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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (30/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de abril de 2008 371520 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Condecoración con la Orden del Trabajo se con fi ere, por acción distinguida a toda persona que realiza actos o servicios que contribuyen a la armonía en las relaciones laborales, a la generación y promoción del empleo, así como a la promoción del trabajo digno en todas sus manifestaciones; asimismo, se con fi ere por servicios meritorios a las personas que con notables esfuerzos han contribuido al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; que con responsabilidad directiva han creado o perfeccionado entidades o programas de alta signi fi cación para el progreso del sector; Que el ingeniero José Valdez Calle es un destacado empresario y promotor de nuevas tecnologías que ha merecido distinciones a nivel nacional tales como la medalla del Consejo Departamental de Lima otorgado por el Colegio de Ingenieros del Perú; el Empresario del Año otorgado por el Instituto Peruano de Administración de Empresas; el Átomo de Oro otorgado por el Instituto Peruano de Energía Nuclear; la Antorcha de Habich y la Medalla de Oro conferidas por la Universidad Nacional de Ingeniería; Que su destacado trabajo en el ámbito de la investigación cientí fi ca también ha sido reconocido a nivel internacional por el Institute of Electrical and Electronics Engineers (IEEE) con premiaciones honorí fi cas tales como Fellow, en el año 1987; Ingeniero Eminente región Latino América, en el año 1978; reconocimiento Larry K Wilson Innovation Award, en el año 1985; Centennial Medal en el año 1984; IEEE Millennium Medal en el año 2000; IEEE Regional Activities Board y RAB Leadership Award en el año 2006; además del reconocimiento que le hiciere el Ministerio de Relaciones Exteriores de Japón por sus aportes tecnológicos; Que su brillante trayectoria académica se traduce en el ejercicio de la cátedra universitaria en las disciplinas de Fuerza Motriz Térmica, Ingeniería Eléctrica, Tecnología Eléctrica e Iluminación en la Universidad Nacional de Ingeniería, de la cual egresó. Asimismo fue nombrado Profesor Honorario por la Universidad de Lima y es Miembro Honorario de la Asociación Peruana de Consultoría y de la Sociedad de Ingenieros del Perú; Que el profesionalismo con el que se desempeña lo ha llevado a ocupar importantes responsabilidades directivas como la presidencia de los Consejos Consultivos de la Asociación Electrotécnica Peruana, Sección Perú del IEEE; COMPOLCYT - Comité de Política de Ciencia y Tecnología de CONFIEP; la Acreditación de las Carreras de Ingeniería y Tecnología, y el Comité de Innovación Tecnológica Industrial del Ministerio de la Producción. Ha sido Presidente del Consejo Consultivo de Energía del Ministerio de Energía y Minas y, en la actualidad, se desempeña como presidente del directorio de Cosapi Data, Cosapi Soft, y PROSAC; Que su visión de desarrollo tecnológico nacional lo ha impulsado a promover la investigación cientí fi ca a todo nivel a través de la creación de los Capítulos Técnicos de Potencia, Electrónica y Comunicaciones en IEEE Sección Perú; de la Primera Rama Estudiantil en la Universidad Nacional de Ingeniería y del Sistema de Ramas Estudiantiles del Perú; así como también es creador del Premio Bienal IEEE AEP ELEKTRON en el año 2001 para los profesionales que hayan contribuido al bienestar y prosperidad del Perú a través de la Electricidad, la Electrónica o la Computación; más recientemente, creó el Instituto de la Calidad en la Acreditación de las Carreras de Ingeniería y Tecnología, que se ha extendido a todas las especialidades; Que las consideraciones expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el Artículo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Conferir la condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de “Gran O fi cial” al señor ingeniero JOSÉ FERNANDO VALDEZ CALLE, extendiéndose el Diploma correspondiente.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARIO PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 195220-9 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 014-2008-TR Lima, 29 de abril de 2008 VISTOS:Con fecha 9 de abril de 2008, el Consejo de la Orden del Trabajo deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Guillermo Enrique Sheen Lazo, para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de Gran Ofi cial, en mérito a los siguientes fundamentos. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 21°, 22° y 27° del Reglamento del Decreto Ley N° 20585, aprobado por Decreto Supremo N° 003-74-TR, la Condecoración con la Orden del Trabajo se con fi ere por acción distinguida a toda persona que realiza actos o servicios que contribuyen a la armonía en las relaciones laborales, a la generación y promoción del empleo, así como a la promoción del trabajo digno en todas sus manifestaciones; asimismo, se con fi ere por servicios meritorios a las personas que con notables esfuerzos han contribuido al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; que con responsabilidad directiva han creado o perfeccionado entidades o programas de alta signi fi cación para el progreso del sector; Que el señor Guillermo Enrique Sheen Lazo es un reconocido periodista cuya trayectoria laboral se ha identi fi cado con la defensa y promoción de los derechos de los trabajadores peruanos a través de la producción de innumerables artículos y propuestas a favor de la resolución de con fl ictos mediante el diálogo y consenso, que se han difundido en medios de comunicación de alcance nacional e internacional; Que su vocación democrática se puso de mani fi esto en diversos momentos de la historia de nuestro país, en los que ejerció con liderazgo y responsabilidad la representación de los trabajadores, la defensa de los derechos humanos y la consolidación del régimen constitucional frente a los actos que vulneraron los derechos de miles de trabajadores, movilización que permitió la convocatoria a la Asamblea Constituyente y la elección legítima de un nuevo gobierno; Que en el ámbito laboral debe reconocerse su contribución para la solución pací fi ca de controversias laborales a través de la difusión de normas sobre el trabajo, la seguridad social y la defensa del patrimonio nacional; así también, destaca su intervención para la resolución de negociaciones colectivas en el sector de la aviación civil; Que en el ejercicio de la representación de los trabajadores, fue Secretario General de la Central de Empleados Particulares del Perú y de la Federación de Trabajadores de la Aviación Civil; asimismo, miembro activo del Comité de Organización para la Federación Latinoamericana de Trabajadores de la Aviación Civil; del Sindicato de Periodistas de Expreso; dirigente de la Federación Sindical de Periodistas del Perú; Secretario de Propaganda del Frente Nacional de Defensa del Petróleo y; asesor de prensa de la Federación de Empleados Bancarios del Perú y del Sindicato Unitario de Trabajadores de Telefónica del Perú; Que, en mérito de la intensa actividad sindical, tuvo ocasión de participar en foros nacionales e internacionales vinculados a la actividad del transporte y del periodismo sindical, con lo cual ha contribuido a la formación de los jóvenes sindicalistas del país; Que las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Descargado desde www.elperuano.com.pe