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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (04/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de abril de 2008 369952 Aceptan donaciones de bienes del OIEA recibida por el IPEN y destinada al Proyecto “Manejo Sostenible del Acuífero Binacional Zarumilla” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 229-2008-AG Lima, 3 de abril de 2008 VISTOS:El Ofi cio Nº 989-2007-INADE-PEBPT-8701-D.EST, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango-Tumbes y el Memorándum Nº 597-2007-INADE- 3101-OGPP-OCTFI, del Jefe de la Ofi cina General de Presupuesto y Planifi cación; y, CONSIDERANDO:Que, el Organismo Internacional de Energía Atómica – OIEA, es un organismo especializado de las Naciones Unidas que promueve el uso de las técnicas nucleares en diversos campos relacionados con el desarrollo nacional de sus estados miembros y las relaciones de cooperación con nuestro país, estas técnicas están basadas en el Acuerdo Suplementario Revisado suscrito con fecha 25 de marzo de 1980, sobre prestación de Asistencia Técnica al Gobierno del Perú; Que, en el marco de dicho Acuerdo, el Instituto de Energía Nuclear – IPEN, en su calidad de organismo nacional de enlace ha propiciado la donación de equipos para ser utilizados en estudios de hidrología isotópica, destinados al Proyecto Binacional Perú Ecuador RLA/8/039 titulado “Manejo Sostenible del Acuífero Binacional Zarumilla” a cargo del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes; Que, el IPEN en su calidad de entidad consignataria de las donaciones para fi nes de desaduanaje, ha expedido la Resolución Directoral Nº 092-06-IPEN/EJEC de fecha 3 de agosto de 2006 y la Resolución Directoral Nº 133-06-IPEN/EJEC de fecha 6 de noviembre de 2006, aceptando los bienes destinados a estudios hidrológicos, para su uso por parte del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, suscribiéndose asimismo, dos (2) Actas de Entrega de los equipos de fecha 7 de febrero de 2007, mediante las cuales se deja constancia de la entrega física de los bienes que hace el IPEN al citado Proyecto Especial; Que, es necesario formalizar la entrega de los bienes donados por el OIEA, recibidos por el IPEN y entregados por éste al Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, mediante la emisión de la Resolución Ministerial de aceptación de la donación de equipos, conforme lo prevé el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, y la Directiva Nº 009-2002-SBN, que señala el procedimiento para la donación de bienes muebles dados de baja por las Entidades Públicas y para la aceptación de la donación de bienes muebles a favor del Estado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 599 – Ley de Organización y Funciones del INADE, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES, modifi cado por Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF norma que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación de bienes del Organismo Internacional de Energía Atómica – OIEA, recibida por el Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN y destinada al Proyecto RLA/8/039 “Manejo Sostenible del Acuífero Binacional Zarumilla” a cargo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, cuyas características son las siguientes: 1 Incubadora tipo gabinete de origen alemán € 2,513.00 1 Plato AEA 160G (Capacidad: 160G, Lectura 0.0001G, Tamaño del Plato: 100 MM de Diámetro) de origen: Reyno Unido € 1,421.75 Costos de Transporte Lima-Perú € 275.40 Precio en Euros € 4,210.15 Precio en Dólares US$ 5,052.18 Precio Nuevo Soles S/. 16,420.00 Artículo 2º.- Aceptar la donación de bienes del Organismo Internacional de Energía Atómica – OIEA, recibida por el Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN y destinada al Proyecto RLA/8/039 “Manejo Sostenible del Acuífero Binacional Zarumilla” a cargo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, cuyas características son las siguientes: 7 Cajas Botella DB05 sin numerar KIMAX – Cod. 15070-00 US$ 1,155.00 4 Unidades frascos cuentagotas claro 50ml.WHEATON-Cod. 14216-230 224.00 4 Unidades frascos cuentagotas claro 50ml. WHEATON-Cod. 14216-234 224.00 1 Unidad Soporte para peras de decantación Cod. 30534-905 299.00 2 Unidades Pinza para crisol de acero Cod. 62460-000 12.00 2 Unidades Pinza para crisol recubrimiento plástico – Cod. 21742-000 14.00 6 Unidades espátula acero inoxidable 7.6 cm. Cod. 57940-028 66.001 Caja respirador 3M con fi ltro P 100 Cod. 56222-442 366.00 Gastos de fl ete 510.00 Precio en Dólares US$ 2,870.00 Precio en Nuevos Soles S/. 9,270.00 Artículo 3º.- Agradecer al Organismo Internacional de Energía Atómica – OIEA, por su valiosa donación. Artículo 4º.- Notifi car la presente Resolución, a la entidad donante, Contraloría General de la República, Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y al Instituto Nacional de Desarrollo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 184039-2 Designan representante del INRENA en el Consejo Directivo del Fondo de Promoción del Desarrollo Forestal - FONDEBOSQUE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 231-2008-AG Lima, 3 de abril de 2008 VISTO:El Memorandum Nº 030-2008-AG-DVM de fecha 6 de febrero del 2008, del Viceministro de Agricultura; y, CONSIDERANDO:Que, a través del Decreto Supremo Nº 004-2003-AG, se modifi caron los artículos 344º al 348º del Reglamento de la Ley Nº 27308, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG y se creó el Fondo de Promoción del Desarrollo Forestal – FONDEBOSQUE estableciéndose, entre otras funciones, aquéllas correspondientes al Consejo Directivo; Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 28852 - Ley de Promoción de la Inversión Privada en Reforestación y Agroforestería, se otorgó fuerza de Ley al Decreto Supremo Nº 004-2003-AG; Que, el artículo 345º del Reglamento de la Ley Nº 27308, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 004-2003-AG, establece que el Consejo Directivo de FONDEBOSQUE está integrado, entre otros, por un representante del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA, quien lo presidirá; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 071-2007- AG de fecha 17 de enero del 2007, se designó al señor Isaac Roberto Ángeles Lazo, entonces Jefe del INRENA, como representante del citado Organismo en el Consejo Directivo de FONDEBOSQUE; Que, mediante Resolución Suprema Nº 004-2008-AG publicada el 27 de enero del 2008, se aceptó la renuncia al cargo de Jefe del INRENA formulada por el señor Isaac Roberto Ángeles Lazo, designándose en su reemplazo al