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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de abril de 2008 371507 Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Fijase el Margen de Reserva del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) a que se re fi ere el inciso e) del Artículo 112° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, para el período de cuatro (4) años que se inicia el 1 de mayo del año 2008 y concluye el 30 de abril del año 2012, de acuerdo a los siguientes valores: PeríodoMargen de Reserva del SEIN (%) 1 de mayo de 2008 – 30 de abril de 2009 29 1 de mayo de 2009 – 30 de abril de 2010 29 1 de mayo de 2010 – 30 de abril de 2011 281 de mayo de 2011 – 30 de abril de 2012 27 Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia el 1 de mayo de 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 195214-1 INTERIOR Cesan a suboficiales de la PNP en los cargos de Auxiliares a las Agregadurías Policiales de las Embajadas del Perú en las Repúblicas de Chile, Brasil y Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 041-2008-IN/PNP Lima, 29 de abril de 2008 VISTO, la Hoja de Recomendación Nº 11-DIRREHUM- PNP/DIVINC-AGREPOL del 23 de noviembre de 2006, formulada por la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, mediante la cual se recomienda cesar a personal policial, en Misión Diplomática. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0684 y Resolución Suprema Nº 0688-2004-IN/PNP del 31 de diciembre de 2004, fueron nombrados el Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú (hoy Subo fi cial Superior) Máximo MENDOZA ELGUERA y el Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú (hoy Subofi cial Brigadier) Carlos Antonio BERETTA BENITES, en el cargo de Auxiliares a la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en la República de Chile; Que, el Artículo 20º numeral 8 de la Ley Nº 28857 - Ley del Régimen del Personal de la Policía Nacional del Perú, concordante con el Artículo 30º del Reglamento de Personal Policial en Misión Diplomática (Agregadurías, Enlaces y otras Misiones), aprobado por Resolución Ministerial Nº 1105-2005-IN/PNP del 3 de mayo de 2005, modifi cado por R.M. Nº 1533-2006-IN/PNP del 14 de junio de 2006, señala que los cargos del personal de la Policía Nacional del Perú en las Agregadurías Policiales, son a dedicación exclusiva y tendrán una vigencia máxima de dos (2) años, a partir de su nombramiento; de lo cual se establece que el 31 de diciembre de 2006, los mencionados Subo fi ciales de la Policía Nacional del Perú, cumplieron el tiempo límite de permanencia en dicha Misión Diplomática; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN y el Reglamento de Personal Policial en Misión Diplomática aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1105-2005-IN; SE RESUELVE; Artículo 1º.- Cesar en la Misión Diplomática, al Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú (hoy Subofi cial Superior) Máximo MENDOZA ELGUERA y al Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú (hoy Subo fi cial Brigadier) Carlos Antonio BERETTA BENITES, en el Cargo de Auxiliares a la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en la República de Chile, con efi cacia al 31 de diciembre de 2006, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará a los indicados Subofi ciales de la Policía Nacional del Perú los conceptos económicos que les corresponda, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el señor Ministro del Interior y por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 195221-4 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2008-IN/PNP Lima, 29 de abril de 2008 VISTO, la Hoja de Recomendación Nº 20-DIRGEN- PNP-DIRREHUM-DIVINC-DEPOFI-AGREPOL del 6 de diciembre de 2006, formulada por la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, mediante la cual se recomienda cesar a personal policial, en Misión Diplomática. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0685 del 31 de diciembre de 2004, el Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Cristóbal Flavio GARCIA CABRERA, fue nombrado, en el cargo de Auxiliar a la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil; Que, el numeral 8 del artículo 20º de la Ley Nº 28857 - Ley del Régimen de Personal de la Policía Nacional del Perú, concordante con el artículo 30º del Reglamento de Personal Policial en Misión Diplomática (Agregadurías, Enlaces y otras Misiones), aprobado por Resolución Ministerial Nº 1105-2005-IN/PNP del 3 de mayo de 2005, modifi cado por R.M. Nº 1533-2006-IN/PNP del 14 de junio de 2006, señala que los cargos del personal de la Policía Nacional del Perú en las Agregadurías Policiales, son a dedicación exclusiva y tendrán una vigencia máxima de dos (2) años, a partir de su nombramiento; de lo cual se establece que el 31 de diciembre de 2006, el mencionado Subofi cial de la Policía Nacional del Perú, cumplió el tiempo límite de permanencia en dicha Misión Diplomática;Descargado desde www.elperuano.com.pe