TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de agosto de 2008 378414 155º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripción de dichos servicios en el registro habilitado para tal fi n, los mismos que se sujetarán a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesión única y en la fi cha de inscripción en el registro que forma parte de él; Que, mediante el Informe Nº 808-2008-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, señala que habiéndose verifi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa TELECOMUNICACIONES MARINO E.I.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modifi catoria Ley Nº 28737, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado por Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y del Viceministerio de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELECOMUNICA- CIONES MARINO E.I.R.L., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú; estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa TELECOMUNICACIONES MARINO E.I.R.L., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Conce- siones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2º de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 240519-1 Declaran concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales específicas en materia de transportes a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2005 y 2007 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 627-2008 MTC/01 Lima, 18 de agosto de 2008 CONSIDERANDO:Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se dio inicio al proceso de transferencia a los Gobiernos Regionales de las funciones sectoriales en materia de transportes contenidas en el artículo 56º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, se estableció el procedimiento de acreditación, en el marco del Sistema de Acreditación, que comprende la capacitación, asistencia técnica y el conjunto de criterios, instrumentos, procedimientos y normas necesarias para determinar la capacidad de gestión de los Gobiernos Regionales, para recibir y ejercer las funciones materia de transferencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM se aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2005; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM se aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, disponiendo que las funciones sectoriales pendientes de certifi cación, acreditación y efectivización, comprendidas en los Planes Anuales 2004, 2005 y 2006, forman parte del ciclo del Plan Anual 2007; Que, asimismo, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM-SD, se aprobó la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, y por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM-SD, se aprobó la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD “Normas para la Efectivización del proceso de Transferencia del año 2007 de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales”; Que, el literal g) del numeral 5.1.9 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, así como el numeral 5.2.9 de la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD, disponen que los Ministerios emitirán la respectiva Resolución Ministerial que formaliza la transferencia de las Funciones Sectoriales, especifi cando cada una de las funciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2008-PCM/SD se certifi ca el cumplimiento de requisitos generales por parte del Gobierno Regional del Callao, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales; así como mediante Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nºs. 002 y 032-2008-PCM/SD se acredita al citado Gobierno Regional, para la transferencia de las funciones sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2005 y 2007, según los anexos que forman parte de las citadas resoluciones; Que, a través de la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, así como de las Actas Sustentatorias entre el Presidente de la Comisión de Transferencia del Subsector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y del Presidente de la Comisión Regional de Transferencia del Gobierno Regional del Callao, se ha formalizado la transferencia de funciones sectoriales en materia de transportes, que se detallan en el Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, en consecuencia resulta necesario dar por concluido el proceso de transferencia de las citadas funciones sectoriales en materia de transportes, comprendidas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2005 y 2007, detalladas en el Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente Resolución; De conformidad con las Leyes Nºs. 27783, 28273 y 27791 así como con los Decretos Supremos Nº 036-2007-PCM y 029-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la conclusión del proceso de transferencia de funciones sectoriales específi cas en materia de transportes, incluidas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2005 y 2007, que se señalan en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente resolución, al Gobierno Regional del Callao, de acuerdo al detalle indicado en el Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesDescargado desde www.elperuano.com.pe