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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (08/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de agosto de 2008 377756 Que, la petición se encuentra amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 142-2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a favor de Generadora de Energía del Perú S.A. concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 138 kV SE La Joya - SE Repartición, ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3º de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida/Llegada de la línea de transmisiónTensión (kV)Nº de ternasLongitud (km)Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) SE La Joya - SE Repartición138 01 13,42 20 Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 315- 2008 a suscribirse con Generadora de Energía del Perú S.A., el que consta de 19 cláusulas y 04 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión Nº 315-2008, referido en el artículo 3º de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, conforme con el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 235957-5 Designan representantes del Ministerio ante Comité de Gestión para ejecución de la obra “Mejoramiento y ampliación de la gestión integral de residuos sólidos urbanos en la provincia de Pisco” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 368-2008-MEM/DM Lima, 6 de agosto de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM del 22 de noviembre de 2002, se creó el Grupo Técnico de Coordinación Interinstitucional del Proyecto Camisea (GTCI Camisea), con la fi nalidad de coordinar la supervisión, vigilancia y fi scalización de los aspectos ambientales y sociales derivados de la ejecución del Proyecto Camisea; Que, con fecha 30 de enero de 2004, el Gobierno de Perú suscribió el Contrato de Préstamo CAF-CFA 2905 con la Corporación Andina de Fomento - CAF, con el objeto de ejecutar el “Programa de Mejoras Ambientales” para el efecto, el Gobierno del Perú a través del Ministerio de Energía y Minas encargó al GTCI Camisea, la ejecución de dicho Programa; Que, con Decreto Supremo Nº 029-2003-EM se creó la Comisión de Desarrollo de la Bahía de Paracas, la misma que elaboró y aprobó el año 2004 el “Plan Estratégico y Manejo de Riesgos de la Bahía de Paracas”, donde se considera como prioritaria la ejecución de la obra “Mejoramiento y ampliación de la gestión integral de residuos sólidos urbanos en la provincia de Pisco”; Que, en el marco del Programa con la CAF antes mencionado, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de un convenio con el Ministerio de Energía y Minas, transfi rió a este último, recursos con el objetivo de apoyar sus actividades; Que, mediante Resolución Nº 178-2008-MPP-ALC, la Municipalidad Provincial de Pisco, a fi n de concretar la obra referida, ha creado un Comité de Gestión, el cual se hará cargo de los procedimientos de convocatoria, contratación y ejecución del proyecto “Mejoramiento y ampliación de la gestión integral de residuos sólidos urbanos en la provincia de Pisco”. El Comité de Gestión está integrado por las siguientes instituciones: la Municipalidad Provincial de Pisco, la Empresa Pluspetrol, Perú Corporation S.A y el GTCI-CAMISEA-MEM, los mismos que deberán acreditar sus representantes, uno titular y otro alterno; Que, en tal sentido resulta pertinente designar a las personas que representarán al Ministerio de Energía y Minas en el Comité antes indicado; En el ejercicio de las funciones contenidas en el artículo 8º del Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar en representación del Ministerio de Energía y Minas ante el Comité de Gestión para la ejecución de la obra “Mejoramiento y ampliación de la gestión integral de residuos sólidos urbanos en la provincia de Pisco”, a la Coordinadora del GTCI Camisea, Arq. Luisa Nelly Galarza Lucich y como alterna, a la Dra. C.P.C. Yrene Cecilia Uribe Hernández. Artículo 2°.- Poner en conocimiento de la Municipalidad Provincial de Pisco los alcances de la presente Resolución para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 235558-1 INTERIOR Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de las Autoridades Políticas DECRETO SUPREMO Nº 006-2008-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28895 se establece que las autoridades políticas representan al Presidente de la República y al Poder Ejecutivo en el ámbito de su jurisdicción y velan por la ejecución de la política del gobierno, señalando que las autoridades políticas en todo el territorio de la República son los Gobernadores y Tenientes Gobernadores quienes están encargados de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, y velar por el orden interno con el apoyo de la Policía Nacional del Perú en su circunscripción; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2007-IN, aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de las Autoridades Políticas, el mismo que fue modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 001-2008-IN, estableciéndose nuevas funciones que deben cumplir los Gobernadores a fi n de contribuir en la ejecución y el cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales dispuestas por el Gobierno Nacional; Que, para el mejor cumplimiento de las funciones encomendadas a las autoridades políticas y a fi n de garantizar la presencia del Estado en todo el territorio nacional, posibilitando al mismo tiempo una coordinación más estrecha con el gobierno a nivel nacional, regional y local, es necesario modifi car el Reglamento de Organización y Funciones de las Autoridades Políticas; Descargado desde www.elperuano.com.pe