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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (16/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de agosto de 2008 378179 no lo gestionó con anterioridad por desconocimiento de que podría interferir con el otorgamiento del derecho de la pensión de Orfandad; Que, mediante Resolución Directoral N° 322-2008 MGP/DGP de fecha 04 de marzo de 2008, se resolvió declarar cancelada la Pensión Renovable de Orfandad que fuera otorgada mediante Resolución Directoral N° 1063-2004 MGP/DAP de fecha 09 de noviembre de 2004, a favor de la señorita Marcela PARDON Ojeda, identifi cada con número de Código Familiar 0451787802 y DNI. 08256057; Que, mediante Ofi cio L.1000-836 de fecha 07 de mayo de 2008, el Jefe de la Ofi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal, informó que la señorita Marcela PARDON Ojeda, cobró indebidamente por concepto de pensión de orfandad en su condición de hija soltera mayor de edad de quien en vida fuera el Capitán de Corbeta (f) Raúl PARDON García, desde agosto 2004 hasta el mes octubre 2007 el monto de CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE CON 24/100 NUEVOS SOLES (S/. 49,720.24), y por concepto de combustible el importe de DOCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 18/100 NUEVOS SOLES (S/. 12,544.24); Que, el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a Ley; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Leyes N° 17537 y N° 17667 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Marina de Guerra del Perú, a iniciar, continuar y culminar las acciones legales y judiciales que correspondan contra la señorita Marcela PARDON Ojeda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución y sus antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Marina de Guerra del Perú, para que proceda conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁNTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 239537-1 Autorizan ingreso de oficial de la Armada Chilena para efectuar visita a las autoridades de la Marina de Guerra del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 837-2008 DE/SG Lima, 14 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 758 de fecha 01 de agosto de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la V Ronda de Estados Mayores y XX Reunión Bilateral de Inteligencia realizada entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de Chile se acordó la realización de intercambio de visitas a nivel de autoridades navales entre Marinas para el año 2008; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de un (01) ofi cial de la Armada Chilena, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 18 al 20 de agosto de 2008, para efectuar una visita ofi cial a las autoridades de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 837-2008/DE/SG 14 de agosto de 2008a) MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de un (01) ofi cial de la Armada Chilena para efectuar una visita ofi cial a las autoridades de la Marina de Guerra del Perú. b) IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE CHILE, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1.- COMODORO RAFAEL GONZALEZ ROSENQVISTc) TIEMPO DE PERMANENCIADel 18 al 20 de agosto de 2008. 239537-2 ECONOMIA Y FINANZAS FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 505-2008-EF/43 Mediante Ofi cio N° 1715-2008-EF/13.01 el Ministerio de Economía y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 505-2008-EF/43, publicada en la edición del 13 de agosto de 2008. DICE:“Artículo Único.- Designar al señor Economista Pablo Alberto Secada Helguera, en el cargo de Director del Programa Sectorial III - Director Ejecutivo, de la Dirección General de Crédito Público, actualmente Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas.”Descargado desde www.elperuano.com.pe