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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (25/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 96

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de diciembre de 2008 386046 programa del Vaso de Leche teniendo como fuente de fi nanciamiento las transferencias del Gobierno Central. Que, mediante los informes del visto se detallan circunstancias que justifi can jurídicamente lo requerido, por cuanto se confi gura efectivamente la situación prevista en el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004 –PCM al solicitarse la adquisición temporal ante un hecho de excepción suscitado como consecuencia de haberse declarado la Nulidad del Proceso de Licitación Pública Nº 005-2008-CE-MDCH – Ítem II – Cereal Enriquecido, circunstancia que podría ocasionar el desabastecimiento de los alimentos, de no adoptarse una acción rápida a fi n de adquirir los productos que conforman la ración diaria, por un periodo que permita concluir con la Licitación Pública. Que, lo expresado anteriormente compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial como es la provisión de los alimentos diariamente a los benefi ciarios, por las circunstancias extraordinaria e imprevisible que precisa el Art. 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Que, lo expresado y los dispositivos legales aunados y en concordancia con los procedimientos a que hace referencia el Art. 19º y 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM. posibilitan lo requerido y la culminación objetiva de la Licitación Publica. Que, la Gerencia de Administración y Finanzas de la entidad ha emitido el Informe Nº 062-2008-GAyF-MDCH donde solicita que se adquieran productos por un período de 13 semanas, período en cual se estima deberá concluir la Licitación Pública. Que, para viabilizar la adquisición expresada en el considerando precedente se debe encargar a la dependencia designada en los documentos de gestión como responsable de las adquisiciones de la entidad para que realice las compras por el período señalado en el Informe Nº 062-2008-GAyF-MDCH, conforme lo señala el párrafo infi ne del Art. 148 del D.S. Nº 084-2004-PCM. Que, para estos fi nes es necesario cumplir con las formalidades dispuestas por el Inc. c) el Art. 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM e inciso c) del Art. 20º del mismo cuerpo legal donde se expresa que la exoneración de un proceso de licitación está permitido cuando lo autorice el Concejo Municipal. Que, en concordancia con las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, su modifi catoria y contando con el voto por UNANIMIDAD del Concejo Municipal. SE ACUERDA:Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección declarando en Situación de Desabastecimiento Inminente al programa del Vaso de leche de la Municipalidad distrital de Chorrillos, por las consideraciones expuestas, para que se adquieran 100,436.43 bolsas de 450 gramos de Cereal Enriquecido para 13 semanas por el monto referencial de S/. 273,882.35 (Doscientos setenta y tres mil ochocientos ochenta y dos con 35/100 de nuevos soles). Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas para que realice la publicación del presente Acuerdo en el SEACE y remita copia del mismo a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE dentro de los plazos previstos en la Ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaria General del Concejo la responsabilidad de publicar en el Diario Ofi cial El Peruano el presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas para que a través de la Sub Gerencia de Logística realice la adquisición que se autoriza mediante el presente Acuerdo. Artículo Quinto.- La presente exoneración será fi nanciada con los fondos provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios Para Gobiernos Locales Regístrese, comuníquese y cúmplase.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 294665-1MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Aprueban Arbitrios de Limpieza Pública y de Parques y Jardines para el año 2009 ORDENANZA Nº 062-08-MDP Pucusana, 2 de diciembre del 2008EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA POR CUANTO:El concejo Municipal de Pucusana, en Sesión Ordinaria de la fecha: CONSIDERANDO:Que, mediante los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú se establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica, administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que las Municipales podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 1 de enero del año fiscal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del índice de precios al consumidor en la capital del Departamento. Que, para la cobranza de la tasas de los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines del año 2008, el Concejo de la Municipalidad de Pucusana, aprobó la Ordenanza Nº 050-07-MDP, la misma que fue ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 501, normas que fueron publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 29 de Diciembre del 2007. Que, con la fi nalidad de brindar los servicios públicos de limpieza pública, parques y jardines para el año 2009, resulta necesario aprobar el monto de las tasas que se aplicarán; Que, de acuerdo a la segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, las Ordenanzas Marco podrán tener vigencia por más de un ejercicio tributario; Que, mediante Informe Nº 219-08/LOG/MDP, la Gerencia de Logística ha ratifi cado los costos por los servicios públicos durante ejercicio; la Gerencia de Administración Tributaria, en su Informe Nº 634-08/GAT/MDP, opina por la aplicación del artículo 69- Bº del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA Y PARQUES Y JARDINES PARA EL AÑO 2009 Artículo Primero.- Marco Legal Aplicable Aplíquese, para el ejercicio 2009, lo dispuesto en la Ordenanza Nº 050-07-MDP y ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 501 publicado el 29 de diciembre del 2007. Artículo Segundo.- Determinación del costo y de las tasas de los arbitrios municipales. Para el ejercicio 2009, se aplicarán los costos y tasas establecidas por los servicios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines, establecidos en la Ordenanza Nº 050-07-MDP; reajustados con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor al mes de Octubre ascendente a 5.94%, establecido mediante Resolución Jefatural Nº 304-2008-INEI publicada en 1 de Noviembre del 2008, contenidas como anexo 2.