Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (30/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de abril de 2008 371522 aprobación de instrumentos normativos vinculantes en la sub región andina en el ámbito de la Seguridad y Salud en el Trabajo; tuvo una destacada participación como miembro de la delegación peruana que negoció el capítulo laboral del Acuerdo de Promoción Comercial (TLC) entre Perú y Estados Unidos; Que su trayectoria académica ha sido reconocida por importantes instituciones públicas y privadas, formando parte de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la cual es Presidente en ejercicio; la Sociedad de Derecho del Trabajo y Seguridad Social Española, miembro desde 1992; docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla entre 1990 y 1998; y actualmente se desempeña como profesor de pregrado y postgrado en la Facultad de Derecho de la Pontifi cia Universidad Católica del Perú, y profesor de postgrado de la Universidad Privada de Piura; Que su trayectoria profesional y académica revelan su constante preocupación por el progreso y difusión del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, enalteciendo al país a través de su participación como ponente en congresos y eventos nacionales e internacionales sobre Derecho del Trabajo, Seguridad Social y Relaciones Laborales y, como autor de numerosas revistas especializadas, publicaciones y ensayos académicos en el campo del derecho laboral individual y colectivo; Que las consideraciones expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el Artículo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Conferir la condecoración de la “Orden del Trabajo” en el grado de “Comendador” al señor doctor CARLOS ALFREDO VILLAVICENCIO RIOS, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARIO PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 195220-12 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2008-TR Lima, 29 de abril de 2008 VISTOS:Con fecha 9 de abril de 2008, el Consejo de la Orden del Trabajo deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor doctor Pedro Gonzalo Alejandro Morales Corrales para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de Comendador, en mérito a los siguientes fundamentos. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Condecoración con la Orden del Trabajo se con fi ere, por acción distinguida a toda persona que realiza actos o servicios que contribuyen a la armonía en las relaciones laborales, a la generación y promoción del empleo, así como a la promoción del trabajo digno en todas sus manifestaciones; asimismo, se con fi ere por servicios meritorios a las personas que con notables esfuerzos han contribuido al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; que con responsabilidad directiva han creado o perfeccionado entidades o programas de alta signi fi cación para el progreso del sector; Que el señor abogado Pedro Gonzalo Alejandro Morales Corrales es un destacado profesional, docente universitario e investigador en el ámbito del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, trayectoria que le ha merecido el reconocimiento a nivel nacional e internacional; Que su experiencia y trayectoria profesionales le permitieron asumir responsabilidades de alta signi fi cación como asesor de numerosas Comisiones Consultivas ministeriales y congresales, integrando en la actualidad la Comisión Consultiva del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Comisión Consultiva de la Comisión de Trabajo del Congreso de la República; asimismo, es miembro y ejerció la Presidencia de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en el bienio 2005-2007; Que su vasto conocimiento de las instituciones del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social ha sido reconocido para su designación como árbitro privado en asuntos laborales de importantes instituciones privadas como la Cámara de Comercio de Lima; la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud; Tribunal Arbitral del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, entre otros; Que su contribución al perfeccionamiento de las instituciones del Derecho del Trabajo se ha hecho manifi esta a través de su designación como Vocal Suplente de los Tribunales de Trabajo de Lima durante los años 1987 y 1989, teniendo una decisiva participación en la implementación de la Reforma Laboral de 1991; asimismo se desempeñó como asesor metodológico de los Plenos Jurisdiccionales Laborales a nivel nacional durante los años 1999 y 2000, con incidencia notable para la uni fi cación de diversos criterios jurisprudenciales; Que sus reconocidos méritos profesionales le valieron para participar decisivamente en la reforma constitucional del régimen público de pensiones regulado por la Ley N° 20530, formando parte de la Comisión creada por el Ministerio de Economía y Finanzas que se hizo merecedora al Premio Nacional a las Buenas Prácticas Gubernamentales 2005 en la Categoría VIII – “Otras Mejoras en la Gestión Pública – Organización y Métodos”; asimismo, destaca su actuación en la defensa exitosa del Estado peruano como Procurador Público Ad-honorem - Ad-hoc ante el Tribunal Constitucional; Que la actividad académica, publicaciones especializadas y participación en congresos nacionales e internacionales revelan su constante preocupación por la difusión y el progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; Que las consideraciones expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el Artículo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Conferir la condecoración de la “Orden del Trabajo” en el grado de “Comendador” al señor doctor PEDRO GONZALO ALEJANDRO MORALES CORRALES, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARIO PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 195220-13 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2008-TR Lima, 29 de abril de 2008 VISTOS:Con fecha 9 de abril de 2008, el Consejo de la Orden del Trabajo deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Fernando Tori Tori, para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de Comendador, en mérito a los siguientes fundamentos. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Descargado desde www.elperuano.com.pe