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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2008 (04/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de enero de 2008 363048 lo que resulta pertinente delegar determinadas funciones asignadas al titular del Pliego; Con la visación del Secretario General, del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, del Director General de Planifi cación y Presupuesto, y del Director General de la Ofi cina de Administración; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 25º inciso 8) de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo, el artículo 72º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el artículo 12º literal d) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Delegación de facultades a la Secretaría General Delegar al funcionario a cargo de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el presente ejercicio fi scal 2008, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo - Ofi cina de Administración: a) La facultad de suscribir convenios interinstitucionales, así como disponer su exclusión o ampliación; b) La facultad de aprobar directivas, circulares y/o manuales, así como todo documento de carácter normativo que permita la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento durante la ejecución presupuestaria 2008, así como los que regulen los actos de administración interna, la elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnico-normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de carácter interno, a cargo de los órganos de apoyo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; c) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de adquisición y contratación que tengan que realizarse ante el CONSUCODE y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal, y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a la temática de los procesos de adquisiciones y contrataciones estatales; d) Autorizar y resolver acciones de personal relativas a destaques y renovaciones de contratos del personal adscrito al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-3, y del Decreto Legislativo Nº 728. Esta facultad no incluye la de realizar nombramientos y ceses en ninguno de los niveles; e) Aprobar el calendario de compromisos y sus ampliaciones, la que deberá realizarse de conformidad con la Directiva Nº 015-2007-EF/76.01 y la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01. f) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités especiales de los procesos de selección, dentro de los parámetros establecidos en el ordenamiento jurídico; g) Representar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante las autoridades públicas en las que éste tenga que formular petitorios, impugnaciones, solicitudes, reclamaciones, trámites, acciones y procedimientos administrativos en que sea parte interesada o tenga legítimo interés; h) Aprobar las modifi caciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) correspondiente al ejercicio fi scal 2008, en concordancia con el artículo 7º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el artículo 27º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 2º.- Delegación de facultades a la Ofi cina de AdministraciónDelegar al funcionario a cargo de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: a) Supervisar y controlar la correcta implementación de las medidas de disciplina fi scal, racionalidad y austeridad del gasto público a ser ejecutadas por la entidad, contenidas en la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 y demás normas complementarias vinculadas a la materia; b) Aprobar los expedientes de contratación a que hace referencia el artículo 38º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, a excepción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyos expedientes serán aprobados por el funcionario a cargo de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; c) Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, de Adjudicación Directa, de Concurso Público y de Licitación Pública; d) La aprobación y suscripción de prestaciones adicionales o reducciones, así como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos administrativos suscritos por la entidad, las que deberán regirse por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; e) La suscripción de los contratos con los postores benefi ciados con el otorgamiento de la buena pro, como las modifi caciones posteriores que se incluyeran a éstos, así como la resolución de los mismos por las causales reguladas en la normatividad vigente, con excepción de la suscripción de los contratos que son de competencia del Director de Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, aludidos en el artículo 45º inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio; f) La suscripción de convenios y/o contratos con entidades públicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de inmuebles de propiedad o posesión estatal; g) Proponer a la Secretaría General las modifi caciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; h) Aprobar o autorizar la asignación de recursos sufi cientes para el otorgamiento de la Buena Pro a las propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite de diez (10%) del valor referencial; i) Suscribir los convenios interinstitucionales con otras entidades del Sector Público que involucren las funciones de la Ofi cina General de Administración, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Público para el Año Fiscal 2008; j) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, encargo de funciones y puestos, reconocimiento de remuneraciones, destaques, renovaciones de contratos, y todas aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal, adscrito al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-3, y el Decreto Legislativo Nº 728; y, k) Aprobar el reconocimiento de créditos devengados. El funcionario a cargo de la Ofi cina General de Administración está obligado a dar cuenta periódicamente a la Secretaría General, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegación de facultades. Artículo 3º.- Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto El Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto Público del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo estará integrado por los funcionarios a cargo de las siguientes dependencias: Ŷ La Secretaría General, que la presidirá; Ŷ La Ofi cina General de Administración; Ŷ La Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; Ŷ Los responsables administrativos de las Unidades Ejecutoras del Ministerio; y,