Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2008 (16/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

378184

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de agosto de 2008

Antarticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mesinas, Asesor del Despacho Viceministerial de Pesqueria, en la citada Ronda de Negociaciones; Que, la creacion de un Organismo Regional de Ordenacion Pesquera para el Alta Mar del MORDAZA Sur permitira definir el futuro de la pesqueria pelagica del "jurel", "caballa" y "pota", de los recursos pelagicos transzonales en el lado del MORDAZA Oriental y Central de la pesqueria de fondo del "orange roughy" y de los recursos demersales transzonales en el lado del MORDAZA Occidental; asimismo, permitira el desarrollo de la pesqueria en el Peru; Que, en ese sentido, la participacion de un representante del Ministerio de la Produccion en la citada Ronda de Negociaciones, resulta necesaria; Que, de acuerdo al numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se prohiben los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectuan en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria y de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, de Administracion y de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mesinas, Asesor del Despacho Viceministerial de Pesqueria del Ministerio de la Produccion, a la MORDAZA de Canberra, Australia, del 3 al 12 de octubre de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos por el Pliego 038: Ministerio de la Produccion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos (US$ 240 x 7 dias) TUUA Internacional US$ 3 996,00 US$ 1 680,00 US$ 30,25

VISTOS: El escrito de registro N° 00045256, de fecha 12 de diciembre de 2005, a traves del cual la empresa Illari S.A.C. interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral N° 317-2005-PRODUCE/DNEPP; los escritos presentados por la empresa Pesquera CH S.A.C. con registro N° 00016116 de fecha 1 de diciembre de 2006 y registro N° 00045256 de fechas 22 de MORDAZA y 10 de diciembre de 2007; el escrito de registro N° 00045256, de fecha 1 de febrero de 2008, presentado por la empresa Illari S.A.C; asi como el Oficio N° 21-2008SCT-CS-PJ y el Oficio N° 170-08-SCT-CS-PJ de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica del Peru ingresados al Ministerio de la Produccion con fechas 24 de enero y 4 de MORDAZA de 2008, respectivamente. CONSIDERANDO:

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado Asesor debera presentar al Titular del Sector, con MORDAZA a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con la correspondiente rendicion de cuentas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho de exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos de cualquier clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 239669-5

Declaran improcedente apelacion contra la R.D. N° 317-2005-PRODUCE/DNEPP sobre autorizacion para la instalacion de establecimiento industrial pesquero
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 086-2008-PRODUCE/DVP MORDAZA, 11 de agosto del 2008

Que, mediante Resolucion Directoral N° 317-2005PRODUCE/DNEPP, de fecha 2 de noviembre de 2005, se otorga a Pesquera C.H. S.A.C. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento, a traves de una planta de concentrados de productos hidrobiologicos para uso industrial no alimenticio, a ubicarse en el sub lote B 2B, lote B, parcela G, MORDAZA Industrial ­ Talara, Distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de MORDAZA con la capacidad proyectada de 80 t/dia; Que, con fecha 12 de diciembre de 2005, la empresa Illari S.A.C. se apersona en calidad de tercero con legitimo interes y apela la resolucion directoral anteriormente mencionada, senalando que con fecha 6 de junio de 2001, celebro un Contrato de Opcion Exclusiva de Compra ­ Venta con entrega de arras con los copropietarios del terreno que fuera de propiedad de INDUSGESA (Ex Comerseta), representados por el Administrador Judicial Sr. MORDAZA MORDAZA Sirlupu, nombrado por Resolucion Judicial debidamente registrada en la Partida 030507 de los Registros Publicos de Piura; Que, agrega que, el objeto del referido contrato era el otorgamiento de la opcion exclusiva de compra venta a favor de Illari S.A.C. de un area de 6,500 m2, del inmueble de mayor area (20,019.24 m2) ubicado en la Parcela G Lote B-2 Quebrada MORDAZA s/n de la MORDAZA Industrial de Talara, debidamente inscrito en la Ficha 10756 del Registro de Propiedad Inmueble de Piura; Que, ante el incumplimiento de contrato por parte del vendedor, interpuso las acciones legales que faculta la Ley, tales como medida cautelar de embargo en forma de Anotacion de Demanda y demanda de Cumplimiento de Contrato e Indemnizacion de Danos y Perjuicios; la que al momento de la MORDAZA del recurso de apelacion se encontraba pendiente de resolver; Que, ademas senala, que al no haberse establecido el verdadero propietario del terreno resulta contraproducente otorgar autorizacion a una empresa que no es propietaria del bien y sobre el cual pretende instalar una planta procesadora; Que, indica que con fecha 16 de octubre de 2001, la Municipalidad Provincial de Talara por Resolucion N° 064-09-2001-DDUIAHCT-MPT resuelve autorizar la Subdivision del lote del terreno ubicado en la Parcela G Lote B-2 de la MORDAZA Industrial de Talara de un area de terreno de 20,019.25 en dos sub lotes: Sub Lote B - 2 (13,634.52m2) y el sub lote B-2-B ( 6,384.73 m2), solicitada por el Sr. MORDAZA MORDAZA Sirlupu, con el objeto de sanear la compra venta que celebrara con Illari S.A.C.; Que, menciona que, en forma totalmente irregular la Municipalidad desconociendo una lotizacion ya inscrita y alterando dolosamente la subdivision emite una Resolucion Gerencial N° 081-97-2005-GAT-MPT con fecha 26 de MORDAZA de 2005, concluyendo que la ubicacion exacta del establecimiento a instalarse es el Sub lote 2B, Parcela G MORDAZA Industrial de Talara; lo cual discrepa con el Contrato de Compra Venta que celebrara Pesquera C.H. S.A.C. en el que indica que el predio se subdivide en tres lotes A, B, C y el objeto del contrato es el lote C; sin embargo, el terreno materia de la autorizacion de instalacion de planta es el sub lote 2 B ­ 2 siendo incongruente; Que, finalmente, fundamenta su escrito en el articulo 209° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, por su parte, mediante escrito de fecha 1 de diciembre de 2006, la empresa Pesquera C.H. S.A.C. absuelve el traslado del recurso de apelacion contra la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.