Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2008 (03/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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Las Plantas de Incubacion

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de diciembre de 2008

Politicas y roles para la vacunacion contra Laringotraqueitis Infecciosa Aviar
Para la mejor gestion de las actividades de vacunacion en cumplimiento del objetivo del plan nacional de prevencion y erradicacion de la laringotraqueitis infecciosa aviar se establecen las siguientes politicas y roles de los participantes que intervengan en los procesos en sus diferentes instancias. Politicas de gestion 1. La informacion que se alcance al SENASA es exclusivamente de uso oficial y de caracter confidencial. 2. Solo se consideran las vacunas autorizadas, cualquier otro MORDAZA de biologico no autorizado queda prohibido en su uso. Las granjas Las granjas que seran sujeto de vacunacion deben cumplir requisitos para su autorizacion y mantenimiento de autorizacion, segun se indica: 1. La aplicacion se sujetara a lo recomendado por el fabricante. 2. Las granjas alcanzaran toda la informacion que requiera el SENASA, ficha de informacion-solicitud y otros. 3. La granja enviara a SENASA la ficha de informacion mensual, de la aplicacion de la vacuna indicando la cantidad de aves vacunadas, la edad de las aves, los frascos utilizados. 4. Los frascos que se utilicen seran desinfectados y conservados para su verificacion por el SENASA de su uso y destruccion oficial. 5. La destruccion sera bajo el sistema que aplique la granja o planta de incubacion (segun corresponda) y seguira un cronograma adecuado al uso y practicas en dicho establecimiento avicola (in situ).

1. Informaran al SENASA de las cargas y nacimientos dirigidas a la MORDAZA de vacunacion, indicando avicultores receptores. Los laboratorios 1. Los laboratorios autorizados informaran del total de biologico que importe, cada vez que tenga ingreso de nuevas remesas. (SENASA cuenta con esta informacion en cada importacion con la solicitud de importacion) 2. Los laboratorios autorizados venderan el biologico a los establecimientos avicolas con autorizacion informada por el SENASA. 3. Los laboratorios autorizados enviaran una MORDAZA de la guia de remision al SENASA e informaran de las vacunas enviadas a cada empresa, Nº de lote, fecha de vencimiento, por granja. La primera semana del mes siguiente se enviara un reporte con el consolidado de las ventas segun formato. 4. Realizara capacitacion respecto a la enfermedad, caracteristicas de la vacuna y su modo apropiado de manejo y aplicacion, ademas de bioseguridad. 5. Elaboracion de guias de buenas practicas de vacunacion y de buenas practicas de bioseguridad. 6. Monitorean las buenas practicas de vacunacion. SENASA 1. SENASA llevara un control de vacunacion que indicara el nombre de la granja, su numero de registro, las fechas de aplicacion de las vacunas, las cantidades. 2. Establecera e implementara los mecanismos de fiscalizacion y destruccion de frascos y residuos de vacunacion, coordinando con los involucrados de las granjas o plantas de incubacion segun corresponda. Documentos: Ficha vacunacion, inventario de frascos Reporte de laboratorio

Reporte mensual de aplicacion de vacuna contra laringotraqueitis infecciosa aviar granja:............................................... planta de incubacion*:......................... mes:.................................................. fecha aplicacion edad aves (semanas) Nº aves vacunadas Nº frascos utilizados comentarios

* En caso de vacunacion al primer dia veterinario responsable de la granja: ................................................. Nº CMVP ......................

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