TEXTO PAGINA: 10
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de abril de 2008 371508 Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN y el Reglamento de Personal Policial en Misión Diplomática aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1105-2005-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cesar en la Misión Diplomática, al Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Cristóbal Flavio GARCIA CABRERA, en el Cargo de Auxiliar a la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil, con e fi cacia al 31 de diciembre de 2006, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al indicado Subo fi cial de la Policía Nacional del Perú los conceptos económicos que le corresponda, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el señor Ministro del Interior y por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 195221-5 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 043-2008-IN/PNP Lima, 29 de abril de 2008 VISTO, la Hoja de Recomendación Nº 19-DIRGEN- PNP-DIRREHUM-DIVINC-DEPOFI-AGREPOL del 6 de diciembre de 2006, formulada por la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, mediante la cual se recomienda cesar a personal policial, en Misión Diplomática; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0686 y Resolución Suprema Nº 0667-2004-IN/PNP del 31 de diciembre de 2004, fueron nombrados el Subo fi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú (hoy Subofi cial Brigadier) Armando Antonio BALVIN RENGIFO y el Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú (hoy Subo fi cial Técnico de Primera) Gerson Daniel CRUZADO REVILLA, en el cargo de Auxiliares a la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en la República de Colombia; Que, el artículo 20º numeral 8 de la Ley Nº 28857 - Ley del Régimen del Personal de la Policía Nacional del Perú, concordante con el artículo 30º del Reglamento de Personal Policial en Misión Diplomática (Agregadurías, Enlaces y otras Misiones), aprobado por Resolución Ministerial Nº 1105-2005-IN/PNP del 3 de mayo de 2005, modi fi cado por R.M. Nº 1533-2006-IN/PNP del 14 de junio de 2006, señala que los cargos del personal de la Policía Nacional del Perú en las Agregadurías Policiales, son a dedicación exclusiva y tendrán una vigencia máxima de dos (2) años, a partir de su nombramiento; de lo cual se establece que el 31 de diciembre de 2006, los mencionados Subo fi ciales de la Policía Nacional del Perú, cumplieron el tiempo límite de permanencia en dicha Misión Diplomática; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN y el Reglamento de Personal Policial en Misión Diplomática aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1105-2005-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cesar en la Misión Diplomática, al Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú (hoy Subo fi cial Brigadier) Armando Antonio BALVIN RENGIFO y al Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú (hoy Subo fi cial Técnico de Primera) Gerson Daniel CRUZADO REVILLA, en el Cargo de Auxiliares a la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en la República de Colombia, con e fi cacia al 31 de diciembre de 2006, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará a los indicados Subofi ciales de la Policía Nacional del Perú los conceptos económicos que les corresponda, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el señor Ministro del Interior y por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 195221-6 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aprueban modelo de Convenio de Gestión a ser suscrito con los Gobiernos Locales Distritales verificados para Ejecución de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 186-2008-MIMDES Lima, 29 de abril de 2008 VISTOS:El Ofi cio Nº 144-2008-FONCODES/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES y el Memorándum Nº 018-2008-MIMDES/DGD, de la Dirección General de Descentralización; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece como fi nalidad del Descargado desde www.elperuano.com.pe