Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2008 (16/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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DEBE DECIR:

NORMAS LEGALES
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DECRETA:

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de agosto de 2008

"Articulo Unico.- Designar al senor Economista MORDAZA MORDAZA Secada MORDAZA, en el cargo de Director del Programa Sectorial III - Director Ejecutivo, de la Direccion General de Credito Publico, actualmente Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas." 238814-1

Articulo 1º.- De la Aprobacion de la cesion de posicion contractual Aprobar la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 114, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2006-EM por parte de PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERU), SUCURSAL DEL PERU, a favor de CEPSA PERU S.A., SUCURSAL DEL PERU, asi como la modificacion del citado contrato derivada de la cesion que se aprueba en el presente articulo. Articulo 2º.- De la autorizacion para suscribir la modificacion Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERU), SUCURSAL DEL PERU, COMPANIA CONSULTORA DE PETROLEO S.A. y CEPSA PERU S.A., SUCURSAL DEL PERU, con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 114, que se aprueba en el articulo 1º. Articulo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de agosto del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 239669-2

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 114
DECRETO SUPREMO Nº 043-2008-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EM, de fecha 23 de junio de 2006, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 114, ubicado entre las provincias de MORDAZA Portillo y Atalaya del departamento de Ucayali y Puerto MORDAZA del departamento de MORDAZA, suscrito entre PERUPETRO S.A. y PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERU), SUCURSAL DEL PERU y COMPANIA CONSULTORA DE PETROLEO S.A.; Que, el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11º de la mencionada Ley; Que, el articulo 17º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, senala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o juridicas que lo conformen, podra ceder su posicion contractual o asociarse con terceros, previa aprobacion por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; asimismo, dicho articulo senala que estas cesiones conllevaran el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantias y obligaciones otorgadas y asumidas en el contrato por el Contratista; Que, mediante Carta Nº PAR 041-2008 de fecha 20 de febrero de 2008, PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERU), SUCURSAL DEL PERU, de conformidad con la Clausula Decimo Sexta del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 114, comunico a PERUPETRO S.A. que habia llegado a un acuerdo para ceder el sesenta por ciento (60%) de su participacion en el Contrato a favor de CEPSA PERU S.A., SUCURSAL DEL PERU; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 057-2008, de fecha 13 de MORDAZA de 2008, aprobo el Proyecto de Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 114, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM;

INTERIOR
Expulsan del Peru a extranjero de nacionalidad boliviana
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0727-2008-IN/1601 MORDAZA, 15 de agosto de 2008 VISTO, El pronunciamiento de la Comision de Extranjeria en merito del Atestado del Departamento de Seguridad del Estado de MORDAZA de la Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru, sobre la situacion migratoria irregular del ciudadano de nacionalidad boliviana MORDAZA MORDAZA MORDAZA CONDORI; CONSIDERANDO: Que, el extranjero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de nacionalidad boliviana, ingreso al territorio nacional sin realizar el Control Migratorio ante la autoridad competente, por cuya razon el Departamento de Seguridad del Estado de MORDAZA de la Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru formulo el Atestado N° 015-2008-Xll-DTPRPNP-DIVPOL-DEPSEGEST del 20 de MORDAZA del 2008, por lo que su ingreso ha devenido en clandestino y su permanencia en ilegal; Que, mediante Dictamen N° 665-2008-IN-1603 del 04 de junio de 2008, la Unidad de Asuntos Legales de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion ha opinado por la aplicacion de la sancion de expulsion del MORDAZA al citado extranjero; Que, la Comision de Extranjeria en Acta de Sesion N° 024-2008-CE del 09 de junio de 2008, a merito del Atestado N° 015-2008-Xll-DTP-RPNP-DIVPOLDEPSEGEST del 20 de MORDAZA del 2008, formulado por el Departamento de Seguridad del Estado de MORDAZA de la Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru, se

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