Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2008 (20/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de enero de 2008 364437 Artículo 3º.- Excluir de los procedimientos administrativos contemplados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad Portuaria Nacional que se indican a continuación, el requisito de presentar la copia del Registro Único de Contribuyentes - RUC y/o del requisito de presentar la copia del Documento Nacional de Identidad - DNI, debiendo consignarse el número del documento que corresponda en la solicitud correspondiente: PROCEDIMIENTO NÚMERO REQUISITO A ELIMINAR Otorgamiento de licencias de operación para agencias marítimas, fl uviales y lacus- tres además de empresas privadas y cooperativas de trabajadores de estiba y desestiba8c Otorgamiento de licencias de operación para la prestación de servicios básicos11 Personas Jurídicas b Personas Naturales a, d Otorgamiento de Habilitación Portuaria17 a (Documento Único de Identidad para personas naturales) Aprobación de Cesión, Transferencia o Gravámen de Autorizaciones Temporales o De fi nitivas de Uso de Áreas Acuáticas y Franja Costera25 b Registro como Organización de Protección Reconocida (OPR)28 Personas Jurídicas d, e Artículo 4º.- Disponer que los procedimientos de evaluación previa 17, 23, 24, 25, 28 y 34, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad Portuaria Nacional, según el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, sean cali fi cados como silencio administrativo positivo. Artículo 5º.- Reducir el monto de los derechos de tramitación de los procedimientos 8, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 18, 19, 22, 23, 26, 27, 31, 32, 33 y 34, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad Portuaria Nacional, según el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6º.- Reducir el plazo de los Procedimientos Nº 1 y 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad Portuaria Nacional, según el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 7º.- Modifi car la denominación del Procedimiento Nº 34 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad Portuaria Nacional, según el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 8º.- Modifi car la información consignada respecto a la autoridad que aprueba el trámite y que resuelve los recursos administrativos en el Procedimiento Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad Portuaria Nacional, según el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 9º.- Precisar la base legal de los procedimientos administrativos 5 y 18 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad Portuaria Nacional, según el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 10º.- Aprobar la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2005-MTC y su modi fi catoria, el cual en Anexo forma parte integrante de la presente resolución, así como el Anexo Formularios para el inicio de los procedimientos administrativos contemplados en el TUPA, que integra la presente resolución. Articulo 11º.- El Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Autoridad Portuaria Nacional y sus anexos serán publicados en el Portal Institucional de la Autoridad Portuaria Nacional en la siguiente dirección www.apn.gob.pe, así como en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, en la siguiente dirección: www.serviciosalciudadano.gob.pe Regístrese y comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justi fi car. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario O fi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL