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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (03/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de diciembre de 2008 384402 “ÚNICA.- Los registros administrativos sectoriales de las empresas contratistas y subcontratistas mantienen su vigencia. La presente disposición será aplicable a los siguientes registros, así como a los que se expidan para determinadas actividades económicas: a) Registro Público de Hidrocarburos, regulado por los Decretos Leyes N° 19038 y 22239. b) Registro de Empresas Contratistas Mineras, regulado por el Decreto Supremo N° 021-2008-EM, el cual fuera modifi cado por el Decreto Supremo N° 021-2008-EM. c) Registro Nacional de Empresas Contratistas y Subcontratistas de Construcción Civil (RENECOSUCC), regulado por el Decreto Supremo N° 004-2007-TR y por la Resolución Ministerial N° 195-2007-TR. Las empresas contratistas o Subcontratistas consideradas en el párrafo anterior registrarán en sus planillas electrónicas el desplazamiento de su personal a las empresas principales, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 018-2007-TR y a sus normas modifi catorias y complementarias.” Artículo 2°.- Norma que se modifi ca Modifícase el artículo 1° del Decreto Supremo N° 004-2006-TR, el cual queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 1°.- Ámbito Todo empleador sujeto al régimen laboral de la actividad privada debe tener un registro permanente de control de asistencia, en el que los trabajadores consignarán de manera personal el tiempo de labores. La obligación de registro incluye a las personas bajo modalidades formativas laborales y al personal que es destacado o desplazado a los centros de trabajo o de operaciones por parte de las empresas y entidades de intermediación laboral, o de las empresas contratistas o Subcontratistas. No existe obligación de llevar un registro de control de asistencia para trabajadores de dirección, los que no se encuentran sujetos a fi scalización inmediata y los que prestan servicios intermitentes durante el día.” Artículo 3°.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Las empresas principales que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley N° 29245 y de sus normas complementarias y reglamentarias, tendrán un plazo de 30 (treinta) días hábiles a partir de la publicación del presente decreto supremo, a fi n de adecuarse a lo dispuesto en el artículo 2° del mismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 286025-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan Secretario General y Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 884-2008 MTC/01 Lima, 1 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 657-2006-MTC/01 de fecha 21 de agosto de 2006, se designó a la abogada Kitty Elisa Trinidad Guerrero en el cargo de Secretaria General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente y designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Leyes Nº 27594 y 27791 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Kitty Elisa Trinidad Guerrero al cargo de Secretaria General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Jorge Luis Menacho Pérez en el cargo de Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 285964-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 885-2008 MTC/01 Lima, 1 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 306-2007- MTC/01 de fecha 21 de junio de 2007, se designó a la abogada Miluska Isabel Gil Ramón en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente y designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Leyes Nº 27594 y 27791 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Miluska Isabel Gil Ramón al cargo de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la abogada Kitty Elisa Trinidad Guerrero en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 285964-2 VIVIENDA Aprueban transferencias financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Samanco y Pariahuanca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 746-2008-VIVIENDA Lima, 28 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó Descargado desde www.elperuano.com.pe