NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/09/2007)
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TEXTO PAGINA: 15
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de setiembre de 2007 354121 Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 113768-18 Autorizan y registran modelo de máquina tragamonedas solicitado por Better Games S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 470 - 2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 22 de mayo de 2007 Visto, el Expediente Nº 000298-2007-MINCETUR, de fecha 13.02.2007, presentado por la empresa Better Games S.A.C., en el que solicita autorización y registro de un (1) modelo de máquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 y normas modi fi catorias, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciéndose en el artículo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de máquinas tragamonedas cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 16º del Reglamento del citado cuerpo legal, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, señala la información y documentación que deben presentar los interesados en obtener la autorización y registro de los modelos de máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del Reglamento establece que los modelos de máquinas tragamonedas y las memorias de sólo lectura de los programas de juego deberán someterse con anterioridad a su autorización y registro, a un examen técnico ante una entidad autorizada, la cual expedirá un Certi fi cado de Cumplimiento que acreditará que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, según sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certi fi cado de Cumplimiento Nº 200607-34, de fecha 24.07.2006, expedido por el Laboratorio de Certi fi cación de la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú, y modi fi catoria presentada mediante Expediente Nº 006543-2007-MINCETUR, de fecha 10.04.2007, veri fi cado los requisitos técnicos de la máquina tragamonedas cuya autorización y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el artículo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e información adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas acceda a la autorización y registro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153 y normas modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 009-2002- MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 del Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Técnico Nº 090-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/DAR-YGP y Legal Nº 403-2007-MINCETUR/ VMT/DGJCMT/DAR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Better Games S.A.C., el modelo de máquina tragamonedas fabricado por la empresa Gamey Industries S.R.O. (República Checa), según el siguiente detalle: Registro B0000287 Código del Modelo UNITY Descripción Máquina tragamonedas de vídeo de cuerpo vertical con caja superior redondeada sobre el que puede existir una lámpara para señales luminosas. Cuenta con un monitor de 17 pulgadas de pantalla plana de alta resolución y que responde al tacto. Como medios de juego cuenta con un aceptador de monedas y un aceptador de billetes. Como medios de pago cuenta con un hopper. Este modelo no incluye palanca lat eral. Dimensiones del ModeloAlto : 124.50 cm. Ancho : 47.00 cm. Profundidad : 42.00 cm. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTE Director General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas 112575-1 Modifican R.D. Nº 569-2005-MINCETUR/ VMT/DNT mediante la cual se autorizaron y registraron memorias de sólo lectura RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 511 -2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 25 de mayo de 2007 Visto, el Informe Técnico Nº 096-2007-MINCETUR/ VMT/DGJCMT/DAR-YGP, de fecha 22.05.2007 y la Resolución Directoral Nº 569-2005-MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 19.10.2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, y normas modi fi catorias, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país, estableciéndose en el artículo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de máquinas tragamonedas y memorias de sólo lectura cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, en virtud de la Resolución Directoral Nº 569- 2005-MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 19.10.2005, se autorizaron y registraron diversas memorias de sólo lectura del fabricante WMS Gaming Inc; Que, no obstante, debido a un error material se consignó en el Registro: A0006599 correspondiente a la memoria de sólo lectura con código de identi fi cación: S568-000-1010, la posición J1014, cuando en realidad debió consignarse la posición J1004, de conformidad con la solicitud presentada y la evaluación técnica contenida en el Certi fi cado de Cumplimiento Nº 200509- 12, de fecha 12.09.2005, expedido por el Laboratorio de Certi fi cación de la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 201º de la Ley Nº 27444, los errores material o aritméticos de los actos administrativos pueden ser recti fi cados