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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (24/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de febrero de 2008 367244 Visto: el Expediente Nº 07-013964-001 que contiene el Memorándum Nº 1400-2007-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO:Que mediante la Resolución Ministerial Nº 943-2006/ MINSA se aprobó el Documento Técnico “Plan Nacional de Salud Mental”; Que, el artículo 2º de la acotada Resolución Ministerial establece que “El Consejo Nacional de Salud, a través del Comité Nacional de Salud Mental, implementará y coordinará las acciones del citado Plan Nacional, con las instituciones del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud”; Que, mediante Ofi cio SECCOR-CNS-Nº 0024-2007, el Secretario de Coordinación del Consejo Nacional de Salud, manifi esta que ni el Consejo, ni los Comités, tienen la función de implementar los Planes ni las Políticas, cuya función y competencia es propia del Ministerio de Salud, como ente rector del Sistema; en tal sentido, solicita modifi car el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 943-2006/MINSA; Que, a través del Informe Nº 049-2007/DSM/DGSP/ MINSA, el Director de la Dirección de Salud Mental de la Dirección General de Salud de las Personas, manifi esta que corresponde a dicha Dirección la implementación del Plan Nacional de Salud Mental, y al Consejo Nacional de Salud a través del Comité Nacional de Salud Mental la realización de acciones de tipo consultivo, apoyo técnico y asesoramiento, por lo que es pertinente modifi car el artículo 2º de la mencionada Resolución; Que, mediante Informe Nº 1980-2007-OGAJ/MINSA, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica opinó modifi car el artículo 2º e incluir un artículo 5º en la Resolución Ministerial Nº 943-2006/MINSA; Que, el literal e) del artículo 46º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece integrar las normas y planes el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud en la Política Nacional de Salud Mental, en tal sentido resulta conveniente aprobar las modifi caciones propuestas de la Resolución Ministerial Nº 943-2006/MINSA; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; y a lo informado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Con las visaciones, del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Modifi car el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 943-2006/MINSA, conforme se detalla a continuación: “Artículo 2º.- El Ministerio de Salud implementará el Plan Nacional de Salud Mental, a través de la Dirección de Salud Mental de la Dirección General de Salud de las Personas”. Artículo 2º .- Incorporar el artículo 5º en la Resolución Ministerial Nº 943-2006/MINSA, conforme al siguiente texto: “Artículo 5º.- El Consejo Nacional de Salud, a través del Comité Nacional de Salud Mental, brindará apoyo técnico y asesoramiento al Ministerio de Salud en la implementación del Plan Nacional de Salud Mental”. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 168209-4Autorizan a procuradora interponer demanda contencioso administrativa de lesividad contra la R.D. Nº 0206/2006/DIGESA/SA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 099-2008/MINSA Lima, 21 de febrero del 2008VISTO; el Expediente N° 06-100565-001, que contiene el pedido de nulidad de la Resolución Directoral Nº 0206/2006/DIGESA/SA, solicitado por la Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA; CONSIDERANDO:Que, el segundo párrafo del artículo 11º de la Ley Nº 27584, Ley del Proceso Contencioso Administrativo establece que, tiene legitimidad para obrar activa la entidad pública facultada por ley para impugnar cualquier actuación administrativa que declare derechos subjetivos; previa expedición de resolución motivada en la que se identifi que el agravio que aquella produce a la legalidad administrativa y al interés público, y siempre que haya vencido el plazo para que la entidad que expidió el acto declare su nulidad de ofi cio en sede administrativa; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1056- 2007/MINSA del 20 de diciembre de 2007, y al amparo de lo establecido por el artículo 11º de la Ley Nº 27584, se declaró que el acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Nº 0206/2006/DIGESA/SA del 6 de febrero del 2006, agravia la legalidad y el interés público; Que, al respecto la referida Resolución Ministerial tiene por objeto constituir un presupuesto para la interposición de una Demanda Contencioso Administrativa de lesividad, con la fi nalidad de lograr en sede judicial la declaración de Nulidad de la Resolución Directoral Nº 0206/2006/DIGESA/SA, al amparo de lo prescrito por el artículo 202º numeral 202.3, 202.4 de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en función de lo expuesto, se tiene que la Resolución Directoral Nº 0206/2006/DIGESA/SA ha sido emitida en infracción de la legalidad administrativa vigente, y en consecuencia, deviene en lesiva al interés público, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 202º numeral 202.3, 202.4 de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; es procedente autorizar a la Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Salud, para que en nombre y representación del Estado, formule la correspondiente Demanda Contencioso Administrativa, para declarar la Nulidad de la Resolución Directoral Nº 0206/2006/DIGESA/SA; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 47º y 148º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 17537 modifi cado por el Decreto Ley Nº 17667, el artículo 202º numeral 202.3 202.4 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el artículo 11º de la Ley Nº 27584 Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo y el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Salud, para que en nombre y representación del Estado, formule la correspondiente Demanda Contencioso Administrativa de lesividad contra la Resolución Directoral Nº 0206/2006/DIGESA/SA; de la Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir a la Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Salud, los antecedentes de la presente Resolución para su conocimiento y demás fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 168209-5