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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (20/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de diciembre de 2008 385579 de la PCM, así como la Red de Municipalidades Rurales del Perú – REMURPE, la Asociación de Municipalidades del Perú – AMPE y la Asociación Nacional de Gobiernos Regionales – ANGR, designarán a sus representantes ante la Comisión Especial mediante Ofi cio dirigido al Despacho Viceministerial de la Mujer del MIMDES y copia a la Secretaría de Descentralización. Artículo 5º.- Instalación de la Comisión Especial La Comisión Especial para la transferencia de los Programas y Servicios de Protección Social deberá instalarse en un plazo máximo de quince (15) días naturales, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 6º.- Plazos del encargo Facúltese a la Comisión Especial para que en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario computados a partir de su instalación, haga llegar a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Ministros los entregables a que alude el Artículo 2º de la presente Resolución. Artículo 7º.- Derogatoria Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Artículo 8º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 9º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL MOLINA MARTÍNEZ Secretario de Descentralización 293022-1 Disponen inscripción de la “Mancomunidad Municipal Simón Rodríguez” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 073-2008-PCM/SD Lima, 18 de diciembre de 2008VISTOS:El Ofi cio Nº S/N, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdo de Concejo Nº 196/2008.M.D.A de la Municipalidad Distrital de Amotape, Acuerdo de Concejo Nº 014-2008-MUDIAR de la Municipalidad Distrital de Arenal, Acuerdo de Concejo Nº 15-2008-MDC de la Municipalidad Distrital de Colán, Acuerdo de Concejo Nº 051-2008/MDT de la Municipalidad Distrital de Tamarindo, Acuerdo de Concejo Nº 020-2008-MDV de la Municipalidad Distrital de Vichayal, Acta de Constitución, Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Simón Rodríguez”, y el Informe Nº 072-2008-PCM-SD/MIRA. CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, en el artículo 2º, defi ne a ésta como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de prestación conjunta de servicios y ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el artículo 5º de la Ley N° 29029 establece que la Mancomunidad Municipal tiene personería jurídica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Código Civil, debiendo señalar su domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas de disposición de bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM, se dispuso abrir el Registro de Mancomunidades Municipales y aprobar su reglamento, estableciéndose los requisitos para la inscripción de éstas; Que, mediante el Ofi cio de vistos, los Señores Alcaldes de las Municipalidades Distritales de Amotape, Arenal, Colán, Tamarindo y Vichayal, en la Provincia de Paita, en el Departamento de Piura, solicitan la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Simón Rodríguez”; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de vistos, contiene información sobre objetivos, población y territorio; características socio económicas, en actividades económicas predominantes, condiciones de vida, salud y educación; vías y medios de comunicación, principales recursos y atractivos turísticos; y, análisis FODA, en desafíos estratégicos, ejes transversales, identifi cación de problemas y soluciones comunes, benefi cios a los gobiernos locales y a la sociedad civil, aportes al desarrollo económico, a la participación ciudadana, y al desarrollo de capacidades humanas e institucionales; que en su conjunto justifi can la viabilidad técnica para la constitución de la “Mancomunidad Municipal Simón Rodríguez”; Que, por los Acuerdos de Concejo de vistos, las Municipalidades Distritales de Amotape, Arenal, Colán, Tamarindo y Vichayal, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Simón Rodríguez”; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Simón Rodríguez”, aprobado mediante Acta de Constitución de vistos por los Alcaldes de las Municipalidades que integran esta Mancomunidad, señala como fines de la misma los siguientes: a) Impulsar las relaciones entre sus miembros para la ejecución de obras o prestación de servicios con mutuo respeto de sus competencias y gobiernos; b) Promocionar y ejecutar proyectos que por su monto de inversión y magnitud de operación superen el ámbito jurisdiccional y las posibilidades particulares de cada gobierno local; c) Ejecutar acciones, convenios y proyectos conjuntos, principalmente entre las municipalidades que compartan cuencas hidrográficas, corredores viales, turísticos, económicos, zonas ecológicas comunes, que involucren participación financiera, técnica y de equipo para realizar proyectos determinados; d) Elaborar, gestionar, promover e implementar proyectos ante entidades nacionales e internacionales, públicas y/o privadas, que busquen y auspicien el desarrollo económico, productivo, institucional, social y cultural; con respeto prioritario a la conservación y defensa del medio ambiente; pudiendo para ello gestionar recursos financieros, humanos y técnicos ante distintas fuentes; e) Desarrollar e implementar planes y experiencias conjuntas de desarrollo de capacidades, asistencia técnica e investigación tecnológica en convenio con universidades, institutos superiores y otras entidades educativas públicas y privadas; f) Promover la conservación y uso sustentable de recursos naturales, conservando ecosistemas importantes con incidencia para favorecer el medio ambiente, a través de diferentes mecanismos como el canon del agua; g) Promover proyectos de desarrollo social que mejoren la calidad de la salud y la educación; y el fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil; h) Identificar, promover e implementar programas, proyectos y acciones de desarrollo sostenible en forma directa o en alianza con otros actores de desarrollo, sean instituciones públicas o privadas; i) Incorporar en los programas, proyectos y acciones de desarrollo, los enfoques de la gestión de cuenca hidrográfica, los corredores económicos, los corredores viales y eco turísticos, la equidad de género, la interculturalidad, las cadenas productivas, articulación al mercado, y el desarrollo de productos y servicios competitivos; j) Promover la mejora de la oferta turística por ejes o circuitos, mejoramiento de los servicios existentes y de atención al cliente; k) Procurar mejores niveles de eficiencia y eficacia en la gestión de los gobiernos locales a través del cumplimiento de las normas de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información, propiciando la concertación y participación ciudadana, la modernización de la gestión municipal, y los procesos de integración y desarrollo económico local; y, l) Articularse a espacios mayores Descargado desde www.elperuano.com.pe