Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2008 (26/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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En uso de las facultades conferidas por el numeral 17) del articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE: Articulo 1º.- Designar en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, Plaza 220 del Cuadro de Asignacion de Personal al Senor Abogado MORDAZA MORDAZA ROSSELL MORDAZA, asignandole las funciones establecidas en la Ley No. 26979 ­ Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva. Articulo 2º.- La presente Resolucion de Alcaldia se pondra en conocimiento de las instancias necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 156099-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de renovacion de alumbrado publico de la Plaza de MORDAZA de Chancay
ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2008-MDCH Chancay, 18 de enero del 2008 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesion de Concejo Extraordinaria de fecha 18 de enero del 2008, el Informe Nº 032-2008-MDCH/ ALE-MCV, mediante el cual el Asesor Legal Externo opina por la procedencia de la exoneracion de MORDAZA de seleccion para contratar directamente los Servicios de la Empresa EDELNOR S.A.A. a fin de que brinde el servicio de renovacion del Alumbrado Publico de la Plaza de MORDAZA de Chancay, por un valor de S/. 115,862.57 nuevos soles; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, administrativa y economica en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Nº 032-2008-MDCH/ALEMCV, el Asesor Legal Externo opina por la procedencia de la exoneracion de MORDAZA de seleccion para contratar directamente los Servicios de la Empresa EDELNOR S.A.A. a fin de que brinde el servicio de renovacion del Alumbrado Publico de la Plaza de MORDAZA de Chancay, por un valor de S/. 115,862.57 nuevos soles; al quedar acreditada la justificacion tecnica y la necesidad de adquirir directamente dicho servicio; Que, conforme lo establece el articulo 19º literal e) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exonerados de procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios a adquirir o contratar no admiten sustitutos y exista proveedor unico;

Que, a su vez el articulo 20º literal c) de la MORDAZA acotada establece que las exoneraciones se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo Municipal para el caso de los gobiernos locales. Asimismo en el tercer parrafo del citado articulo se precisa que los acuerdos que aprueben exoneraciones requieren obligatoriamente de un informe tecnico legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, precisandose que dichos acuerdos y los informes que lo sustenten deben de remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, concordantemente con las normas MORDAZA acotadas el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a lo requerido por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA Nacional, la entidad podra contratar directamente, a su vez el articulo 146º de dicha MORDAZA senala que la Resolucion o Acuerdo que apruebe la Exoneracion del MORDAZA de exoneracion requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la sustentacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad; Que, mediante Informe Nº 064-08/GDURA/MDCH emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Rural y Ambiental asi como sus recaudos, se informa de la problematica que viene afrontando el servicio de alumbrado publico en la Plaza de MORDAZA por lo que se requiere la implementacion de un proyecto para solucionarlo, el mismo que debera de mantener el mismo lenguaje arquitectonico del diseno de la Plaza de MORDAZA complementandose ademas con el MORDAZA diseno que se viene ejecutando por lo que se requiere la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de la Empresa EDELNOR S.A., de la cual se ha recibido una propuesta tecnica y economica para brindar dicho servicio por un importe de S/. 115,862.57 nuevos soles debiendo de tenerse en cuenta que el servicio a contratar no admite sustitutos y la condicion de proveedor unico en el MORDAZA local de la referida empresa; Que, mediante Informe Nº 013-2008-GM/SGAG-OPP emitido por la Sub Gerencia de Asesoria General, informa que existe cobertura presupuestaria hasta por un monto de S/. 120,000.00 nuevos soles para contratar los servicios de mejoramiento y mantenimiento de alumbrado publico, ello en virtud del Acuerdo de Concejo Nº 156-2007-MDCH, mediante el que se Aprobo la modificacion presupuestaria a nivel institucional, mediante Credito Suplementario, precisandose que dicho proyecto esta siendo incluido en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del ano 2008; Que, cabe acotar que la Empresa Edelnor S.A.A. es la empresa concesionaria de servicio de electricidad para la MORDAZA Norte de MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, asi como las provincias de Huaura, Barranca, Huaral y Oyon, a los que atiende en forma exclusiva, en virtud del Contrato de Concesion suscrito con el Estado Peruano que fuera aprobado por Resolucion Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubre de 1996; Que, teniendo en cuenta las normas legales y los informes MORDAZA citados, queda acreditada la justificacion tecnica y la necesidad de contratar directamente los servicios de la Empresa Edelnor S.A.A. a fin de que brinde el servicio de renovacion del alumbrado publico de la Plaza de MORDAZA de Chancay, por un valor de S/. 115,862.57 nuevos soles, debiendo de tenerse en cuenta que el servicio a contratar no admite sustituto y la condicion de proveedor unico del MORDAZA local de la referida empresa; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el articulo 9º y articulo 20º inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con el MORDAZA mayoritario del pleno del Concejo; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la Exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios

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