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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de enero de 2008 363767 Asimismo, se permitirá la importación temporal de vehículos automotores para los fi nes del FORO, de conformidad con lo establecido en el TUO LGA, en su Reglamento, así como en el Procedimiento de Importación Temporal (INTA-PG.04) y en las normas complementarias y conexas aplicables a dicho régimen. Los vehículos ingresados al amparo de la presente Ley, no podrán ser transferidos o cedidos bajo ningún título, ni destinados a fi nes distintos a los del FORO. Excepcionalmente, los vehículos señalados en los párrafos precedentes podrán ser transferidos a título gratuito por los participantes a las entidades del Sector Público Nacional, con excepción de las empresas públicas. Previamente, los participantes deberán concluir el régimen temporal con la nacionalización del vehículo automotor, en cuyo caso no corresponderá efectuar el pago de los Derechos Ad-Valorem, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Sobretasas, Tasa de Despacho Aduanero y cualquier otro tributo que grave la importación de los mismos y los derechos antidumping o compensatorios de corresponder, ni el interés compensatorio a que se refi ere el TUO LGA. El trámite de nacionalización podrá ser efectuado por la entidad pública donataria o por el participante. Las transferencias señaladas en el párrafo precedente no generarán el pago de tributos diferenciales. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a la aplicación de las infracciones y sanciones previstas en el TUO LGA. Artículo 8º.- De las sanciones En el caso de producirse incompatibilidades entre las Declaraciones de Aduanas y el documento de transporte, la SUNAT deberá, de ofi cio, realizar las rectifi caciones. Para estos efectos no se considerará infracción alguna. Las infracciones establecidas en el TUO LGA que a continuación se detallan y que se encuentran relacionadas con el ingreso y despacho de los bienes y vehículos de los participantes, no serán consideradas como tales: i) Artículo 103º, inciso a), numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6; Inciso b), numerales 1, 2 y 3; Inciso d), numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 7; Inciso e), numerales 1, 2, 3, 7, 9, 10, 11 y 12; ii) Artículo 108º, incisos a), b), d), e), g), i), j) y k). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- Coordinación La CEAN coordinará con todas las entidades públicas o privadas involucradas en el cumplimiento de la presente Ley. SEGUNDA.- Legislación Aduanera Lo no previsto en la presente Ley se regulará por lo dispuesto en el TUO LGA, en su Reglamento, así como en las demás normas complementarias o conexas. TERCERA.- V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y el Caribe – Unión Europea Lo dispuesto en la presente Ley se aplica también para los participantes en la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y el Caribe – Unión Europea, a celebrarse en el año 2008. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Reglamentación El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en un plazo máximo de treinta (30) días siguientes a su publicación. SEGUNDA.- Vigencia La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de publicado su Reglamento en el Diario Ofi cial El Peruano y estará vigente hasta el 31 de enero de 2009, excepto la Primera Disposición Transitoria que estará vigente desde el día siguiente de publicada la presente Ley. TERCERA.- Informe del Ministerio de Economía y Finanzas El Ministerio de Economía y Finanzas informará a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República sobre los benefi cios otorgados al amparo de la presente Ley, dentro de los tres (3) meses posteriores a la fi nalización de su vigencia.Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los once días del mes de enero de dos mil ocho. LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la República MARTHA MOYANO DELGADO Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de enero del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 151423-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de la Ministra de Comercio Exterior y Turismo a Suiza y España y encargan su Despacho al Ministro de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2008-PCM Lima, 11 de enero de 2008 CONSIDERANDO:Que, la señora Mercedes Rosalba Araoz Fernández, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, a invitación de la Ministra de Economía y Canciller Federal de Suiza, participará en la reunión Mini-Ministerial de la Organización Mundial de Comercio - OMC, el 26 de enero de 2008 y en las reuniones bilaterales que se realizarán entre los días 27 y 28 del mismo mes, con los principales socios comerciales del Perú, que participan en dicha reunión Mini-Ministerial; eventos que se llevarán a cabo en la ciudad de Davos, Confederación Suiza; Que, asimismo, la Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo participará como ponente en la XI Conferencia Iberoamericana de Ministros y Empresarios de Turismo - CIMET 2008 y asistirá a la inauguración de la Feria Internacional de Turismo - FITUR; eventos que se realizarán en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 29 al 31 de enero de 2008; Que, es necesario otorgar la autorización de viaje que corresponde y encargar el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, en tanto dure la ausencia de la Titular; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29142, de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley Nº 27619, que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora MERCEDES ROSALBA ARAOZ FERNÁNDEZ, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, a las ciudades de Davos, Confederación