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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de febrero de 2008 367091 de Organización y Funciones – ROF que incorpora las modifi caciones planteadas; Que, conforme a lo establecido en el artículo 34º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF en el caso del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC será aprobado por Resolución del Titular de la entidad; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil que consta de seis títulos, once capítulos, ciento cinco artículos y cuatro disposiciones complementarias y fi nales, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Informática efectuar la respectiva publicación en la página web institucional para su debida difusión entre el público usuario. Regístrese, publíquese y cúmplaseEDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 167314-1 Revocan facultades registrales conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador RESOLUCIÓN JEFATURAL N°097-2008-JNAC/RENIEC Lima, 21 de febrero de 2008. VISTOS: el Ofi cio N° 000842-2008/JR10LIM/GOR/ RENIEC de la Jefatura Regional Lima, el Ofi cio Nº 000592-2008/GOR/RENIEC de la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Informe Nº 000065-2008/GRC/RENIEC de la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de abril de 1996, se delegó a las Ofi cinas de Registros del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado, Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizadas, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, autorizando a las referidas dependencias a disponer de los derechos que recauden por los servicios que prestan las Ofi cinas del Registro del Estado Civil; Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 establece que, la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Ofi cinas del Registro del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM.; Que, siendo uno de los objetivos del RENIEC la consolidación del Sistema de Registros del Estado Civil, resulta pertinente continuar con la progresiva incorporación de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil que actualmente funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales a nivel nacional; Que, es necesario revocar las funciones registrales conferidas a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, dictando disposiciones que garanticen la efi ciente prestación de los servicios en las Ofi cinas Registrales del RENIEC;Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Revocar a partir del 25 de febrero de 2008, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distritral de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, las anotaciones marginales o textuales que se requieran respecto a las inscripciones realizadas en las Ofi cinas Registrales del RENIEC y la inscripción de adopciones, a partir de la fecha consignada en el artículo precedente, serán de competencia exclusiva del RENIEC. Artículo Tercero.- La Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, de la Provincia y Departamento de Lima, conservará el acervo documentario, ejerciendo respecto a los Libros de Actas de Hechos Vitales, las funciones registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del artículo 44º de la Ley Nº 26497; hasta la incorporación de tal acervo al RENIEC. Artículo Cuarto.- Precisar que la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, continuará efectuando el archivamiento de las Actas de Nacimiento, para los efectos de la inscripción de las adopciones en las Ofi cinas Registrales del RENIEC, hasta que se produzca la incorporación del acervo documentario al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; debiéndose enviar copia certifi cada de dicha Acta a la Ofi cina Registral RENIEC Villa El Salvador. Artículo Quinto.- Encargar a la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles, designada por Resolución Jefatural Nº 924-2005-JEF/RENIEC, modifi cada por Resolución Jefatural Nº 369-2006-JEF/RENIEC, a realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Distrital señalada en el artículo Primero de la presente Resolución, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en dicho artículo. Artículo Sexto.- Encargar a las Gerencias de Imagen Institucional y Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 167647-1 MINISTERIO PUBLICO Crean diversos Despachos Fiscales con carácter permanente RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 034-2008-MP-FN-JFS Lima, 21 de febrero de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante el Informe N° 001-2008-MP-FN- ETII-CPP de fecha 12 de febrero de 2008, el Secretario Técnico del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, pone en conocimiento a la Fiscal de la Nación y Presidencia de la Junta de Fiscales Supremos, la evaluación efectuada respecto a la creación de Fiscalías en el marco de la implementación del citado Código en los Distritos Judiciales de Moquegua y Tacna respectivamente; Que, estando a la opinión favorable contenido en el Ofi cio Nº 089-2008-2ºFSUPR.P-MP-FN, remitido por el doctor Pablo Sánchez Velarde, Fiscal Supremo Titular de