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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2008 (04/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de enero de 2008 363037 competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; y, Estando a lo recomendado por la Dirección General de Logística del Ejército - Servicio de Ingeniería del Ejército, lo dictaminado por el Departamento de Asesoría Legal de la DIGELOGE, por la Ofi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército y lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Jefe del Servicio de Ingeniería del Ejército, para que en nombre y representación del Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, suscriba el Convenio Interinstitucional con la Municipalidad Provincial de Huaraz, para la reubicación del Batallón de Infantería Motorizado “Juan Hoyle Palacios” N° 6. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa 147862-1 EDUCACION Exoneran de proceso de selección las contrataciones necesarias para la instalación de aulas prefabricadas donadas por el Gobierno de Méjico, para instituciones educativas ubicadas en zona declarada en emergencia por sismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0550-2007-ED Lima, 28 de diciembre de 2007VISTOS; el Informe Nº 758-2007-ME/SG-OGA-UA emitido por la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, en adelante Informe Técnico y el Informe Nº 2026-2007-ME/SG-OAJ emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, en adelante Informe Legal, y; CONSIDERANDO:Que, con fecha 15 de agosto de 2007 se produjo un movimiento sísmico en el departamento de Ica, el mismo que dejó como consecuencia pérdidas de vidas humanas, daños, así como la destrucción y deterioro de viviendas, servicios básicos e infraestructura estatal educativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM se declaró el estado de emergencia en el departamento de Ica y provincia de Cañete en el departamento de Lima, autorizando al Ministerio de Educación a realizar las acciones necesarias para la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas, ampliado por el Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM a las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y a los distritos de Huañec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de Lima; emergencia cuya vigencia ha sido ampliada mediante Decreto Supremo Nº 084-2007-PCM, por sesenta días adicionales a partir del 15 de octubre de 2007 y por el Decreto Supremo Nº 097-2007-PCM por 60 días a partir del 14 de diciembre de 2007; Que, mediante informe técnico, la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración propone se evalúe la exoneración por la causal de emergencia de las contrataciones propuestas por la Ofi cina de Infraestructura Educativa en su Informe Nº 435-2007-ME/VMGI-OINFE; Que, en su Informe Nº 435-2007-ME/VMGI-OINFE, la Ofi cina de Infraestructura Educativa –OINFE, promueve realizar las contrataciones necesarias para la instalación de 22 aulas prefabricadas, donadas por el gobierno de Méjico, para instituciones educativas ubicadas en la zona afectada por el sismo del 15 de agosto de 2007, con la fi nalidad de atender a los requerimientos causados por la emergencia antes declarada; Que, el Informe Técnico recomienda disponer la exoneración, por la causal de emergencia, de los procesos de selección para la realización de las contrataciones antes mencionadas, por el monto y según el detalle precisado en el anexo adjunto, dado que la magnitud de la emergencia demanda la adopción de medidas que permitan al sector garantizar el inicio de clases; Que, de conformidad con el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, “Se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso la Entidad queda exonerada de la tramitación de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley. El Reglamento establecerá los mecanismos y plazos para la regularización del procedimiento correspondiente.”; Que, mediante los documentos del Vistos, la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina de Asesoría Jurídica, respectivamente, señalan que la situación producida se enmarca en las disposiciones del artículo 22º de la Ley y artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, en el Informe Técnico Nº 643-2007- ME/SG- OGA-UA-AEM, el Área de Estudio de Mercado de la Unidad de Abastecimiento ha señalado el valor referencial para la instalación de las aulas prefabricas, el mismo que se detalla en el anexo indicado en la parte resolutiva de la presente resolución; Que, en la Hoja de Coordinación Interna Nº 1850-2007- ME/SPE-UP, se expresa la disponibilidad presupuestal para el año 2007, para las contrataciones objeto de la presente resolución, por la fuente de fi nanciamiento 00- Recursos Ordinarios; Que, el artículo 20º literal a) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que todas las exoneraciones, se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad y que la facultad de aprobar exoneraciones es indelegable; De conformidad con lo expuesto en los informes técnico y legal del visto, y en uso de las facultades otorgadas en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-ED, y de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Incorporar en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educación correspondiente al año 2007, y aprobar la exoneración por la causal de emergencia, de las contrataciones necesarias para la instalación de veintidós (22) aulas prefabricadas donadas por el Gobierno de Méjico, para instituciones educativas ubicadas en la zona declarada de emergencia por el sismo del 15 de agosto de 2007, por el monto y según el detalle que se precisa en el cuadro anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración realice las contrataciones necesarias, a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer que se publique la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado –SEACE y que se remita, junto con los informes