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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de enero de 2008 363053 Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refi ere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de un (01) año otorgado por la Resolución Ministerial Nº 688-97-MTC/15.19, por tanto vencerá el 2 de enero de 2008. Artículo 3°.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 147732-1 Reconocen a Asociación Civil Radio Marañón como titular de la autorización otorgada mediante R.M. Nº 122-96-MTC/15.17 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 1097-2007-MTC/03 Lima, 28 de diciembre de 2007CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 122-96-MTC/15.17 del 22 de marzo de 1996, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de marzo de 1996, se otorgó a la asociación CENTRO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE QUILLABAMBA – PERÚ (CEMCOS-QUILLABAMBA), autorización por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 027- 2001-MTC/15.03 del 18 de enero de 2001, se autorizó a la asociación CENTRO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE QUILLABAMBA – PERÚ, a transferir sus autorizaciones, permisos y licencias de operación de tres (03) estaciones del servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Corta Tropical, Onda Media y Frecuencia Modulada, ubicadas en el distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, otorgadas por Resoluciones Ministeriales Nºs. 104-86-TC/TEL, 127-94-TCC/15.17 y 122-96-MTC/15.17, respectivamente, a favor de la ASOCIACIÓN CIVIL RADIO MARAÑÓN, quedando pendiente su reconocimiento como nueva titular de dichas autorizaciones; Que, mediante carta del 19 de enero de 2001, el CENTRO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE QUILLABAMBA – PERÚ, comunica a la ASOCIACIÓN CIVIL RADIO MARAÑON que el Ministerio aprobó la transferencia de las autorizaciones que le fueron otorgadas por Resoluciones Ministeriales Nºs. 104-86-TC/TEL, 127-94-TCC/15.17 y 122-96-MTC/15.17 a su favor, razón por la cual hace entrega de la respectiva administración y se indica que, a partir de dicha fecha, la Asociación asume automáticamente todos los derechos y obligaciones derivados de dichas autorizaciones; Que, asimismo, obra en los actuados, la copia de la carta recibida el día 27 de enero de 2001 por el CENTRO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE QUILLABAMBA – PERÚ, mediante la cual la ASOCIACIÓN CIVIL RADIO MARAÑON expresamente manifi esta su aceptación a la transferencia de autorizaciones aprobada por Resolución Viceministerial Nº 027-2001-MTC/15.03; Que, el artículo 17º de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la Administración puede disponer que los actos tengan efi cacia anticipada a su emisión, siempre que se cumplan con los supuestos que dicha norma señala; Que, en tal sentido, corresponde reconocer a la ASOCIACIÓN CIVIL RADIO MARAÑON como titular de la autorización otorgada por Resolución Ministerial Nº 122-96-MTC/15.17, para prestar el servicio de radiodifusión sonora en la banda de Frecuencia Modulada, cuya transferencia fue aprobada por Resolución Viceministerial Nº 027-2001-MTC/15.03, con efi cacia anticipada al 27 de enero de 2001, fecha en la cual el CENTRO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE QUILLABAMBA – PERÚ toma conocimiento de la aceptación, por parte de la referida Asociación, de la transferencia de autorizaciones aprobada con Resolución Viceministerial Nº 027-2001-MTC/15.03, al ser la fecha en la cual se perfecciona el respectivo acto jurídico; Que, considerando lo antes expuesto, corresponde modifi car la Resolución Viceministerial Nº 458-2006-MTC/03 del 28 de agosto de 2006, en el extremo referido a la renovación de la autorización otorgada con Resolución Ministerial Nº 122-96-MTC/15.17, en lo concerniente al titular de la acotada autorización, a efectos de consignar como tal a la ASOCIACIÓN CIVIL RADIO MARAÑON, así como modifi car lo relativo a la fi nalidad del servicio, debiéndose indicar que la misma es educativa; Que, mediante Informe Nº 1086-2007-MTC/17.01. ssr, que la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones hace suyo, se considera que procede i) el reconocimiento, con efi cacia anticipada al 27 de enero de 2001, como titular de la titular de la autorización otorgada con Resolución Ministerial Nº 122-96-MTC/15.17, cuya transferencia fue aprobada por Resolución Viceministerial Nº 027-2001-MTC/15.03, a favor de la ASOCIACIÓN CIVIL RADIO MARAÑON, ii) la modifi cación de la Resolución Viceministerial Nº 458-2006-MTC/03, en el extremo referido al titular de la autorización otorgada por Resolución Ministerial Nº 122-96-MTC/15.17 que ha sido renovada, así como a la fi nalidad del servicio de radiodifusión; De conformidad con el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 002-99-MTC, el reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Reconocer con efi cacia anticipada al 27 de enero de 2001, a la ASOCIACIÓN CIVIL RADIO MARAÑON como titular de la autorización otorgada con Resolución Ministerial Nº 122-96-MTC/15.17, cuya transferencia fue aprobada por Resolución Viceministerial Nº 027-2001-MTC/15.03, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma en la fecha indicada. Artículo 2º.- Modifi car el Anexo de la Resolución Viceministerial Nº 458-2006-MTC/03, en el extremo referido a la titularidad de la persona a quien se renueva la autorización otorgada por Resolución Ministerial Nº 122-96-MTC/15.17, así como la fi nalidad del servicio de radiodifusión, conforme al detalle siguiente: TITULAR : Asociación Civil Radio Marañón FINALIDAD : Educativa Artículo 3º.- La ASOCIACIÓN CIVIL RADIO MARAÑON deberá efectuar el pago por concepto de derecho de autorización dentro del plazo de sesenta (60) días, computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 147736-1