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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (31/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 157

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387355 Parques y Jardines Públicos, conforme a los siguientes términos: 1. Los contribuyentes que tengan deuda cero y que paguen al contado el importe anual de los arbitrios hasta el 28 de febrero de 2009, tendrán un 30% de descuento. 2. Los contribuyentes que tengan deuda y que paguen al contado el importe anual de los arbitrios hasta el 28 de febrero de 2009, tendrán un 25% de descuento. 3. Los contribuyentes que cancelen hasta el 31 de marzo de 2009, el importe anual de los arbitrios tendrán un 20% de descuento. 4. Los contribuyentes que cancelen hasta el 30 de abril de 2009, el importe anual de los arbitrios tendrán un 15% de descuento. 5. Los contribuyentes que cancelen hasta el 30 de mayo de 2009, el importe anual de los arbitrios tendrán un 10% de descuento. 6. Los contribuyentes que cancelen hasta el 30 de junio de 2009, el importe anual de los arbitrios tendrán un 5% de descuento. Segunda.- ENCARGAR a la Subgerencia de Informática y Estadística realizar los aplicativos que resulten pertinentes a efectos de garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta Ordenanza. Tercera.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Cuarta.- DISPENSAR del tramite de lectura y aprobación del Acta para su remisión a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación, de conformidad con el Artículo 40ª de la Ley Orgánica de Municipalidades. Quinta.- Deróguese toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde ANEXO I : INFORME TÉCNICO SUSTENTATORIO MARCO DEL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA PARQUES Y JARDINES 2009 ASPECTOS GENERALES En aplicación a lo establecido en el Articulo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se ha elaborado el análisis de los gastos ejecutados al mes de agosto 2008, no observándose una variación sustancial con respecto a la proyección al 31 de diciembre 2008, efectuada para el calculo de arbitrios del presente ejercicio, aprobado mediante Ordenanza Nº 251-C-MC, la misma que fue ratifi cada por la Municipalidad de Lima mediante Acuerdo de Consejo Nº 481 publicado el 31 de diciembre de 2007. Efectuada la revisión de la información enviada por las gerencias encargadas en la prestación del servicio respecto de los aspectos regulados en la Ordenanza Nº 251-C-MC que aprueban los arbitrios municipales para el presente año, se tiene que no han producido cambios signifi cativos relacionados con los costos unitarios de los componentes de las estructuras de costos de los servicios. Así, si bien se observa que algunos de los componentes se encuentran sujetos a variaciones como producto de las fl uctuaciones que experimenta el mercado internacional cual es el caso de los productos derivados del petróleo (gasolina, diesel, aceites, entre otros), se espera que los previos de estos no superen el índice infl acionario proyectado por el Banco Central de Reserva del Perú. Asimismo de la información proporcionada por las gerencias mencionadas a través de los Informes Nº 437-2008-SGL-GAF/MC, 205-2008-SGPJ-GDA/MC, 1037-2008-SRH-GAF/MC, 128-2008-SFIYE-GM/MC, 305-2008-SGLP-GDA/MC, 043-2008-SGPP-GPP/MC, 1220-2008-SGRT-GAT/MC, 067-2008-SGFT-GAT/MC, MEMORANDO Nº 306-2008-GDA/MC, se observa que los costos aprobados en su oportunidad por la Municipalidad Distrital de Comas para el presente año, han sido empleados por la actual gestión con responsabilidad y eficiencia, situación que permitirá que a fines del ejercicio se cumpla con alcanzar y eventualmente, superar los niveles de prestación de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos y Parques y Jardines, tal como se desprende del cuadro: SERVICIOORDENANZA Nº 251-C/MCEJECUTADO ENERO/ AGOSTOPROYECTADO SET/DICNIVEL DE CUMPLI- MIENTO RECOLECCION DE RESIDUOS7,477,005.62 6,629,090.78 88.66% 847,914.84 11.34% 100.00% BARRIDO DE CALLES306,391.89 271,646.13 88.66% 34,745.76 11.34% 100.00% PARQUES Y JARDINES2,291,050.59 2,276,374.44 99.36% 14,676.15 0.64% 100.00% TOTAL 10,074,448.10 9,177,111.35 91.09% 897,336.75 8.91% 100.00% Del cuadro mencionado se tiene que los costos de los servicios de Barrido, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines ejecutados hasta el mes de agosto superan el 80% del costo presupuestado, todo ello en razón a que se han seguido los lineamientos y el plan de trabajo establecido anticipadamente por las gerencias prestadoras de los mencionados servicios. Aprobación de los costos y tasas del ejercicio 2009 Atendiendo a que la información de costos del año 2008, resulta siendo la que efectivamente requieren las gerencias prestadoras para la atención de los servicios en el ejercicio 2009, esta Municipalidad ha previsto la aplicación del supuesto regulado en el articulo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, a efectos de determinar el costo de los servicios y el importe de las tasas de arbitrios, tomando como base aquellas que fueran establecidas a partir de la Ordenanza Nº 251-C-MC, reajustadas con la variación acumulada del IPC al mes de octubre 2008, ascendentemente a 5.94%, tal como se desprende del INEI. Siguiendo la misma línea de lo planteado, se ha procedido al establecimiento de los costos de los servicios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines correspondiente al ejercicio 2009, conforme al detalle que se presenta a continuación. SERVICIOCOSTOS APROBADOS EJERCICIO 2008VARIACION ACUMULADA IPC OCTUBRE 2008 (5.94%)COSTOS APROBADOS EJERCICIO 2009 ( S/ ) RECOLECCION DE RESIDUOS7,477,005.625.94% 7,921,139.75 BARRIDO DE CALLES 306,391.89 5.94% 324,591.57 PARQUES Y JARDINES 2,291,050.59 5.94% 2,427,139.00 TOTAL 10,074,448.10 5.94% 10,672,870.32 En el caso de las tasas correspondientes al ejercicio 2008 estas también han sido reajustadas con la aplicación del IPC a octubre 2008 tal y como se aprecia del Anexo I que forma parte integrante de la presente ordenanza. ANEXO II : CUADRO DE TASA EJERCICIO 2009 DISTRIBUCIÓN DEL COSTO DEL SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES Y RECOLECCION DE RESIDUOS SÓLIDOS POR USO DE PREDIO – PERIODO 2009 TASA DE BARRIDO DE CALLES POR METRO LINEAL DE FRONTERA BARRIDO TASA MENSUALEJERCICIO 2008IPC (5.94%)EJERCICIO 2009 GRUPO I 1.2836 5.94% 1.36 GRUPO II 0.3667 5.94% 0.39Descargado desde www.elperuano.com.pe