TEXTO PAGINA: 66
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de enero de 2008 365168 quienes deberán realizar las acciones necesarias para cumplir con los fi nes encargados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 155979-1 Declaran de interés distrital y necesidad pública el uso masivo de gas natural para los sectores residencial, comercial y vehicular en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2008-AC-MDMM Magdalena del Mar, 17 de enero de 2008POR CUANTO:El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo No. 01 de la fecha, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ley Nº 27133, Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, el Estado peruano declaró “de interés nacional y necesidad pública” el fomento y el desarrollo de la industria del gas natural; Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2005-EM, se introdujo en la normativa nacional las condiciones favorables a fi n de promover el uso masivo del gas natural en los mercados industrial, comercial, doméstico y vehicular en todo el territorio nacional; Que, en la actualidad existe una experiencia positiva a nivel mundial desde el punto de vista técnico, de seguridad y de protección al ambiente, que demuestra efi cacia y conveniencia del uso del gas natural como sustituto de otros tipos de combustible; Que, tal como lo señala el Ministerio de Energía y Minas, el gas natural es uno de los recursos energéticos más abundantes, ecológicos, seguros y económicos del mundo, siendo nuestro país uno de los principales productores del mismo; Que, de acuerdo con el citado Ministerio, el gas natural es una fuente energética segura porque al ser más liviano que el aire, en caso de fuga se evapora rápidamente; a su vez, se ha establecido que es el menos contaminante de todos los combustibles actuales ya que su combustión completa genera sólo vapor de agua y una cantidad de anhídrido carbónico signifi cativamente menor que la producida por el carbón o petróleo; y por último, se precisa que es el combustible más económico, lo que permite que los consumidores obtengan un ahorro sustancial en relación con otros; Que, de lo anteriormente señalado, se desprende que es política del gobierno nacional impulsar el desarrollo de la industria del gas natural, así como la transformación de la matriz energética del parque automotor; Que, a criterio de este Concejo Municipal, los esfuerzos del gobierno nacional por impulsar el consumo masivo del gas natural, no tendrían el éxito deseado, si no van acompañados de la participación activa de los gobiernos locales, ya que éstos, en última instancia, son los órganos competentes encargados de autorizar la operación y el desarrollo de las actividades económicas; Que, en esa línea, es necesario que este Concejo Municipal en concordancia con las políticas nacionales del uso del gas natural, exprese claramente la orientación y el rol que debe asumir la Municipalidad de Magdalena del Mar en esta materia, sentando las bases de las normas y medidas que deberán dictarse e implementarse, para viabilizar el uso masivo del gas natural, en benefi cio de los consumidores y ciudadanos en general; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD con el voto favorable de los Señores Regidores Rosa Elvira Quartara Carrión De Ruas, Javier Olazábal Raya, Napoleón Horna Mori, Ena Karina Ocaña Aranibar, Carlos Daniel Salcedo Mallqui, Max Ronald Franco Guardia, Gloria Alejandrina Reyes Mendoza, Donato Segovia Ramírez y Martín Fernando Celi Saavedra, el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- DECLARAR de interés distrital y necesidad pública, el uso masivo del gas natural para los sectores residencial, comercial y vehicular en el distrito de Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- En virtud de lo dispuesto en el artículo precedente, se aprobarán las normas y medidas necesarias que coadyuven a facilitar la masifi cación del servicio público de distribución y abastecimiento del gas natural en los sectores residencial, comercial y vehicular del distrito de Magdalena del Mar. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 156590-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000359-2007-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 3 de agosto del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Vista, la Resolución de Alcaldía Nº 00339-2007- MDSJM-Ade fecha 27 de Julio del 2007; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Vistos, se aprueba el Contrato de Servicios Personales de Naturaleza Permanente del Señor Abogado JESUS MANUEL ROSSELL CASTAÑEDA, por cuanto ha sido el ganador del Concurso Público de Méritos No. 0001-2007-MDSJM para cubrir la Plaza No. 220 – Ejecutor Coactivo del Cuadro de Asignación de Personal; Que, la Ley de Ejecutoria Coactiva señala en el Artículo 7º que la designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos como es el presente caso; Que, el Artículo 74 del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento señala que La asignación permite precisar las funciones que debe desempeñar un servidor dentro de su entidad, según el nivel de carrera; grupo ocupacional y especialidad alcanzados. La primera asignación de funciones se produce al momento del ingreso a la Carrera Administrativa; las posteriores asignaciones se efectúan al aprobarse, vía resolución, el desplazamiento del servidor; Que, el artículo 77° del Reglamento de la carrera Administrativa Decreto Supremo No. 005-90-PCM, señala que la designación de personal es una acción consistente en el desempeño de un cargo de responsabilidad directiva o de confi anza por decisión de la autoridad competente;