Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2008 (22/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de febrero de 2008

Decimo.- Nombrar a la doctora DAYSI MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunta Provincial de Familia de Moyobamba del Distrito Judicial de San Martin. Decimo Primero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Mixto de MORDAZA del Distrito Judicial de San Martin. Decimo Segundo.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Mixto de MORDAZA Portillo del Distrito Judicial de Ucayali. Decimo Tercero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Mixto de Puerto MORDAZA del Distrito Judicial de Ucayali. Decimo Cuarto.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Mixto de Purus del Distrito Judicial de Ucayali. Decimo Quinto.- Proceder a la proclamacion y entrega de titulo de nombramiento, en acto publico del Consejo Nacional de la Magistratura, remitiendose MORDAZA de la presente resolucion, a la senora Fiscal de la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Nacional de la Magistratura

Articulo 1°.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Ichupampa, Provincia de Caylloma, Departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion de los Nacimientos registrados desde el 20 de Febrero de 1987 a Diciembre de 1987, y los anos 1988 y 1989 inclusive. Articulo 2°.- Autorizar a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Ichupampa, Provincia de Caylloma, Departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Nacimientos, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3°.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion ­ Ley N° 26242 ­ 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Operativa de los Registros Civiles, debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registros del Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase.

166945-4

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Ichupampa la apertura del Registro de Libro de Nacimientos
RESOLUCION JEFATURAL N° 068-2008-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 14 de Febrero de 2008. VISTOS: el Informe N° 000005-2007/SGGORC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Gestion Operativa de los Registros Civiles y el Informe N° 000004-2008/GRC/ RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de Nacimientos de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Ichupampa, Provincia de Caylloma, Departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registros del Estado Civil a que se refiere la Ley N° 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil del Distrito de Ichupampa, Provincia de Caylloma, Departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por la Sub Gerencia de Gestion Operativa de los Registros Civiles, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles, y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - Ley Nº 26497, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 10062007-JNAC/RENIEC;

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

167041-2

Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones y Estructura Organica del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 095-2008-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 21 de febrero de 2008. VISTOS: Los Oficios Nºs. 000267, 000369 y 000391-2008/GPP/ RENIEC de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, los Informes Nros. 00042, 00060 y 00062-2008/SGPR/ GPP/RENIEC de la Subgerencia de Planificacion y Racionalizacion que adjuntan el Informe Tecnico Sustentatorio por Modificacion, y el Informe Nº 125-2008GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497, se crea el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a lo previsto en los articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Peru, como un organismo con personeria juridica de derecho publico interno, que goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se establecen los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF que senalan los criterios de diseno y estructura que debe observar dicho instrumento, los cuales han sido adoptados en la redaccion del MORDAZA texto de Reglamento propuesto, que incluye las modificaciones sugeridas por las diversas unidades organicas de la entidad, todo lo cual se analiza en el Informe Tecnico Sustentatorio por Modificacion emitido al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 30º del acotado Decreto Supremo; Que, asimismo, el articulo 33º de dicho Decreto senala que el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF requiere de un informe previo favorable que verifique el cumplimiento de los requisitos tecnicos previstos en el mismo Decreto y en la Ley de Modernizacion de la Gestion del Estado y demas normativa vigente; Que, a traves de la Ley Nº 27658 se aprueba la Ley de Modernizacion de la Gestion del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002PCM que establece que toda entidad esta orientada al servicio de la persona, para lo cual se senalan criterios de diseno y estructura de la administracion publica, los que se han cumplido con la nueva version del Reglamento

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