Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2008 (22/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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ha incrementado en mas de un 20% el importe emitido por arbitrios municipales en el presente ejercicio, respecto a lo emitido y liquidado en el ejercicio 2007. El beneficio sera aplicable unicamente respecto de sus predios destinados a casa-habitacion. c) El presente beneficio tambien sera de aplicacion a los pensionistas que gocen de la deduccion del 50% de arbitrios municipales. d) Al contribuyente beneficiario se le otorgara un "Certificado de Descuento Especial", el cual sera una MORDAZA que lo acreditara como sujeto comprendido dentro del beneficio concedido por la presente Ordenanza, no obstante la Administracion realizara la deduccion correspondiente de oficio dentro de los parametros aprobados en la presente Ordenanza. e) El presente beneficio no es aplicable a los Arbitrios Municipales que correspondan a los predios que: - Tengan un uso distinto al de MORDAZA habitacion. - A la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, el predio se encontrara sin inscripcion en el sistema predial de la Municipalidad. - A la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, el contribuyente no hubiese declarado la adquisicion del predio. - En los casos en los que no se hubiese determinado arbitrios en el ejercicio 2007. CAPITULO II DE LAS FACILIDADES Articulo Cuarto.- CARACTERISTICAS DEDUCCION TRIBUTARIA DE LA

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Incorporan integrantes al Grupo Tecnico Local para la Recuperacion Ambiental de la MORDAZA del Callao
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000003
Callao, 19 de febrero de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO. CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, en el articulo 9º numeral 7, dispone que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestion Ambiental Local y sus instrumentos, en concordancia con el Sistema de Gestion Nacional y Regional; Que, el numeral 1) del articulo 80º de la citada Ley, senala que es funcion especifica exclusiva de las municipalidades provinciales en materia de saneamiento, salubridad y salud, la de regular y controlar el MORDAZA de disposicion final de desechos solidos, liquidos y vertimientos industriales en el ambito provincial; Que, en tal sentido, mediante Decreto de Alcaldia Nº 000039 del 16 de noviembre del 2007, se aprobo la conformacion del Grupo Tecnico Local para la Recuperacion Ambiental de la MORDAZA del Callao, siendo necesario que se incorporen nuevos integrantes a la misma; Estando lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:

a) A fin de acogerse a las facilidades para el pago de obligaciones tributarias derivadas de arbitrios municipales del ejercicio 2008, los contribuyentes beneficiarios conforme al literal b) del articulo tercero de la presente Ordenanza, gozaran de una deduccion parcial sobre el incremento al importe global por arbitrios municipales del ejercicio 2008 respecto al importe liquidado en el ejercicio 2007, conforme al detalle siguiente:
RANGO DE INCREMENTO De 20.01% hasta 30% De 30.01% hasta 50% De 50.01% a mas SE REDUCE INCREMENTO A: 20% 25% 30%

b) Las facilidades de pago otorgadas por la presente Ordenanza, no restringe las facultades de fiscalizacion, ni limita las acciones de cobranza de la Administracion Tributaria. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facultese al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte de ser necesario, las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para prorrogar la fecha de vigencia de los beneficios establecidos en la presente Ordenanza. Segunda.- Encarguese a las Gerencias de Administracion Tributaria, de Tecnologias de Informacion y Comunicaciones, Administracion y Finanzas el cumplimiento de la presente Ordenanza; asi como a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen su amplia difusion e informacion a favor de los vecinos del distrito. Tercera.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de febrero del ano dos mil ocho. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA

Articulo 1º.- Incorporar, como integrantes del Grupo Tecnico Local para la Recuperacion Ambiental de la MORDAZA del Callao, conformado por Decreto de Alcaldia Nº 000039 del 16 de noviembre del 2007, a los siguientes representantes: - Un representante de la Empresa Nacional de Puertos - ENAPU. - Un representante del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 2º.- Modificar, el Articulo 5º del Decreto de Alcaldia Nº 000039 del 16 de noviembre del 2007, el cual queda redactado de la siguiente manera: "Articulo 5º.- El plazo previsto para el cumplimiento de los objetivos planificados es de doce (12) meses a partir de la fecha de instalacion del Grupo Tecnico Local para la Recuperacion Ambiental de la MORDAZA del Callao". Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia General de Proteccion del Medio Ambiente el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao

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