Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (08/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de agosto de 2008 377773 designó una Comisión, con la fi nalidad de verifi car las denuncias formuladas sobre presuntas irregularidades que se estarían cometiendo en la Municipalidad Distrital de Chadín – Provincia de Chota - Departamento y Región de Cajamarca, actividad que comprendió la revisión de los ejercicios 2003-2005; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verifi cación de Denuncias Nº 02-2006-CG/ORCA de 29.DIC.2006, en el cual se han evidenciado los aspectos siguientes: a) durante el año 2004, el Concejo Municipal acordó el incremento del monto de la dieta a percibir para el año 2005 contraviniendo la normativa legal vigente; b) la Municipalidad otorgó viáticos por comisiones de servicio para diferentes ciudades, no habiéndose realizado las rendiciones correspondientes, ni presentado los respectivos Informes por dichas comisiones hasta la fecha; c) durante los años 2003 al 2005 la entidad edilicia efectuó gastos por concepto de festividades que no corresponden a las actividades de funcionamiento de la municipalidad; d) los ingresos percibidos por alquiler de maquinaria pesada y volquete, no han sido ingresados a la Municipalidad; e) existen comprobantes de pago que no cuentan con documentación sustentatoria; f) se han detectado gastos con cargo a las obras ejecutadas en el periodo 2003 – 2005, sin sustento y no relacionados con los trabajos ejecutados; asimismo los montos consignados en las respectivas rendiciones presupuestarias no refl ejan dichos trabajos; g) se ha efectuado la compra de material explosivo y accesorios de voladuras, a personas no autorizadas para comercializar dichos insumos; y, h) irregularidades en la adquisición del producto Hojuelas de Avena Azucarada para el programa del vaso de leche; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Técnica a través del Ofi cio Nº 081-2007-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR-DISREG/OPACGR-CAJ de 11.OCT.2007 a la Primera Fiscalía Provincial Penal Mixta de Chota, a fi n que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión de los delitos de Abuso de Autoridad, Peculado y Malversación de Fondos; ilícitos previstos y sancionados por los artículos 376º, 387º y 389º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 235141-1REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Precisan R.J. N° 026-2002-JEF-RENIEC respecto al distrito al cual se adscribe el Centro Poblado de San Juan de Yanacachi RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 473-2008-JNAC/RENIEC Lima, 14 de julio de 2008 VISTOS: El Informe Nº 614-2008-SGGTRC/GRC/ RENIEC, emitido por la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, entre otros, de las funciones de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos referidos a la capacidad y estado civil de las personas naturales; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 026-2002-JEF- RENIEC de 23 de enero de 2002, se delegó diversas funciones registrales a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de San Juan de Yanacachi, habiéndose expresado que correspondía al distrito de Yanacancha, provincia y departamento de Pasco; Que, por Carta Nº 0181-2008-A-MDT, el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ticlacayan, provincia y departamento de Pasco, solicitó que se rectifi que la denominación del distrito al cual corresponde dicho Centro Poblado, el cual se ubicaría en tal distrito y no así en el de Yanacancha, conforme a la documentación remitida; Que, según la verifi cación efectuada por la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, la Ofi cina de Registros del Estado Civil de San Juan de Yanacachi acreditó, al solicitar la delegación de funciones, que se ubicaba en el distrito de Yanacancha; no obstante, se ha constatado que tal localidad está situada en el distrito de Ticlacayan, razón por la cual se han efectuado las adecuaciones internas, resultando necesario precisar lo dispuesto por la Resolución Jefatural Nº 026-2002-JEF-RENIEC; y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, SE RESUELVE: Artículo Único.- Precisar lo dispuesto por la Resolución Jefatural Nº 026-2002-JEF-RENIEC, respecto al distrito al cual se adscribe el Centro Poblado de San Juan de Yanacachi, debiendo entenderse que está situado en el distrito de Ticlacayan, provincia y departamento de Pasco. Regístrese, comuníquese y publíquese.- EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 235386-3 Autorizan a la Oficina Registral del Consulado Honorario del Perú en Medellín la apertura de libros de actas de nacimiento, matrimonio y defunciones, para reinscripción de asientos RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 496-2008-JNAC/RENIEC Lima, 22 de julio de 2008 VISTOS: El Informe Nº 000528-2008-SGGTRC/ GRC/RENIEC, de la Sub Gerencia de Gestión Técnica Descargado desde www.elperuano.com.pe