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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2008 (27/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Lima, domingo 27 de enero de 2008 365213 Que, el Comité Consultivo del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, mediante Informe Nº 16-2007-MTC-CCPNAF, recomienda la canalización de las bandas 450 - 452,5 MHz y 460 - 462,5 MHz; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nºs 013-93-TCC y 020-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Incorporar en las disposiciones de radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones aprobadas por Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03, la canalización de las bandas 450 - 452,5 MHz y 460 - 462,5 MHz; según el Anexo Nº 1 de la presente resolución.Regístrese, comuníquese y publíquese. ANEXO Nº 1 Bandas 450 - 452,5 MHz y 460 - 462,5 MHz (Servicios públicos de telecomunicaciones) Canal NºFrecuencia (MHz) BW: 1,25 MHz Ida Retorno 1 451,150 461,1502 452,400 462,400 156954-1 Proyectos de normas que establecen la utilizacion de las Bandas 385 - 386 MHZ y 395 - 396 MHZ para prestar servicios públicos de telecomunicaciones a entidades públicas con fines de seguridad pública o de atención en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la vida y/o los bienes de las personas y aprueban su canalizacion El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideración del público interesado los proyectos de normas que establecen la utilización de las bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz para prestar servicios públicos de telecomunicaciones a entidades públicas con la fi nalidad de salvaguardar los bienes y la vida de las personas y aprueban su canalización, a fi n que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Jr. Zorritos Nº 1203 Lima - Cercado, vía fax al 315-7784 o vía correo electrónico a cpalomares@mtc.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días calendario. Formato para la presentación de comentarios a los proyectos de normas Artículo del Proyecto Comentarios 1º Comentarios Generales Resolución Ministerial Lima, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece en su artículo 57º, que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación; cuya utilización y otorgamiento de uso a particulares se debe efectuar en las condiciones señaladas en la Ley y su Reglamento; Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone en su artículo 199º, que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación y el control del espectro radioeléctrico; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005- MTC/03 se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias y la clasifi cación de usos del espectro radioeléctrico; Que, por Resolución Viceministerial N° 518-2002- MTC/15.03, se designó a los miembros del Comité Consultivo del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas técnicas relacionados a dicho Plan;Que, el citado Comité Consultivo mediante Informe Nº 017-2007-MTC-CCPNAF, recomienda la modifi cación de la Nota P41 del PNAF, a fi n de establecer que las bandas 385 – 386 MHz y 395 – 396 MHz están atribuidas para prestar servicios públicos de telecomunicaciones a título secundario a las entidades públicas, con fi nes de seguridad pública o de atención en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la vida y/o los bienes de las personas; Que, la referida propuesta se condice con la atribución de la banda de 380 – 400 MHz en Europa y las recomendaciones emitidas por la European Radio Commission (ERC) y el European Telecommunications Standard Institute (ETSI); asimismo se sustenta en los objetivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de promover el uso efi ciente del espectro radioeléctrico; Que, en tal sentido corresponde modifi car el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791 y los Decretos Supremos N°s. 013-93-TCC y 020-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modifi car la Nota P41 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, la cual tendrá el siguiente texto: “P41 (…)Las bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz están atribuidas para prestar servicios públicos de telecomunicaciones a título secundario a entidades PROYECTO