Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2008 (05/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2008

necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 18 de marzo de 2008, se aprobo otorgar mediante contrato, las seguridades y garantias a que se refiere el parrafo precedente, en favor de la Sociedad Concesionaria, respecto de las obligaciones, declaraciones y seguridades asumidas por el concedente en el Contrato de Concesion de la Linea de Transmision Carhuamayo - Paragsha - Conococha MORDAZA - MORDAZA - Cerro MORDAZA - Carhuaquero; Que, en virtud de lo MORDAZA expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesion a favor de la Sociedad Concesionaria que ABENGOA PERU S.A., constituira, la cual suscribira el Contrato de Concesion de la Linea de Transmision Carhuamayo-Paragsha-Conococha-HuallancaCajamarca-Cerro Corona-Carhuaquero; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, MORDAZA complementaria al Decreto Legislativo Nº 674, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Otorguese mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru en respaldo de las obligaciones, declaraciones y seguridades contenidas en el Contrato de Concesion de la Linea de Transmision Carhuamayo-Paragsha-Conococha-Huallanca-CajamarcaCerro Corona-Carhuaquero, a celebrarse con la Sociedad Concesionaria que ABENGOA PERU S.A., constituira conforme se senala en las Bases del Concurso Publico Internacional en la modalidad de Proyecto Integral para otorgar en Concesion la Linea de Transmision Carhuamayo-Paragsha-ConocochaHuallanca-Cajamarca-Cerro Corona-Carhuaquero, efectuada por la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION. Articulo 2º.- La amplitud de la garantia a que se refiere el articulo precedente, sera la que determine el respectivo contrato, observandose lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, Decreto Supremo Nº 060-96-PCM y por el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Articulo 4º de la Ley Nº 26885. Articulo 3º.- Autoricese al Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas a suscribir, en representacion del Estado, el contrato a que se refiere el Articulo 1º del presente decreto supremo. Articulo 4º.- El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 11.1 de la Ley Nº 27943 del Sistema Portuario Nacional, asi como el articulo 48º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, la Autoridad Portuaria Nacional y las Autoridades Portuarias Regionales son competentes para conducir los procesos de promocion de la inversion privada en la infraestructura e instalaciones portuarias de su competencia, contando para su ejecucion con el apoyo de PROINVERSION mediante la suscripcion de convenios de cooperacion; Que, en el MORDAZA de lo establecido en las normas citadas en el considerando precedente, con fecha 10 de marzo de 2005, la Autoridad Portuaria Nacional suscribio con PROINVERSION un Convenio MORDAZA de Cooperacion a fin que esta entidad brinde su apoyo para el desarrollo y ejecucion de los procesos de promocion de la inversion privada en la infraestructura e instalaciones portuarias de titularidad publica nacional; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 098-2005-EF se ratifico el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION, mediante el cual dicha entidad acepto tomar a su cargo la promocion de la inversion privada en la infraestructura e instalaciones portuarias de titularidad publica nacional, dentro de los alcances de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, su reglamento y el Convenio MORDAZA de Cooperacion suscrito con la Autoridad Portuaria Nacional; Que, de conformidad a lo dispuesto por el referido Convenio MORDAZA de Cooperacion, corresponde a la Autoridad Portuaria Nacional, entre otros, conducir los procesos de promocion de la inversion privada en infraestructura portuaria publica a traves de la aprobacion de los respectivos Planes de Promocion; Que, asimismo, el Convenio establece que corresponde al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y Servicios Publicos constituido por Resolucion Suprema Nº 444-2001-EF, modificada por Resoluciones Supremas Nº 228-2002-EF, Nº 009-2003EF y Nº 065-2006-EF, elaborar y someter los Planes de Promocion a la aprobacion de la Autoridad Portuaria Nacional; Que, con fecha 25 de marzo de 2008, el directorio de la Autoridad Portuaria Nacional aprobo los Planes de Promocion de la Inversion Privada correspondientes a los Terminales Portuarios de Paita y General San MORDAZA - MORDAZA, elaborados por el Comite de PROINVERSION al que se refiere el considerando precedente; Que, asimismo, con fecha 25 de marzo de 2008, el Consejo Directivo de PROINVERSION, acordo aprobar los Planes de Promocion de la Inversion Privada de los referidos Terminales Portuarios; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 3) del Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, la Ley Nº 28660, la Ley Nº 27943 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2006-MTC; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo de PROINVERSION en su sesion de fecha 25 de marzo de 2008, conforme a los cuales se aprobaron los Planes de Promocion de la Inversion Privada correspondientes a los Terminales Portuarios de Paita y General San MORDAZA - MORDAZA, los mismos que cuentan con la previa aprobacion de la Autoridad Portuaria Nacional. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

184690-2

Ratifican acuerdos de PROINVERSION que aprobaron Planes de Promocion de la Inversion Privada correspondientes a los Terminales Portuarios de Paita y General San MORDAZA - MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 041-2008-EF
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2008

184690-10

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