Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2008 (04/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

369960
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2008

Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Atronic International GMBH., veinte (20) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa Atronic International GMBH (Alemania), segun el siguiente detalle:
N° 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 REGISTRO A0007734 A0007735 A0007736 A0007737 A0007738 A0007739 A0007740 A0007741 A0007742 A0007743 A0007744 A0007745 A0007746 A0007747 A0007748 A0007749 A0007750 A0007751 A0007752 A0007753 CODIGO DE LA MEMORIA HBS-STD-11.3.0.103 U5 (U5) HBS-STD-11.3.0.103 U6 (U6) HGM-STD-MYJO-11.1.1.12 U7 (U7) HGM-STD-MYJO-11.1.1.12 U8 (U8) MYJO01-I-MA-STD_-5-XX-XX-AXX (U9) HGM-STD-SUSP-11.1.1.2 U7 (U7) HGM-STD-SUSP-11.1.1.2 U8 (U8) SUSP0C-G-MB-STD_-5-25-XX-AXX (U9) SUSP0C-G-MA-STD_-5-25-10-QXX (U9) SUSP2C-G-MB-STD_-5-25-50-AXX (U9) HGM-STD-DRAM-11.1.0.19 U7 (U7) HGM-STD-DRAM-11.1.0.19 U8 (U8) DRAM01-G-MA-STD_-5-XX-XX-AXX (U9) DRAM01-G-MA-STD_-5-XX-XX-QXX (U9) DRAM21-G-MA-STD_-5-21-50-AXX (U9) HGM-STD-GOSU-11.1.0.28 U7 (U7) HGM-STD-GOSU-11.1.0.28 U8 (U8) GOSU01-H-MA-STD_-5-XX-XX-AXX (U9) GOSU01-H-MA-STD_-5-XX-XX-RXX (U9) GOSU21-H-MA-STD_-5-09-00-AXX (U9)

los soportes fisicos y las etiquetas correspondientes en formato JPG, con resolucion 300 dpi; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el primer parrafo del articulo 18° del Decreto Supremo N° 009-2002MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, y normas modificatorias, el Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0062005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico N° 225-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDARYGP y Legal Nº 1036-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/ SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la inscripcion y registro de dos (02) memorias de solo lectura solicitada por la empresa Inmobiliaria Rapid S.A.C., fabricadas por la empresa Austrian Gaming Industries GMBH, (Austria), segun el siguiente detalle:
N° 01 02 REGISTRO A0007726 A0007727 CODIGO DE LA MEMORIA HSPOT494 V_5.6-0 (P401 B0801 HSPOT496 V_5.6-0 (P401 B0801)

Registrese, notifiquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

Registrese, notifiquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

183051-5 RESOLUCION DIRECTORAL N° 1222 - 2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT
MORDAZA, 20 de noviembre de 2007 Visto, el Expediente N° 002689-2007-MINCETUR, de fecha 18.10.2007, presentado por la empresa Gaming and Technology Peru S.A., en el que solicita autorizacion y registro de veinte (20) memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, y normas modificatorias, se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11° que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18° del Reglamento del citado cuerpo legal, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2002MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, el articulo 21° del referido Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los Certificados de Cumplimiento, de fechas 06.03.2007, 04.04.2007, 05.04.2007, 06.07.2007, 10.08.2007, 16.08.2007 y 27.08.2007, expedidos por el Laboratorio de Certificacion Gaming Laboratories International Inc, (GLI), asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18° del Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, asimismo, en observancia de lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 556-2006-MINCETUR/ VMT/DNT, de fecha 10.07.2006, la solicitante presenta en una unidad de almacenamiento optico el archivo binario de las memorias de solo lectura asi como las imagenes

183051-3 RESOLUCION DIRECTORAL N° 1214 - 2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT
MORDAZA, 20 de noviembre de 2007 Visto, el Expediente N° 001979-2007-MINCETUR, de fecha 02.07.2007, presentado por la empresa Inmobiliaria Rapid S.A.C., en el que solicita autorizacion y registro de memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, y normas modificatorias, se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11° que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18° del Reglamento del citado cuerpo legal, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2002MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, el articulo 21° del referido Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento Nº 200703-60, de fecha 26.03.2007, expedido por el Laboratorio de Certificacion de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18° del Decreto Supremo N° 0092002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, asimismo, en observancia de lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 556-2006-MINCETUR/VMT/ DNT, de fecha 10.07.2006, la solicitante presenta en una unidad de almacenamiento optico el archivo binario de las memorias de solo lectura asi como las imagenes de

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