TEXTO PAGINA: 13
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de agosto de 2008 377759 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 356-2008-MIMDES Lima, 7 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, cargo considerado de confi anza; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al funcionario que desempeñará el mencionado cargo de confi anza; Con la visación del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor CARLOS GERARDO ARANA VIVAR, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 235945-2 PRODUCE Aprueban cambio de titular de licencia de operación a favor de Tecnológica de Alimentos S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 340-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 8 de julio del 2008 Visto el expediente con escritos de Reg. Nº 00026815 de fechas 11 de abril y 26 de mayo de 2008, presentados por TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que el artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que por Resolución Directoral Nº 130-2002-PRODUCE/ DNEPP, del 10 de diciembre de 2002, modifi cada por Resolución Directoral Nº 157-2005-PRODUCE/DNEPP, de fecha 10 de junio de 2005 se resuelve modifi car por innovación tecnológica, la licencia de operación otorgada a PRODUCTOS MARINOS DEL PACIFICO SUR S.A., mediante la Resolución Directoral Nº 124-2002-PE/DNPP del 18 de abril de 2002, entendiéndose que por la misma se autoriza desarrollar la actividad de procesamiento pesquero de recursos hidrobiológicos a través de una planta de harina de pescado con una capacidad de procesamiento total de 50 t/h, con dos líneas de producción diferenciadas por la calidad de la harina que se obtendrá, en su establecimiento industrial pesquero ubicado entre los kilómetros 18.3 y 18.5 de la Carretera Sechura - Parachique, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura, con las capacidades instaladas de procesamiento de materia prima de 20 t/h, para elaborar harina de pescado de alto contenido proteínico y 30 t/h, para elaborar harina de pescado de tipo convencional; Que a través de los escritos del visto TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., solicita el cambio de titular de la licencia de operación otorgada a PRODUCTOS MARINOS DEL PACIFICO SUR S.A., al amparo de un Contrato de Arrendamiento Financiero de bienes muebles de la Unidad Productiva que celebran de una parte El Banco Continental y de la otra parte Tecnológica de Alimentos S.A. de fecha 01 de febrero de 2008 y el Contrato de Compra Venta de Bienes muebles e inmuebles que celebran de una parte PRODUCTOS MARINOS DEL PACIFICO SUR S.A. y de la otra parte el BANCO CONTINENTAL con intervención de TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. de fecha 04 de diciembre de 2007, con Inscripción de Registro en la Partida Nº 00005533, de la Zona Registral I, de la Ofi cina Registral de Piura, con lo cual la empresa solicitante del cambio de titular, acredita haber asumido los activos y pasivos de PRODUCTOS MARINOS DEL PACIFICO SUR S.A.; Que de acuerdo a la evaluación efectuada al expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente; por lo que procede aprobar el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nº 193-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dchi y Nº 289-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 29 del Texto Ùnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, Resolución Ministerial Nº 186-2006-PRODUCE y Resolución Ministerial Nº 359-2007-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., el cambio de titular de la licencia de operación otorgada a PRODUCTOS MARINOS DEL PACIFICO SUR S.A., por Resolución Directoral Nº 130-2002-PRODUCE/DNEPP, modifi cada por Resolución Directoral Nº 157-2005-PRODUCE/ DNEPP, en virtud al Contrato de Arrendamiento Financiero de bienes muebles de la Unidad Productiva que celebran de una parte El Banco Continental y de la otra parte Tecnológica de Alimentos S.A. y al Contrato de Compra Venta de Bienes muebles e inmuebles que celebran de una parte PRODUCTOS MARINOS DEL PACIFICO SUR S.A. y de la otra parte el BANCO CONTINENTAL con intervención de TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A.; para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero de recursos hidrobiológicos, en el establecimiento industrial pesquero indicado en el segundo considerando de la presente Resolución; en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada. Artículo 2º.- TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., deberá operar su establecimiento industrial pesquero observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y lo referido a la sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá implementar un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto fi nal, así como deberá poner en operación los equipos y/o sistemas de mitigación verifi cados por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, según Constancia de Verifi cación Nº 010-2002-PRODUCE/DINAMA, del 30 de septiembre de 2002. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo precedente será causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, según corresponda. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 130-2002-PRODUCE/DNEPP del 10 de diciembre de 2002, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 157-2005- PRODUCE/DNEPP del 10 de junio de 2005, en lo que respecta al derecho del titular. Artículo 5º.- Incorporar a TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., como titular de la licencia de operación del referido establecimiento industrial pesquero citado en el primer artículo de la presente Resolución, al Anexo IV-A y IV-B de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE y en el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 186-2006-PRODUCE, excluyendo a PRODUCTOS MARINOS DEL PACIFICO SUR S.A. de dichos Anexos. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Regional de la Producción de Piura, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción:www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 235197-1Descargado desde www.elperuano.com.pe