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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de enero de 2008 365211 Ancomarca y Ataspaca de las circunscripción del Distrito de Palca, Provincia y departamento de Tacna, así como brindar asistencia a la población afectada que comprende a sus comunidades y caseríos, por un periodo de 90 días contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente. Artículo Segundo.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA la adquisición de maquinaria pesada y vehículos, para la rehabilitación de las vías de comunicación, principalmente para la rehabilitación, mantenimiento y construcción de carreteras, así como brindar asistencia a la población afectada que comprende a sus comunidades y caseríos. Artículo Tercero.- EXONERAR DEL PROCESO DE SELECCIÓN la adquisición de maquinarias y vehículos consistentes de un cargador frontal, un volquete de 15 m3 doble eje y una camioneta 4 x 4, para ser destinados a la rehabilitación de vías de comunicación y principalmente para rehabilitación, mantenimiento y construcción de carreteras de la circunscripción del Distrito de Palca, así como brindar asistencia a la población afectada; el mismo que se efectuará conforme a los procedimientos previstos en los artículos 19º, 20º y 22º del TUO Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su reglamento Art. 142º del D.S. Nº 084-2004-PCM modifi cado por el Art. 1° del Decreto Supremo No.137-2007-EF, Art. 146º, 147º y siguiente del referido Reglamento con cargo a la fuente de fi nanciamiento vía endeudamiento ante el Banco de la Nación. Artículo Cuarto.- PRECISAR que el periodo de exoneración de los procesos de selección para adquisición y contratación de bienes requeridos, no excederán de 30 días calendarios debiendo rendirse la cuenta respectiva. Artículo Quinto.- AUTORIZAR el endeudamiento para los fi nes requeridos ante el Banco de la Nación. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Unidad de Abastecimientos, la adquisición de las citadas maquinaria pesada y vehículo y el servicio correspondiente en el marco de la normatividad de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; actuando como veedores los miembros del Consejo Municipal, representante de la Sociedad Civil debidamente fi scalizados por la Comisión de regidores que corresponda. Artículo Séptimo.- AUTORIZAR amplia y sufi ciente facultad al Sr. AURELIANO GUTIERREZ AYCA, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Palca, para que realice todos y cada una de las gestiones y trámites, conducentes a la ejecución del presente acuerdo y así como solicitar el crédito ante el Banco de la Nación. Artículo Octavo.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, conforma al Inc. C. del Art. 20º del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, encargándose a la Gerencia Municipal la publicación respectiva, debiendo remitir copia del mismo y los informes que la sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de la aprobación y dentro de los plazos establecidos en la Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AURELIANO GUTIÉRREZ AYCA Alcalde 157111-1 PROYECTOS TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de normas que establecen la utilización de la banda de 450 MHz (Bandas 450-452,5 MHz y 460 - 462,5 MHz) para áreas rurales y lugares de preferente interés social y aprueban su canalización El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideración del público interesado los proyectos de normas que establecen la utilización de la banda de 450 MHz (bandas 450 - 452,5 MHz y 460 - 462,5 MHz) para áreas rurales y lugares de preferente interés social y aprueban su canalizacion, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Jr. Zorritos Nº 1203 Lima - Cercado, vía fax al 315-7784 o vía correo electrónico a cpalomares@mtc.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días calendario. Formato para la presentación de comentarios a los proyectos de normas Artículo del Proyecto Comentarios 1º Comentarios Generales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Lima, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece en su artículo 57º, que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación; cuya utilización y otorgamiento de uso a particulares se debe efectuar en las condiciones señaladas en la Ley y su Reglamento; Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone en su artículo 199º, que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación y el control del espectro radioeléctrico; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005- MTC/03 se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias y la clasifi cación de usos del espectro radioeléctrico;