Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (08/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de agosto de 2008 377766 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aceptan renuncia de Coordinadora Nacional del Programa RED CIL PROEmpleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 241-2008-TR Lima, 7 de agosto de 2008 VISTOS: La carta de fecha 31 de julio de 2008, de doña María Elizabeth Valera Pavletich; y el ofi cio Nº 676- 2008-MTPE/3, del 1 de agosto de 2008, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa; y, CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 045-2008-TR del 7 de febrero de 2008, se designó a la abogada María Elizabeth Valera Pavletich como Coordinadora Nacional del Programa RED CIL PROEmpleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que mediante carta de vistos, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que cabe emitir el acto administrativo mediante el cual se acepta su renuncia; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 27711 – Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por la abogada MARIA ELIZABETH VALERA PAVLETICH al cargo de Coordinadora Nacional del Programa RED CIL PROEmpleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con efectividad al 31 de julio de 2008, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 235536-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran en reorganización administrativa a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones de la Dirección General de Transporte Terrestre RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 590-2008 MTC/02 Lima, 7 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, éste integra interna y externamente al país, para lograr un racional ordenamiento territorial vinculando las áreas de recursos, producción, mercados y centros poblados, a través de la formulación, aprobación, ejecución y supervisión de la infraestructura de transportes y comunicaciones; Que, en virtud de la citada Ley se determinó la competencia, funciones y estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como la fi nalidad y funciones de sus órganos componentes, organismos públicos descentralizados y empresas adscritas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciéndose en los artículos 68° y 72° que la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones de la Dirección General de Transporte Terrestre es la unidad orgánica encargada de fi scalizar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de transporte y tránsito terrestre nacional e internacional en el ámbito de su competencia, evaluar e imponer sanciones administrativas por infracciones a la normatividad de la materia; asesorar a los órganos competentes de los gobiernos regionales, en asuntos de carácter técnico relativos a la fi scalización del transporte y tránsito terrestre; y coordinar con otras dependencias y entidades gubernamentales nacionales y regionales para la realización de acciones de control del transporte y tránsito terrestre; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta al resguardo de las condiciones de seguridad y salud de los usuarios, mediante la existencia de fi scalización efi ciente, la cual comprende la supervisión, detección de infracciones y la imposición de sanciones por incumplimiento de los dispositivos legales vinculados al transporte y al tránsito terrestre; Que, por lo expuesto, resulta necesario disponer la reorganización administrativa de la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones de la Dirección General de Transporte Terrestre a efectos de optimizar su capacidad operativa en el ejercicio de sus competencias de fi scalización sobre las empresas de transporte interprovincial de personas y de mercancías, así como revisar y determinar que su estructura y funcionamiento se rijan por el criterio de no duplicidad o superposición de competencias y atribuciones y el principio de especialidad, incorporando plenamente la gestión por resultados y la simplifi cación administrativa; De conformidad con la Ley Nº 29158, la Ley N° 27181, la Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declaración de reorganización administrativa Declárese en reorganización administrativa la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por un plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, con la fi nalidad de evaluar, analizar, proponer y recomendar acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión de las funciones de fi scalización y coordinación interinstitucional de la indicada unidad orgánica. Artículo 2.- Conducción del proceso de reorganización administrativa Mediante Resolución Viceministerial, el Viceministro de Transportes conformará, en un plazo que no excederá de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución, la Comisión que se encargará de la conducción del proceso de reorganización de la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones de la Dirección General de Transporte Terrestre. Al vencimiento del plazo señalado en el artículo precedente, la Comisión presentará su informe fi nal al Despacho Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 235823-1Descargado desde www.elperuano.com.pe