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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de enero de 2008 363778 favor de ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica La Gringa I, con una potencia instalada de 1 200 kW, ubicada en el distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima, con la obligación de poner en servicio dicha central a fi nes de la segunda quincena de julio de 2007, de acuerdo con el Cronograma de Ejecución de Obras propuesto originalmente, tal como fi gura en el Expediente; Que, mediante el documento con registro de ingreso Nº 1716373, de fecha 29 de agosto de 2007, ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. solicitó la modifi cación de su autorización, a efectos que se modifi que el plazo de la puesta en servicio de la mencionada central, por un plazo adicional que comprende hasta el 31 enero de 2008, de acuerdo al nuevo Cronograma de Ejecución de Obras presentado, el cual obra en el Expediente; Que, la titular sustenta su solicitud en causas de fuerza mayor, argumentando que el incumplimiento de la ejecución de las obras en el plazo establecido de conformidad con el Cronograma de Ejecución de Obras se debe principalmente a la demora en el traslado de los equipos electromecánicos para la central, debido al congestionamiento marítimo en el Canal Interoceánico de Panamá, así como en el otorgamiento tardío del suministro eléctrico por parte de la concesionaria de distribución; Que, el literal e) del artículo 69° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que una de las excepciones para no cancelar las autorizaciones por incumplimiento del Cronograma de Ejecución de Obras gira en torno de la existencia de razones de fuerza mayor no imputables, como es el presente caso; Que, los argumentos manifestados por la titular inciden directamente en el incumplimiento de la ejecución de las obras e instalaciones conforme con los plazos previstos en el Cronograma de Ejecución de Obras propuesto originalmente, toda vez que califi can como causas de fuerza mayor que eximen de la cancelación y, en consecuencia, justifi can la modifi cación de la autorización; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el ítem AE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM, y cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Electricidad, según consta en el Informe N° 210-2007-DGE-DCE, siendo procedente la modifi cación solicitada; Estando a lo dispuesto por el artículo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la prórroga del plazo de ejecución de obras de la Central Térmica La Gringa I, procediendo a modifi carse el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 253- 2007-MEM/DM, en los términos que a continuación se señalan: “Artículo 2°.- ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C., deberá construir las obras descritas en su solicitud, según el Cronograma de Ejecución de Obras, que contempla la culminación de las mismas el 31 de enero de 2008. La falta de ejecución de dichas obras de acuerdo al Cronograma de Ejecución de Obras conllevará a la cancelación de la autorización otorgada.” Artículo 2°.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeto la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, la Resolución Ministerial N° 253-2007-MEM/DM, y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 147411-2Nombran Comisión Evaluadora que calificará solicitudes para la nominación de peritos mineros o su renovación como tales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 045-2008-MEM-DGM Lima, 9 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento a lo dictado en el Reglamento de Peritos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-96-EM y sus modifi catorias, mediante aviso publicado en el Diario Ofi cial El Peruano se convocó a los interesados en ser nominados o renovar su califi cación como peritos mineros para el período 2008-2009; Que, el artículo 4º del citado Reglamento dispone que la evaluación de las solicitudes para la nominación de los peritos mineros o renovación de la misma, será realizada por una comisión integrada por representantes del Consejo de Minería, Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC y la Dirección General de Minería; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 22 de febrero de 2007, se aprobó la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC con el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, habiéndose realizado una fusión por absorción; De conformidad con lo establecido en el inciso w) del artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar la Comisión Evaluadora que efectuará la califi cación de los interesados que se presenten a la convocatoria efectuada por la Dirección General de Minería, la misma que estará integrada por los siguientes representantes: - Ingeniero Fernando Gala Soldevilla, Presidente del Consejo de Minería. -Abogado Luis Panizo Uriarte, Vocal del Consejo de Minería. -Ingeniero Jaime Hugo Castro Bullón, Director de la Unidad Técnica Operativa de la Dirección de Concesiones Mineras del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico. -Ingeniero Freddy Chipayo Ramos, Ingeniero Informante de la Dirección de Vigencia y Desarrollo del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico. - Ingeniero Edgardo Alva Bazán, Director de la Dirección Técnica Minera de la Dirección General de Minería, quien la presidirá. Regístrese y publíquese. ALFREDO RODRÍGUEZ MUÑOZ Director General de Minería 150566-1 INTERIOR Conceden la nacionalidad peruana a ciudadano italiano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2008-IN-1606 Lima, 11 de enero de 2008 Visto, la solicitud y documentos presentados por don Pierdomènico CERIANI ROTONDI, sobre otorgamiento de la nacionalidad peruana por naturalización; CONSIDERANDO:Que, mediante el expediente administrativo Nº 15252 del 25 de marzo del 2004, el ciudadano don Pierdomènico CERIANI ROTONDI, de nacionalidad italiana, ha solicitado al señor Presidente Constitucional de la República del Perú, por intermedio de la Dirección General de Migraciones y Naturalización, se le conceda la nacionalidad peruana por naturalización, habiendo para ello presentado los requisitos establecidos por ley;