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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de abril de 2008 370719 de enero de 2008; el Ofi cio Nº 0063-2008-SG de fecha 28 de enero de 2008; el Informe Nº 0017-2008-UTD de fecha 25 de febrero de 2008; el expediente Nº 013471 de fecha 3 de marzo de 2008, contenido en el Ofi cio Nº 0016-2008-CPPAD, mediante el cual se remite el Informe Nº 003-2008-CPPAD-UNJFSC de fecha 26 de febrero de 2008; el Decreto de Rectorado Nº 2503-2008-R-UNJFSC, de fecha 5 de marzo de 2008; y; CONSIDERANDO:Que, mediante el Memorando Nº 607-2007-OP-MLCV, de fecha 11 de noviembre de 2007, el Jefe de la Ofi cina de Personal solicita al Jefe de la Unidad de Relaciones Laborales y Capacitación que remita informe sobre las inasistencias del personal administrativo nombrado, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, mediante el Informe Nº 046-2007-URLyC/OP, de fecha 5 de diciembre de 2007, el Jefe de la Unidad de Relaciones Laborales y Capacitación informa que, entre otros, el Servidor Administrativo de esta Casa de Estudios Superiores ERMANDO BAZALAR MAYTA ha registrado inasistencia injustifi cada a su centro de labores, verifi cándose de su Récord de Asistencia personal que ha registrado inasistencia ininterrumpidamente por el período comprendido entre el 3 de enero al 27 de noviembre del año 2007; Que, mediante el Ofi cio Nº 1908-2007-OP/MLCV de fecha 7 de diciembre de 2007, el Jefe de la Ofi cina de Personal remite al Titular del Pliego los documentos sustentatorios de los hechos anteriormente referidos, para que determine el procedimiento a seguir, al verifi carse la existencia de indicios razonables de la comisión de falta disciplinaria Que, mediante el Ofi cio Nº 913-2007-R-UNJFSC de fecha 12 de diciembre de 2007, el Titular del Pliego remite a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios el Informe Nº 046-2007-URLyC/OP de fecha 5 de diciembre de 2007, con los documentos que se adjuntan, para que determine si existe mérito sufi ciente para la instauración de Proceso Administrativo Disciplinario contra el Servidor Administrativo ERMANDO BAZALAR MAYTA, por los hechos anteriormente referidos Que, a instancias del informe emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, mediante la Resolución Rectoral Nº 0072-2008-UH, de fecha 25 de enero de 2008 se dispuso instaurar Proceso administrativo disciplinario al Servidor Administrativo ERMANDO BAZALAR MAYTA, por la presunta comisión de falta administrativa tipifi cada en el literal k) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 falta consistente en no haber asistido a su centro de labores por el período comprendido entre el 3 de enero al 27 de noviembre del año 2007; Que, conforme se verifi ca en la sección de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano en su edición de fecha 30 de enero de 2008, el acto resolutivo referido en el considerando precedente fue publicado oportunamente, quedando garantizados los derechos del servidor administrativo encausado a la publicidad y el debido proceso, dentro del contexto de legalidad en que desenvolvió el proceso administrativo disciplinario cuya conclusión es materia de la presente; Que, mediante el Ofi cio Nº 063-2008-SG de fecha 28 de enero de 2008, el Secretario General remite a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios el expediente cuyo trámite dio lugar a la expedición de la Resolución Rectoral Nº 072-2008-UH, para que cumpla las acciones dispuestas en virtud de este acto administrativo; Que, mediante el Informe Nº 017-2008-UTD de fecha 25 de febrero de 2008, el Jefe de la Unidad de Trámite Documentario manifi esta que se han agotado los esfuerzos para ubicar al servidor encausado y notifi cársele del Pliego de Cargos al Servidor encausado, el mismo que no ha hecho uso de defensa no obstante tener conocimiento de la causa incoada en su contra; Que, mediante el expediente Nº 013471 de fecha 3 de marzo de 2008, contenido en el Ofi cio Nº 016-20078-CPPAD, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios remite el Informe Nº 003-2008-CPPAD-UNJFSC de fecha 26 de febrero de 2008, en el cual manifi esta que, habiendo valorado los elementos del proceso que generan convicción sobre la comisión de falta administrativa por el encausado, se recomienda por la imposición de la sanción de Destitución al Servidor Administrativo ERMANDO BAZALAR MAYTA, al quedar indefectiblemente que ha incurrido en falta administrativa tipifi cada en el literal k) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, consistente en haber incurrido en inasistencia a su centro de labores por el período comprendido entre el 3 de enero al 27 de noviembre del año 2007; Que, de los elementos de convicción que han sido aportados en el proceso y el Dictamen remitido por la Comisión Disciplinaria competente, ha quedado establecida la comisión de falta administrativa, consistente en inasistir a su centro de labores por el período comprendido entre el 3 de enero y el 27 de noviembre de 2008 por el Servidor Administrativo de esta Casa de Estudios Superiores ERMANDO BAZALAR MAYTA, justifi cándose la drasticidad de la sanción en la gravedad de la falta cometida, al haber generado perjuicio a la gestión de la Administración Universitaria por su prolongada inasistencia sin exponer preocupación alguna en subsanar esta situación; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733, el Decreto Legislativo Nº 276, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el Estatuto y el Decreto de Rectorado Nº 2503-2008-R-UNJFSC, de fecha 5 de marzo de 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- IMPONER al Servidor Administrativo ERMANDO BAZALAR MAYTA, la Sanción de DESTITUCIÓN, por la comisión de falta administrativa tipifi cada en el literal k) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, consistente en haber incurrido en inasistencia a su centro de labores por el período comprendido entre el 3 de enero al 27 de noviembre del año 2007, y en mérito a lo expuesto en la parte considerativa del presente acto resolutivo. Artículo 2º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución al interesado y las dependencias de la Universidad para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, Comuníquese y Archívese.CARLOS MIGUEL CHUQUILÍN TERÁN Rector 188662-2 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Designan funcionarios responsables de entregar información pública y de la elaboración y actualización del portal de transparencia RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 035-2008-DV-PE Lima, 7 de abril de 2008 VISTO: La Resolución Nº 015-2007-DV-PE de esta Presidencia Ejecutiva sobre los responsables de la entrega de Información Pública en la Comisión Nacional Descargado desde www.elperuano.com.pe