Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (16/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de abril de 2008 370708 Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Cultura a efectuar el pago de US$ 2,141.00 (DOS MIL CIENTO CUARENTA Y UNO Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) correspondiente a la cuota 2008, al Fondo para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Cultura (INC). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSE ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 189107-23 Autorizan viaje de Viceministro Secretario General a Ghana para participar en la XII Conferencia Ministerial de la UNCTAD RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0463-2008-RE Lima, 9 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, del 19 al 25 de abril se llevará a cabo, en la ciudad de Accra, República de Ghana, la XII Conferencia Ministerial de la UNCTAD con la fi nalidad de discutir importantes temas de la agenda global y adoptar decisiones sobre el programa de trabajo de la Secretaría General de la UNCTAD para los próximos cuatro años; Que, las negociaciones del texto Ministerial de la Conferencia tendrán como base el fortalecimiento de actividades en los tres pilares de la UNTAD: formación de consensos sobre la agenda integral del comercio y el desarrollo, análisis de política y cooperación técnica a los países en desarrollo; Que, la participación de la Cancillería en la XII Conferencia de la UNCTAD, reunión de carácter esencialmente político que se realiza cada cuatro años, se enmarca en el objetivo estratégico de política exterior orientado a fortalecer la participación del Perú en las negociaciones comerciales y fomentar la cooperación para el desarrollo; Que, el Perú es uno de los países latinoamericanos que, de manera efi ciente, se benefi cia de los proyectos de cooperación fi nanciados o administrados por la Secretaría de la UNCTAD; Que, resulta importante reforzar los intereses nacionales y los objetivos prioritarios del Perú en la UNCTAD en lo que se refi ere a los temas de la agenda a ser discutidos durante la XII Conferencia Ministerial de la UNCTAD, particularmente bio-comercio, promoción y protección de las inversiones, políticas de competencia, bio-combustibles y fortalecimiento institucional de la UNCTAD; Que, asimismo, la citada Conferencia brinda la posibilidad de presentar al Perú como un país con una experiencia exitosa en lo que respecta a la implementación de una estrategia de desarrollo abierta al comercio y la inversión, y que ha sacado provecho de las oportunidades que ofrece la globalización para la reducción de la pobreza, la generación de riqueza la promoción del empleo y la redistribución de los ingresos; Estando a lo dispuesto por la Alta Dirección;De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Accra, República de Ghana, del 20 al 25 de abril de 2008, a fi n que presida la delegación peruana que participará en la XII Conferencia Ministerial de la UNCTAD. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 – Conducción de Líneas de Política Institucional, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Gonzalo AlfonsoGutiérrez Reinel3,408.78 200.00 6+2 1,600.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 187301-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran resuelto de pleno derecho contrato de concesión suscrito con persona natural para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable y dejan sin efecto la R.M. Nº 898-2003-MTC/03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 320-2008 MTC/03 Lima, 11 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 898-2003- MTC/03, de fecha 27 de octubre de 2003, se otorgó concesión al señor JORGE MARCIAL GONZALES YUPANQUI, por el plazo de veinte (20) años, para la prestación del servicio de distribución de radiodifusión por cable en el distrito de Huanta, de la provincia de Huanta, del departamento de Ayacucho; suscribiéndose el contrato respectivo el 4 de febrero de 2004; Que, el numeral 6 del artículo 130° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece entre las obligaciones de los Descargado desde www.elperuano.com.pe