Defensa ante la Comisión Consultiva de los Censos Nacionales – 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 113519-1 ECONOMIA Y FINANZAS ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 151-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el Artículo 188° de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley Nº 27680 establece que la descentralización constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, cuyo objetivo es lograr el desarrollo integral del país, para lo cual ésta se ejecuta, en forma gradual y ordenada, a través de los procesos de la descentralización y de regionalización; Que, por Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, de fecha 26 de abril de 2006, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, dentro del cual se continúa con la transferencia de fondos y proyectos de inversión de infraestructura productiva. En el caso del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVÍAS RURAL, hoy Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVÍAS DESCENTRALIZADO, se ha previsto la transferencia a los Gobiernos Locales del Programa de Mantenimiento Vial Rutinario de Caminos Vecinales, para que ejecuten a través de sus respectivos Institutos Viales Provinciales – IVP; Que, por Resolución Presidencial Nº 058-CND-P- 2006, de fecha 21 de julio de 2006, se aprobó la Directiva Nº 004-CND-P-2006 “Normas para la Ejecución de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversión en Infraestructura Productiva de alcance Regional y Funciones Sectoriales incluidos en los Planes Anuales de Transferencia”, en cuyo Anexo 3 indica la relación de Gobiernos Locales Provinciales a los que, previo cumplimiento de los procedimientos, plazos y mecanismos de veri fi cación, se transferirá el Programa de Mantenimiento Vial Rutinario de Caminos Vecinales del PROVÍAS DESCENTRALIZADO, a que se re fi ere el Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, para su ejecución por sus respectivos Institutos Viales Provinciales – IVP; precisándose que los Gobiernos Locales Provinciales de Huarmey, Sihuas, Pachitea y Concepción fueron incorporados en los alcances de la presente transferencia mediante O fi cio Nº 1718- 2006-CND/GTA/ST emitido por el Consejo Nacional de Descentralización, (hoy fusionado con la Presidencia del Consejo de Ministros, en aplicación del Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM); Que, con arreglo a las disposiciones indicadas en los considerandos anteriores, los Gobiernos Locales Provinciales de Chachapoyas, Huari, Huarmey, Sihuas, Abancay, Antabamba, Chincheros, Huamanga, Huanta, Lucanas, Sucre, Cajabamba, Chota, San Ignacio, San Marcos, San Miguel, San Pablo, Santa Cruz, Anta, Calca, Canas, Chumbivilcas, La Convención, Paruro, Quispicanchis, Urubamba, Castrovirreyna, Huancavelica, Huaytará, Tayacaja, Huamalíes, Leoncio Prado, Pachitea, Puerto Inca, Huancayo, Concepción, Satipo, Sánchez Carrión, Yauyos, Manú, Tahuamanú, Pasco, Oxapampa, Huancabamba, Azángaro, El Collao, Huancané, Melgar, Moho, San Antonio de Putina, Sandia, Yunguyo, El Dorado, Lamas, Mariscal Cáceres, San Martín, Picota y Tocache, comprendidos en la transferencia del Programa de Mantenimiento Vial Rutinario de Caminos Vecinales, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, presentaron dentro de los plazos previstos, la documentación sustentatoria del cumplimiento de los mecanismos de verifi cación correspondientes en cada caso, lo cual ha sido debidamente veri fi cado y validado por el Consejo Nacional de Descentralización, actualmente Secretaría de Descentralización; Que, en virtud de lo antes señalado y a efecto de concretarse las transferencias establecidas por el Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, en el marco de la transferencia de recursos a que se re fi ere la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, resulta pertinente aprobar dichas transferencias del Programa de Mantenimiento Vial