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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de febrero de 2008 367230 AGRICULTURA Aprueban el Plan Maestro de la Reserva Comunal Amarakaeri 2008-2011 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 044-2008-INRENA Lima, 19 de febrero de 2008VISTO:El Informe Nº 053-2008-INRENA-IANP-DPANP- DOANP, de fecha 11 de febrero de 2008, de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas, que recomienda aprobar el Plan Maestro de la Reserva Comunal Amarakaeri, 2008-2011; CONSIDERANDO:Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, según lo previsto por la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, en el artículo 8º y lo dispuesto por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, en el artículo 3º, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el ente rector o autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado Peruano - SINANPE; Que, el artículo 22º, literal g) de la Ley de Áreas Naturales Protegidas y el artículo 56º numeral 1) de su Reglamento, señala que las reservas comunales son áreas destinadas a la conservación de la fl ora y fauna silvestre, en benefi cio de las poblaciones rurales vecinas, donde el uso y comercialización de recursos se hará bajo planes de manejo, aprobados y supervisados por la autoridad y conducidos por los mismos benefi ciarios, pudiendo ser establecidas sobre suelos de capacidad de uso mayor agrícola, pecuario, forestal o de protección y sobre humedales; Que, el artículo 56º, numeral 2) del reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, precisa que la administración de las reservas comunales, corresponde a un régimen especial contemplado por la ley y establecido en concordancia con el artículo 125º del referido Reglamento, siendo la gestión conducida directamente por sus benefi ciarios de acuerdo a sus formas organizativas, en un proceso de largo plazo, en el cuál éstos consolidan sus conocimientos asociados a la conservación y al uso sostenido de recursos, ejerciendo sus derechos y obligaciones con el Estado para la administración del patrimonio de la Nación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2002-AG, del 11 de mayo de 2002, se estableció la Reserva Comunal Amarakaeri - RCA, sobre una extensión de 402 335,62 ha, ubicadas en el departamento de Madre de Dios, provincia de Manu, distrito de Madre de Dios; Que, con Resolución Jefatural Nº 275-2005-INRENA del 11 de diciembre de 2005 se estableció la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Comunal Amarakaeri; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 017- 2006-INRENA de fecha 11 de mayo de 2006, se resolvió reconocer al Ejecutor del Contrato de Administración de la Reserva Comunal Amarakaeri ECA-RCA; Que, mediante Contrato de Administración de la Reserva Comunal Amarakaeri suscrito entre el Instituto Nacional de Recursos Naturales y el Ejecutor del Contrato de Administración de la Reserva Comunal Amarakaeri, se regula la administración y el manejo participativo de la reserva comunal entre el Estado y las comunidades nativas benefi ciarias; Que, según lo previsto por la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, en el artículo 8º y lo dispuesto por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, en el artículo 3º, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el ente rector o autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado Peruano - SINANPE; Que, la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en su artículo 20º, establece que la autoridad nacional aprobará un plan maestro para cada área natural protegida, el cual constituye el documento de planifi cación de más alto nivel de las mismas, en el que se defi ne la zonifi cación, estrategias y políticas generales para la gestión del área; la organización, objetivos, planes específi cos requeridos y programas de manejo; y, los marcos de cooperación, coordinación y participación relacionados al área y su zona de amortiguamiento; Que, la Estrategia Nacional para Áreas Naturales Protegidas - Plan Director, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG, establece que los planes maestros serán elaborados por medio de un proceso participativo y deben ser revisados cada cinco (5) años; Que, el numeral 4) del artículo 37º del reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas señala que el Plan Maestro es aprobado mediante Resolución Jefatural del INRENA, con una vigencia de cinco (5) años, a propuesta de la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas, actual Intendencia de Áreas Naturales Protegidas; Que, por Resolución de Intendencia 038-2005- INRENA-IANP, se aprueban los Términos de Referencia para la elaboración del Plan Maestro de la Reserva Comunal Amarakaeri; Que, mediante Carta Nº 016-2008-INRENA-IANP- RCA/ECA-RCA, el coordinador de la Reserva Comunal Amarakaeri y el Presidente del Ejecutor del Contrato de Administración de la Reserva Comunal Amarakaeri remiten a la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas el Acta de Asamblea General Extraordinaria del ECA-RCA aprobando el Plan Maestro de la Reserva Comunal Amarakaeri, 2008-2011; Que, mediante Informe Nº 053-2008-INRENA-IANP- DPANP, la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas manifi esta su conformidad con la propuesta del “Plan Maestro de la Reserva Comunal Amarakaeri” y el proceso participativo seguido para su elaboración; De conformidad con lo establecido en el artículo 8º, literal g) y el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, así como el artículo 37º, numeral 4) de su Reglamento; y, ANEXO RELACIÓN DE BIENES DE AYUDA HUMANITARIA ENTREGADOS EN CALIDAD DE DONACIÓN A LA REPÚBLICA DE BOLIVIA BOLIVIAPeso Aprox UnitPeso TotalVolumen Aprox UnitVolumen TotalPrecio Promedio UnitarioPrecio Total Bota de Jebe 100 1.69 169.00 0.00625 0.63 S/.14.3 S/.1,427.0 Cama plegable 1 Plaza 100 5.75 575.00 0.06080 6.08 S/.78.8 S/.7,880.3Colchon espuma 3/4 plza 250 1.15 287.50 0.07996 19.99 S/.59.5 S/.14,885.0 Frazadas de 1 1/2 Plaza 2000 2.20 4,400.00 0.01400 28.00 S/.13.6 S/.27,108.6 Balde plastico 15 Lt. PNUD 500 0.50 250.00 0.00455 2.28 S/.6.0 S/.2,998.8 Bidon plastico 135 Lt. 90 5.30 477.00 0.10116 9.10 S/.45.7 S/.4,113.0Calamina Galvanizada corrug 1.8 1000 3.00 3,000.00 0.00062 0.62 S/.14.2 S/.14,160.0 * Peso Total 9,158.50 Vol. Total 66.69 Precio Total S/.72,572.7 168269-3