Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2008 (05/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

370073

CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Reino Hachemita de Jordania sobre Supresion de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomaticos, Especiales y de Servicio", fue suscrito el 31 de MORDAZA de 2005, en la MORDAZA de Amman, Reino Hachemita de Jordania; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57º y 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Reino Hachemita de Jordania sobre Supresion de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomaticos, Especiales y de Servicio", suscrito el 31 de MORDAZA de 2005, en la MORDAZA de Amman, Reino Hachemita de Jordania. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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Nombran al Embajador del Peru en la Republica Bolivariana de Venezuela para desempenarse simultaneamente como Embajador Concurrente ante la Republica de Surinam
RESOLUCION SUPREMA N° 097-2008-RE
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2008 Vista la Resolucion Suprema N° 075-2007-RE, de 22 de febrero de 2007, que nombro Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Bolivariana de Venezuela, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calderon; Vista la Resolucion Ministerial N° 0231-RE, de 23 de febrero de 2007, que fijo el 1 de febrero de 2007, como la fecha en que debio asumir funciones el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Bolivariana de Venezuela; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Teniendo en cuenta el Memorandum (PRO) N° PRO0183/2008, de la Direccion Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 26 de marzo de 2008, mediante el cual se informa que el gobierno de la Republica de Surinam, ha otorgado el beneplacito de estilo para el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se desempene como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Surinam, con residencia en la Republica Bolivariana de Venezuela; De conformidad con la Primera Disposicion Complementaria de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; la Primera Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo Primero.Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Bolivariana de Venezuela, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se desempene simultaneamente como Embajador Concurrente ante la Republica de Surinam, con residencia en la MORDAZA de Caracas, Republica Bolivariana de Venezuela. Articulo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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Ratifican el "Acuerdo de Supresion de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomaticos, Oficiales y Especiales entre la Republica del Peru y la Antigua Republica Yugoslava de Macedonia"
DECRETO SUPREMO Nº 012-2008-RE
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo de Supresion de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomaticos, Oficiales y Especiales entre la Republica del Peru y la Antigua Republica Yugoslava de Macedonia", fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota 78-2687/2 del Ministerio de Asuntos Exteriores de MORDAZA, de 12 de junio de 2006, en la MORDAZA de Skopje, Antigua Republica Yugoslava de MORDAZA y Nota CM 06/06 de la Embajada del Peru en Serbia, de 14 de MORDAZA de 2006, en la MORDAZA de Belgrado, Republica de Serbia; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo de Supresion de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomaticos, Oficiales y Especiales entre la Republica del Peru y la Antigua Republica Yugoslava de Macedonia", formalizado mediante intercambio de Notas, Nota 782687/2 del Ministerio de Asuntos Exteriores de MORDAZA, de 12 de junio de 2006, en la MORDAZA de Skopje, Antigua Republica Yugoslava de MORDAZA y Nota CM 06/06 de la Embajada del Peru en Serbia, de 14 de MORDAZA de 2006, en la MORDAZA de Belgrado, Republica de Serbia.

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