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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de enero de 2008 364315 a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variación mencionada en el período correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales específi cos. Artículo 4º.- Los montos de obra a que se refi ere el Art. 2º comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstos derivan de los aumentos de mano de obra. Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolución, serán acumulativos por multiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato respectivo. Artículo 7º.- Las Áreas Geográfi cas comprenden los departamentos siguientes: a) Área Geográfi ca 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. b) Área Geográfi ca 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Área Geográfi ca 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. d) Área Geográfi ca 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.e) Área Geográfi ca 5: Loreto. f) Área Geográfi ca 6: Cusco, Puno, Apurímac, y Madre de Dios. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe ANEXO RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 019-2008-INEI CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACIÓN DE PRECIOS DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACIÓN CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DEL 1 AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2007 ÁREAS GEOGRÁFICAS No.OBRAS DE EDIFICACIÓN Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) M.O. Resto Elem.Total M.O. Resto Elem.Total M.O. Resto Elem.Total M.O. Resto Elem.Total 1 1.0000 1.0014 1.0014 1.0000 1.0004 1.0004 1.0000 1.0012 1.0012 1.0000 1.0002 1.0002 2 1.0000 1.0008 1.0008 1.0000 0.9997 0.9997 1.0000 1.0009 1.0009 1.0000 0.9998 0.9998 3 1.0000 1.0021 1.0021 1.0000 1.0016 1.0016 1.0000 1.0024 1.0024 1.0000 1.0012 1.0012 4 1.0000 1.0030 1.0030 1.0000 1.0023 1.0023 1.0000 1.0025 1.0025 1.0000 1.0017 1.0017 5 1.0000 1.0045 1.0045 1.0000 1.0048 1.0048 1.0000 1.0044 1.0044 1.0000 1.0039 1.0039 6 1.0000 1.0229 1.0229 1.0000 1.0311 1.0311 1.0000 1.0200 1.0200 1.0000 1.0249 1.0249 153325-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto INTENDENCIA REGIONAL LORETO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 120-024-0000192/SUNAT Iquitos, 15 de enero del 2008 CONSIDERANDO:Que, es necesario designar a nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979 no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Público; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto, a partir del 16 de enero hasta el 15 de julio del 2008 a: ORD REG. DNI APELLIDOS NOMBRES 1 1981 25721193 HERRERA CASTRO DORIS NELLY Regístrese, comuníquese y publíquese. GIOVANNA C. LEDESMA RIVAROLA IntendenteSUNAT - Intendencia Regional Loreto 152657-1