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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (05/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de abril de 2008 370069 PRODUCE Disponen apoyo a la “Campaña Nacional de Vacunación contra la Hepatitis B” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2008-PRODUCE Lima, 31 de marzo de 2008 VISTOS: La Cartilla Informativa Campaña Nacional de Vacunación contra la Hepatitis B, del Ministerio de Salud; y el Acta de Compromisos del Consejo de Ministros suscrita con fecha 25 de marzo de 2008; CONSIDERANDO: Que, en la Cartilla Informativa Campaña Nacional de Vacunación contra la Hepatitis B para proteger a la población de 2 a 19 años de edad, el Ministerio de Salud requiere el apoyo de los Ministros de Estado en la referida Campaña, a través de la realización de las diversas acciones detalladas en la misma; Que, dada la necesidad de cumplir los objetivos de la referida Campaña Nacional de Vacunación, que se llevará a cabo en tres etapas, del 1 al 30 de abril, del 1 al 30 de junio y del 1 al 31 de octubre de 2008, con fecha 25 de marzo de 2008, el Ministro de la Producción suscribió el Acta de Compromisos del Consejo de Ministros, asumiendo el compromiso de apoyar la Campaña, así como de emitir la resolución ministerial por la que se resuelva darle prioridad en su ámbito de competencia, convocando a todos los trabajadores, padres y madres del Sector de la Producción a fi n de que vacunen a sus hijos entre 2 y 19 años, además de aquellos que pertenecen al grupo de riesgo para contraer el virus de la Hepatitis B; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Producción y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso j) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer, el apoyo a la “Campaña Nacional de Vacunación contra la Hepatitis B” a realizarse en tres etapas, del 1 al 30 de abril (primera dosis), del 1 al 30 de junio (segunda dosis) y del 1 al 31 de octubre de 2008 (tercera dosis), para lo cual todos los funcionarios y servidores del Ministerio de la Producción, así como de los Organismos Públicos Descentralizados, brindarán las facilidades que se requieran a fi n de alcanzar la meta de vacunar al 100% de peruanos y peruanas comprendidos entre 2 y 19 años, además de aquellos que pertenecen al grupo de riesgo para contraer el virus de la Hepatitis B en el Sector de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 184049-1 Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Consejo Nacional de Fomento Artesanal - CONAFAR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 428-2008-PRODUCE Lima, 3 de abril de 2008 Vistos: el Ofi cio Nº 180-2008-MINCETUR/SG del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Memorándum Nº 303-2008-PRODUCE/DVI del Despacho Viceministerial de Industria y el Informe Nº 053-2008-PRODUCE/OGAJ-EAF de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y;CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12º de la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, se creó el Consejo Nacional de Fomento Artesanal –CONAFAR en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual estará integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de la Producción, y tendrá entre sus funciones, proponer la política artesanal del país y las normas y acciones de apoyo a dicha actividad; Que, conforme al Reglamento del Registro Nacional del Artesano y del Consejo Nacional de Fomento Artesanal, creados mediante los Artículos 12º y 30º de la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008- MINCETUR, la designación de los representantes del sector público del CONAFAR será mediante Resolución del Titular del respectivo Sector; Que, en ese sentido, resulta oportuno designar al representante titular y al representante alterno del Ministerio de la Producción que integrarán el CONAFAR, y; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Reglamento del Registro Nacional del Artesano y del Consejo Nacional de Fomento Artesanal, creados mediante los Artículos 12º y 30º de la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-MINCETUR y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los servidores Martha Emma Gutiérrez Arriola y Héctor Simeón Riega Dongo, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante el Consejo Nacional de Fomento Artesanal – CONAFAR. Artículo 2º.- Remitir al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo copia de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 184049-2 Designan representantes titular y alterno del ITP para integrar la Comisión Especial encargada de implementar y poner en funcionamiento la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 429-2008-PRODUCE Lima, 3 de abril de 2008 Vistos: el Ofi cio Nº 135-2008-MINCETUR/DM del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ofi cio Nº 055-2008-ITP/PCD del Instituto Tecnológico Pesquero – ITP, y el Informe Nº 034-2008-PRODUCE/OGAJ-JCF de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 9º de la Ley Nº 28977, Ley de Facilitación del Comercio Exterior, la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE permitirá a los operadores de comercio exterior tramitar las autorizaciones y permisos que exigen las entidades competentes para la realización de las importaciones y exportaciones de mercancías; asimismo, dicha norma ha previsto la designación de una Comisión Especial para la uniformización y simplifi cación del trámite por dicha Ventanilla, que incluirá la tramitación por medios electrónicos;