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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2008 (26/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de enero de 2008 365169 En uso de las facultades conferidas por el numeral 17) del articulo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE:Artículo 1º.- Designar en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, Plaza 220 del Cuadro de Asignación de Personal al Señor Abogado JESUS MANUEL ROSSELL CASTAÑEDA, asignándole las funciones establecidas en la Ley No. 26979 – Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva. Artículo 2º.- La presente Resolución de Alcaldía se pondrá en conocimiento de las instancias necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 156099-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de renovación de alumbrado público de la Plaza de Armas de Chancay ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2008-MDCH Chancay, 18 de enero del 2008EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión de Concejo Extraordinaria de fecha 18 de enero del 2008, el Informe Nº 032-2008-MDCH/ALE-MCV, mediante el cual el Asesor Legal Externo opina por la procedencia de la exoneración de proceso de selección para contratar directamente los Servicios de la Empresa EDELNOR S.A.A. a fi n de que brinde el servicio de renovación del Alumbrado Público de la Plaza de Armas de Chancay, por un valor de S/. 115,862.57 nuevos soles; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Nº 032-2008-MDCH/ALE- MCV, el Asesor Legal Externo opina por la procedencia de la exoneración de proceso de selección para contratar directamente los Servicios de la Empresa EDELNOR S.A.A. a fi n de que brinde el servicio de renovación del Alumbrado Público de la Plaza de Armas de Chancay, por un valor de S/. 115,862.57 nuevos soles; al quedar acreditada la justifi cación técnica y la necesidad de adquirir directamente dicho servicio; Que, conforme lo establece el artículo 19º literal e) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exonerados de procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios a adquirir o contratar no admiten sustitutos y exista proveedor único;Que, a su vez el artículo 20º literal c) de la norma acotada establece que las exoneraciones se aprobarán mediante Acuerdo de Concejo Municipal para el caso de los gobiernos locales. Asimismo en el tercer párrafo del citado artículo se precisa que los acuerdos que aprueben exoneraciones requieren obligatoriamente de un informe técnico legal previo y serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, precisándose que dichos acuerdos y los informes que lo sustenten deben de remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, concordantemente con las normas antes acotadas el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a lo requerido por el área usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el Mercado Nacional, la entidad podrá contratar directamente, a su vez el artículo 146º de dicha norma señala que la Resolución o Acuerdo que apruebe la Exoneración del proceso de exoneración requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la sustentación técnica y legal de la procedencia y necesidad; Que, mediante Informe Nº 064-08/GDURA/MDCH emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, Rural y Ambiental así como sus recaudos, se informa de la problemática que viene afrontando el servicio de alumbrado público en la Plaza de Armas por lo que se requiere la implementación de un proyecto para solucionarlo, el mismo que deberá de mantener el mismo lenguaje arquitectónico del diseño de la Plaza de Armas complementándose además con el nuevo diseño que se viene ejecutando por lo que se requiere la exoneración del proceso de selección para la contratación de la Empresa EDELNOR S.A., de la cual se ha recibido una propuesta técnica y económica para brindar dicho servicio por un importe de S/. 115,862.57 nuevos soles debiendo de tenerse en cuenta que el servicio a contratar no admite sustitutos y la condición de proveedor único en el mercado local de la referida empresa; Que, mediante Informe Nº 013-2008-GM/SGAG-OPP emitido por la Sub Gerencia de Asesoría General, informa que existe cobertura presupuestaria hasta por un monto de S/. 120,000.00 nuevos soles para contratar los servicios de mejoramiento y mantenimiento de alumbrado público, ello en virtud del Acuerdo de Concejo Nº 156-2007-MDCH, mediante el que se Aprobó la modifi cación presupuestaria a nivel institucional, mediante Crédito Suplementario, precisándose que dicho proyecto está siendo incluido en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del año 2008; Que, cabe acotar que la Empresa Edelnor S.A.A. es la empresa concesionaria de servicio de electricidad para la Zona Norte de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, así como las provincias de Huaura, Barranca, Huaral y Oyon, a los que atiende en forma exclusiva, en virtud del Contrato de Concesión suscrito con el Estado Peruano que fuera aprobado por Resolución Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubre de 1996; Que, teniendo en cuenta las normas legales y los informes antes citados, queda acreditada la justifi cación técnica y la necesidad de contratar directamente los servicios de la Empresa Edelnor S.A.A. a fi n de que brinde el servicio de renovación del alumbrado público de la Plaza de Armas de Chancay, por un valor de S/. 115,862.57 nuevos soles, debiendo de tenerse en cuenta que el servicio a contratar no admite sustituto y la condición de proveedor único del mercado local de la referida empresa; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9º y artículo 20º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con el voto mayoritario del pleno del Concejo; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Exoneración de proceso de selección para la contratación de los servicios