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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2008 (27/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 44

El Peruano Lima, domingo 27 de enero de 2008 365214 públicas, con fi nes de seguridad pública o de atención en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la vida y/o los bienes de las personas” Regístrese, comuníquese y publíquese. Resolución Viceministerial Lima,CONSIDERANDO:Que el artículo 200° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que toda asignación de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalización, el cual será aprobado por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005- MTC/03 se aprueba el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias y la clasifi cación de usos del espectro radioeléctrico, así como las normas técnicas generales para la utilización de este recurso; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 518- 2002-MTC/15.03, se designó a los miembros del Comité Consultivo del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas técnicas relacionados a dicho Plan; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 268-2005- MTC/03, modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nºs 039-2006-MTC/03, 512-2006-MTC/03 y 516-2007-MTC/03 se aprobaron las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones (1º Parte); Que, por Resolución Ministerial Nº -2008-MTC/03 se modifi ca la Nota P41 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, disponiéndose que las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz están atribuidas para prestar servicios públicos de telecomunicaciones a título secundario a las entidades públicas, con fi nes de seguridad pública o de atención en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la vida y/o los bienes de las personas; Que, el Comité Consultivo del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, mediante Informe Nº 01-2008-MTC-CCPNAF, recomienda la canalización de las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz; Que, en tal sentido resulta necesaria la aprobación de la canalización de las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos N°s 013-93-TCC y 020-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Incorporar en las disposiciones de radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones aprobadas por Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03, la canalización de las bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz; según el Anexo N° 1 de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANEXO Nº 1 Bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz (para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones a título secundario a entidades públicas con fi nes de seguridad pública o de atención en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la vida y/o los bienes de las personas) BandaRango de frecuencias (MHz) Ida Retorno A 385,00 – 385,25 395,00 – 395,25BandaRango de frecuencias (MHz) Ida Retorno B 385,25 – 385,50 395,25 – 395,50 C 385,50 – 385,75 395,50 – 395,75 D 385,75 – 386,00 395,75 – 396,00 Exposición de motivos I. AntecedentesEl Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece en su artículo 57º, que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación; cuya utilización y otorgamiento de uso a particulares se debe efectuar en las condiciones señaladas en la Ley y su Reglamento. El Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone en su artículo 199º, que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación y el control del espectro radioeléctrico. Mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias y la clasifi cación de usos del espectro radioeléctrico. Mediante Resolución Viceministerial N° 518-2002- MTC/15.03, se designó a los miembros del Comité Consultivo del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas técnicas relacionados a dicho Plan. El citado Comité Consultivo mediante Informe Nº 017- 2007-MTC-CCPNAF, recomienda modifi car la citada Nota P41, a fi n de establecer que las bandas 385 – 386 MHz y 395 – 396 MHz están atribuidas para prestar servicios públicos de telecomunicaciones a título secundario a las entidades públicas, con fi nes de seguridad pública o de atención en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la vida y/o los bienes de las personas. Al respecto cabe señalar que la referida propuesta se condice con la atribución de la banda de 380 – 400 MHz en Europa y las recomendaciones emitidas por la European Radio Commission (ERC) y el European Telecommunications Standard Institute (ETSI). Asimismo se sustenta en los objetivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de promover el uso efi ciente del espectro radioeléctrico. II. Propuesta Se propone modifi car la nota P41 del PNAF con el fi n de disponer que las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz sean utilizadas a título secundario para prestar servicios públicos de telecomunicaciones a entidades públicas con fi nes de seguridad pública o de atención en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la vida y/o los bienes de las personas III. Benefi cios Entre los benefi cios que se alcanzarán con la citada norma, tenemos que:  Promueve la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones a través de medios inalámbricos a las entidades públicas con fi nes de seguridad pública o de atención en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la vida y/o los bienes de las personas.  Constituye un instrumento que facilitará la labor de las entidades públicas encargadas de salvaguardar los bienes y la vida de las personas.  Incentiva la asignación racional y uso efi ciente del espectro radioeléctrico 156952-1PROYECTO