Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2008 (03/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Extrajudicial y Medios Alternativos de Solucion de Conflictos, en ejercicio de su facultad fiscalizadora que tiene por objeto velar por el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de Conciliacion, a fin de salvaguardar y fortalecer la institucionalizacion, funcionamiento y desarrollo de este mecanismo alternativo de solucion de conflictos; Que, para la adecuacion de dichos Formatos, se debe de considerar condiciones basicas de homogeneidad, flexibilidad y eficacia, asi tambien las nuevas conductas previstas y sancionadas como infraccion por los operadores del sistema conciliatorio previstas en los articulos del 104º al 148º del Reglamento de la Ley de Conciliacion aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS, a fin que la funcion de supervision cumpla con sus objetivos; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Conciliacion aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS, establece que la Direccion de Conciliacion Extrajudicial y Medios Alternativos de Solucion de Conflictos adecuara los Formatos de Actas de Supervision, los mismos que seran aprobados mediante Resolucion Ministerial; Que, debe emitirse la Resolucion Ministerial correspondiente que apruebe el contenido de los nuevos Formatos de Actas de Supervision; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- APROBAR los Formatos de Actas de Supervision Tipo: 1, 2, 3, 4, 5 y 6, elaborados por la Direccion de Conciliacion Extrajudicial y Medios Alternativos de Solucion de Conflictos, los cuales son parte integrante de la presente Resolucion. Dichos Formatos son los siguientes: Formato MORDAZA 1 Formato MORDAZA 2 Formato MORDAZA 3 Formato MORDAZA 4 : "Acta de supervision a Centro de Conciliacion". : "Acta de supervision a Centro de Conciliacion cerrado, inactivo u obstruccion de supervision" : "Acta de supervision a fase lectiva de curso de Formacion y Capacitacion de Conciliadores" : "Acta de supervision a fase de afianzamiento de habilidades conciliatorias de curso de Formacion y Capacitacion de Conciliadores" : "Acta de supervision a curso de Formacion y Capacitacion de Conciliadores no desarrollado, Centro de Formacion cerrado, inactivo u obstruccion de supervision" : "Acta de supervision a operador de la Conciliacion Extrajudicial"

Especial Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, constituida mediante Resolucion Ministerial Nº 442-2007-MIMDES y la Nota Nº 143-2008-MIMDES/ DVMDS, de fecha 06 de noviembre de 2008, de la Viceministra de Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 002-2006 "Examen Especial a la Oficina de Tesoreria", la Oficina de Control Institucional de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA determino presunta responsabilidad administrativa del ex Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivera; a merito de la Observacion Nº 1: Ejecucion de gastos que no estaban presupuestados para asesoramiento a otras Sociedades de Beneficencia Publica y que no guardan relacion con los fines y objetivos de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA y de la Observacion Nº 2: Asignacion de recursos para viaticos pendientes de rendicion; Que, el Informe Tecnico del Expediente Nº 0332007-CEPPAD, de fecha 06 de noviembre de 2008, de la Comision Especial Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, senala respecto a la Observacion Nº 1: Ejecucion de gastos no presupuestados para asesoramiento a otras sociedades de Beneficencia Publica y que no guardan relacion con los fines y objetivos de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, que dada la Ley de Presupuesto General de la Republica para el ano 2005, el gasto del Estado debio ser efectuado bajo criterios de racionalidad y de acuerdo con los fines institucionales, siendo que se trata de un sector poblacional vulnerable; entendiendose ademas que la estimacion del gasto debe ser efectuada previamente de acuerdo con las actividades. Asimismo, senala que no se comprende el motivo por el cual se autorizaron comisiones de servicio para coordinaciones o supervisiones a las Sociedades de Beneficencia Publica de Celendin, Chiclayo, MORDAZA y Cutervo, orientando para ello un gasto por asignacion de viaticos al personal designado para esos fines; debiendo entenderse que cada Sociedad de Beneficencia Publica tiene claramente definido su ambito de competencia y con ello su poblacion objetivo, y que ademas cada Sociedad de Beneficencia guarda con respecto a otras el mismo rango o nivel no siendo logico las diligencias de supervision de una con respecto a otra; manifestando ademas que no se ha priorizado a la poblacion objetivo de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA al destinar presupuesto a estas coordinaciones o supervisiones a otras Sociedades de Beneficencia Publica; Que, conforme al Informe precitado respecto a la Observacion Nº 2 "Asignacion de recursos para viaticos pendiente de rendicion", indican que se aprecia que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, no efectuo la rendicion de sus gastos por viaticos que le fueron asignados para diferentes comisiones de servicio, ello a pesar que el Reglamento Interno de la SBP de MORDAZA establece claramente que el plazo para la rendicion de cuentas para estos casos era de ocho dias de acuerdo a la Directiva de Tesoreria para el ano Fiscal 2005 aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 003-2005-EF/77.15, precisando que el gasto efectuado por una entidad estatal debe ser MORDAZA y oportunamente justificado; Que, de acuerdo a las razones expuestas, la Comision Especial Permanente de Procesos Administrativos Disciplinario considera que la conducta del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha inobservado lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" respecto al articulo 21º que precisa que son obligaciones de los servidores a) Cumplir diligentemente los deberes que impone el servicio publico, d) Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno; concluyendo que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria incurrido en falta disciplinaria en su gestion como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, y recomendando al Despacho Ministerial instaurar MORDAZA administrativo disciplinario; De conformidad con lo establecido en la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - Ley Nº 27793, la Ley de Bases de la

Formato MORDAZA 5

Formato MORDAZA 6

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia

285965-1

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 509-2008-MIMDES
MORDAZA, 07 noviembre de 2008 VISTOS: El Informe Tecnico del Expediente Nº 033-2007CEPPAD, de fecha 06 de noviembre de 2008 de la Comision

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