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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de enero de 2008 364326 empresa FINVER Callao S.A. sobre la donación dineraria efectuada por la empresa ALICORP S.A.A. y de los montos a aportar por parte de las Municipalidades Provincial del Callao y Distrital de Carmen de la Legua y Reynoso para efectuar la reparación de la pavimentación de las cuadras 46 y 47 de la avenida Argentina; Que, mediante Memorando Nº 032-A-2008-MPC/ GGA, de la Gerencia General de Administración remite la documentación sustentatoria que acredita la donación por el importe de S/. 90,000.00 que efectúa la empresa ALICORP S:A:A: a favor de la Municipalidad Provincial del Callao para destinarlo a la reparaciòn y pavimentación de las cuadras 46 y 47 de la avenida Argentina en la Provincia Constitucional del Callao indicando que se tramite el Acuerdo de Concejo correspondiente, a fi n de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 20 concordante con la Ordenanza Municipal Nº 000048 del 29 de setiembre de 2007, y Acta de Recepciòn-Entrega en virtud del cual se hace recepción de un cheque por la cantidad indicada, y el recibo de pago de la Municipalidad Provincial del Callao Nº 1381728/30002757 depositado en la Cuenta 1017225 del Banco Scotiabank a nombre de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, mediante Memorando Nº 014-2008 GGPPR, de la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalizaron se informa sobre el trámite de donaciòn recomendando que el Concejo Municipal apruebe incorporar la donación que hace la Empresa ALICORP SAA. a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, la cual se destinarán a la reparación de un tramo de la avenida Argentina comprendido entre las cuadras 46 y 47, en el Presupuesto Inicial de Apertura del ejercicio 2008 que se registrará en la siguiente cadena de ingresos: 3.1.1.001 Donaciones-Personas Jurídicas por S/.90,000.00 (noventa mil y 00/100 nuevos soles) y en la Cadena de Gasto Nº 5.4.11.39-Otros Servicios de Terceros-Meta Presupuestaria 3. Transferencia Financiera de recursos de Gobiernos locales, Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, Rubro 13 Donaciones y Transferencias. Que, mediante Informe N° 78-A-2008 GGAJC, de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, emite opinión en el sentido que el Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley de Municipalidades N° 27972, podrá aprobar la donación; que hace la Empresa ALICORP SAA. a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, la cual se destinarán a la reparación de un tramo de la avenida Argentina, comprendido entre las cuadras 46 y 47, por un monto de por S/. 90,000.00 (noventa mil y 00/100 nuevos soles); Que, en la sesión de la fecha se consideró que habiendo sido elevado el expediente de donación para conocimiento del Pleno del Concejo Municipal, era necesario aprobar y aceptar la donación con dispensa del trámite de comisiones, habiéndose así votado y aprobado; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao; ACUERDA:1.Aprobar y aceptar la donación de S/.90,000.00 (noventa mil y 00/100 nuevos soles) que hace la Empresa ALICORP SAA. a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, los cuales se destinarán a la reparación del pavimento de un tramo de la avenida Argentina comprendido entre las cuadras 46 y 47, autorizando a la Administración Municipal la transferencia de S/. 47,000.00 (cuarenta y siete mil y 00/100 nuevos soles) a la Empresa FINVER Callao S.A, para ejecutar las obras de reparación a partir del día 14 de enero de 2008. 2.Incorporar la donación que hace la Empresa ALICORP SAA. a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, la cual se destinarán a la reparación de un tramo de la avenida Argentina comprendido entre las cuadras 46 y 47, en el Presupuesto Inicial de Apertura del ejercicio 2008 que se registrará en la siguiente cadena de ingresos: 3.1.1.001 Donaciones-Personas Jurídicas por S/.90,000.00 (noventa mil y 00/100 nuevos soles) y en la Cadena de gasto Nº 5.4.11.39-Otros Servicios de Terceros-Meta Presupuestaria 3. Transferencia Financiera de recursos de Gobiernos locales, Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, Rubro 13 Donaciones y Transferencias. 3.Precisar que la presente donación podrá ser deducida como gasto, siempre y cuando cumpla con los requisitos de la Ley del Impuesto a la Renta, Decreto Supremo N° 179-2004-EF. 4.Encargar a la Gerencia General de Administración y a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto Planeamiento y Racionalización el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. 5.Dispensar el expediente materia de debate del trámite de comisiones y de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 153266-1 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Incrementan el número de puestos de venta de helados y tamales establecido en la Ordenanza Nº 025-2006-MDLP/ALC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2008-MDLP/ALC La Punta, 2 de enero del 2008 VISTO:El Informe de la Gerencia Central de Rentas Nº 033- 2007-MDLP/GCR, de fecha 27 de diciembre del 2007, que propone ampliar la cantidad de autorizaciones para el ejercicio del comercio ambulatorio en los rubros de Helados y Tamales establecidos en la Primera Disposición Complementaria de la Ordenanza Municipal Nº 025-2006-MDLP/ALC; y CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 025-2006-MDLP/ ALC, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 29 de diciembre de 2006, se regula el ejercicio del Comercio Ambulatorio en el distrito de La Punta; estableciéndose en la primera Disposición Complementaria los rubros y las cantidades autorizadas para cada rubro; Que, mediante el Informe del la Gerencia Central de Rentas Nº 033-2007-MDLP/GCR a fi n de atender la mayor demanda en los rubros de helados y tamales, se solicita la ampliación de autorizaciones establecidas en la referida Ordenanza; Que, la segunda Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 025-2006-MDLP/ALC prevee que, mediante Decreto de Alcaldía, se podrá incrementar o reducir el número de puestos fi jados por la referida norma; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Incrementar el número de puestos de venta de helados y tamales establecidos en la Ordenanza Nº 025-2006-MDLP/ALC en las siguientes cantidades: RUBRO DE A 1. Helados 26 342. Tamales 02 03 Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Central de Rentas, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 152616-1