Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2008 (25/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de diciembre de 2008

Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 265-2008-MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 171MDA de la Municipalidad Distrital de Ancon, que regula el regimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos solidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2009 en esa jurisdiccion, manteniendose las tasas aprobadas y ratificadas para el ano 2008, dado que cumple con los criterios establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 00053-2004-PI/TC. Articulo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31 de diciembre del 2008, asi como del texto integro de la Ordenanza Nº 171-MDA y de los Anexos I, II y III, que contienen el Informe Tecnico, la tasas aprobadas y ratificadas para el ejercicio 2008 y la estimacion de ingresos, respectivamente, conforme lo establece la Ley de Tributacion Municipal y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 00053-2004PI/TC. La aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde senalar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Articulo Tercero.- Exhortar a la Municipalidad Distrital de Ancon para que, con motivo de la elaboracion y aprobacion de la Ordenanza que regule los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2010, efectue una revision exhaustiva que le permita aprobar nuevas estructuras de costos de los servicios, asi como una nueva determinacion de tasas acorde con las variaciones que respecto de la cantidad de contribuyentes, predios, metros lineales, areas construidas, entre otros, se aprecia en los distritos como consecuencia de la expansion urbana. Articulo Cuarto.- Cumplido el citado requisito de publicacion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves de su pagina web www munlima.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del SAT. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA 294732-1

su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nos. 607, 739 y 1178 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 24 de marzo de 2004, 26 de diciembre de 2004 y el 03 de octubre del 2008 respectivamente, la Municipalidad Distrital de Ancon aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al SAT con caracter de declaracion jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el informe tecnico legal Nº 004-082-00000942 de fecha 19 de diciembre de 2008, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas y las Directivas Nos. 001-006-0000001 y 001-006-0000005 del SAT. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 304-2008-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 165-MDA, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas en el Distrito de Ancon correspondiente a la temporada de MORDAZA 2009, dado que cumple con requisitos establecidos en el MORDAZA legal vigente para su aprobacion y vigencia. En dicho caso la prestacion del servicio se efectuara en la playa MORDAZA y en las zonas denominadas Pista Patinaje, Malecon MORDAZA, La Rotonda, MORDAZA MORDAZA y 2 de MORDAZA y MORDAZA los Cangrejos (Yacht Club), entre el 17 de diciembre 2008 y el 31 de marzo de 2009. Articulo Segundo.- En lo que se refiere al horario de prestacion del servicio, el articulo 5° de la Ordenanza Nº 165-MDA establece que la tasa sera exigible de lunes a MORDAZA dentro del horario de 09:00 a 17:00 horas en las zonas MORDAZA mencionadas. Articulo Tercero.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicacion asi como del texto de la Ordenanza Nº 165-MDA. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA 294733-1

Ratifican Ordenanza que establece tasa por estacionamiento vehicular temporal de playas en el distrito de Ancon para la temporada de MORDAZA 2008
ACUERDO DE CONCEJO Nº 599 MORDAZA, 23 de diciembre de 2008 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre de 2008 el Oficio Nº 001-090-00005143, de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 165-MDA que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas en el Distrito de Ancon correspondiente a la temporada de MORDAZA 2009; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Establecen Tasa por Servicio de Estacionamiento Vehicular - Temporada MORDAZA 2009
ORDENANZA Nº 165-MDA Ancon, 26 de setiembre de 2008 VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el pleno ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA POR SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR - TEMPORADA MORDAZA 2009 Articulo 1º.- Establezcase la Tasa por el Servicio de Estacionamiento Vehicular para la Temporada de MORDAZA 2009, periodo que comprende desde el 17 de diciembre del 2008 hasta el 31 de Marzo del 2009, en las zonas de estacionamiento siguientes:

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