Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2008 (25/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de diciembre de 2008

programa del Vaso de Leche teniendo como fuente de financiamiento las transferencias del Gobierno Central. Que, mediante los informes del visto se detallan circunstancias que justifican juridicamente lo requerido, por cuanto se configura efectivamente la situacion prevista en el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004 ­PCM al solicitarse la adquisicion temporal ante un hecho de excepcion suscitado como consecuencia de haberse declarado la Nulidad del MORDAZA de Licitacion Publica Nº 005-2008-CEMDCH ­ Item II ­ MORDAZA Enriquecido, circunstancia que podria ocasionar el desabastecimiento de los alimentos, de no adoptarse una accion rapida a fin de adquirir los productos que conforman la racion diaria, por un periodo que permita concluir con la Licitacion Publica. Que, lo expresado anteriormente compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial como es la provision de los alimentos diariamente a los beneficiarios, por las circunstancias extraordinaria e imprevisible que precisa el Art. 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Que, lo expresado y los dispositivos legales aunados y en concordancia con los procedimientos a que hace referencia el Art. 19º y 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM. posibilitan lo requerido y la culminacion objetiva de la Licitacion Publica. Que, la Gerencia de Administracion y Finanzas de la entidad ha emitido el Informe Nº 062-2008-GAyF-MDCH donde solicita que se adquieran productos por un periodo de 13 semanas, periodo en cual se estima debera concluir la Licitacion Publica. Que, para viabilizar la adquisicion expresada en el considerando precedente se debe encargar a la dependencia designada en los documentos de gestion como responsable de las adquisiciones de la entidad para que realice las compras por el periodo senalado en el Informe Nº 062-2008-GAyF-MDCH, conforme lo senala el parrafo infine del Art. 148 del D.S. Nº 084-2004-PCM. Que, para estos fines es necesario cumplir con las formalidades dispuestas por el Inc. c) el Art. 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM e inciso c) del Art. 20º del mismo cuerpo legal donde se expresa que la exoneracion de un MORDAZA de licitacion esta permitido cuando lo autorice el Concejo Municipal. Que, en concordancia con las atribuciones establecidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, su modificatoria y contando con el MORDAZA por UNANIMIDAD del Concejo Municipal. SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion declarando en Situacion de Desabastecimiento Inminente al programa del Vaso de leche de la Municipalidad distrital de Chorrillos, por las consideraciones expuestas, para que se adquieran 100,436.43 bolsas de 450 gramos de MORDAZA Enriquecido para 13 semanas por el monto referencial de S/. 273,882.35 (Doscientos setenta y tres mil ochocientos ochenta y dos con 35/100 de nuevos soles). Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas para que realice la publicacion del presente Acuerdo en el SEACE y remita MORDAZA del mismo a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE dentro de los plazos previstos en la Ley. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General del Concejo la responsabilidad de publicar en el Diario Oficial El Peruano el presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas para que a traves de la Sub Gerencia de Logistica realice la adquisicion que se autoriza mediante el presente Acuerdo. Articulo Quinto.- La presente exoneracion sera financiada con los fondos provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios Para Gobiernos Locales Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 294665-1

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Aprueban Arbitrios de Limpieza Publica y de Parques y Jardines para el ano 2009
ORDENANZA Nº 062-08-MDP Pucusana, 2 de diciembre del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA POR CUANTO: El concejo Municipal de Pucusana, en Sesion Ordinaria de la fecha: CONSIDERANDO: Que, mediante los articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru se establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica, administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 69-B del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, senala que las Municipales podran determinar el importe de las tasas por servicios publicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 1 de enero del ano fiscal anterior reajustado con la aplicacion de la variacion acumulada del indice de precios al consumidor en la capital del Departamento. Que, para la cobranza de la tasas de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines del ano 2008, el Concejo de la Municipalidad de Pucusana, aprobo la Ordenanza Nº 050-07-MDP, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Acuerdo de Concejo Nº 501, normas que fueron publicadas en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de Diciembre del 2007. Que, con la finalidad de brindar los servicios publicos de limpieza publica, parques y jardines para el ano 2009, resulta necesario aprobar el monto de las tasas que se aplicaran; Que, de acuerdo a la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, las Ordenanzas MORDAZA podran tener vigencia por mas de un ejercicio tributario; Que, mediante Informe Nº 219-08/LOG/MDP, la Gerencia de Logistica ha ratificado los costos por los servicios publicos durante ejercicio; la Gerencia de Administracion Tributaria, en su Informe Nº 634-08/GAT/ MDP, opina por la aplicacion del articulo 69- Bº del Texto Unico Ordenando de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA Y PARQUES Y JARDINES PARA EL ANO 2009 Articulo Primero.- MORDAZA Legal Aplicable Apliquese, para el ejercicio 2009, lo dispuesto en la Ordenanza Nº 050-07-MDP y ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 501 publicado el 29 de diciembre del 2007. Articulo Segundo.- Determinacion del costo y de las tasas de los arbitrios municipales. Para el ejercicio 2009, se aplicaran los costos y tasas establecidas por los servicios de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines, establecidos en la Ordenanza Nº 050-07-MDP; reajustados con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor al mes de Octubre ascendente a 5.94%, establecido mediante Resolucion Jefatural Nº 304-2008-INEI publicada en 1 de Noviembre del 2008, contenidas como anexo 2.

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