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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (16/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de agosto de 2008 378183 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 370-2008-MIMDES Lima, 14 de agosto de 2008CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se designe al funcionario que desempeñará el mencionado cargo; Con la visación del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5º del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el artículo 7º de la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor JUAN VELARDE PANIURA, en el cargo de Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 239652-4 PRODUCE Decreto Supremo que deroga las disposiciones del Decreto Supremo N° 018-2006-PRODUCE DECRETO SUPREMO N° 016-2008-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación; correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9° de la citada Ley establece que el Ministerio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos determinará, según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que, por Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE del 30 de mayo del 2003, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el propósito de lograr su recuperación en el mediano plazo, para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad;Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2006- PRODUCE del 13 de setiembre del 2006, se modifi có el primer párrafo del numeral 4.1 del artículo 4° del Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE, en los términos de que el manejo pesquero del recurso merluza se efectuará en función a la asignación de las cuotas individuales de pesca transferibles; estando facultado el Ministerio de la Producción para establecer los requisitos, condiciones y normas que requieran para la adecuada aplicación del manejo pesquero del recurso; Que, dado los resultados del manejo aplicado en la pesquería del recurso merluza, basado en la asignación de cuotas individuales de pesca por armador pesquero o empresa, y al no haberse hecho efectiva la transferencia a que se refi ere el Decreto Supremo N° 018-2006-PRODUCE, por razones de índole social resulta conveniente derogar el citado Decreto Supremo; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, la Ley General de Pesca, Decreto Ley N° 25977, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE; DECRETA:Artículo 1°.- Derogar a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente Decreto Supremo, las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 018-2006-PRODUCE. Artículo 2°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de agosto del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 239669-4 Autorizan viaje a Australia de representante del Ministerio para participar en la Ronda de Negociaciones para establecer un Organismo Regional de Ordenación Pesquera para el Alta Mar del Pacífico Sur RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 031-2008-PRODUCE Lima, 15 de agosto del 2008Vistos: el Informe Técnico Nº 08-2008-PRODUCE/DVP- As del Asesor del Despacho Viceministerial de Pesquería, el Informe (Viaje) Nº 0095-2008-PRODUCE/OGPP-Octai de la Ofi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 374-2008-PRODUCE/OGA, así como el Informe Nº 138-2007-PRODUCE/OGAJ-EAF de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DSL-AMA) Nº 180, de fecha 4 de junio de 2008, la Directora de Soberanía Marítima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores comunicó al Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción, la realización de la Sexta Ronda de Negociaciones para establecer un Organismo Regional de Ordenación Pesquera para el Alta Mar del Pacífi co Sur, a realizarse en la ciudad de Canberra, Australia, del 6 al 10 de octubre de 2008; Que, a través del Ofi cio Nº 617-2008-PRODUCE/DVP, de fecha 9 de junio de 2008, el Viceministro de Pesquería del Ministerio de la Producción, acreditó ante la Directora de Soberanía Marítima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Descargado desde www.elperuano.com.pe