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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de febrero de 2008 367245 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican permiso de operación de aviación comercial a la empresa Carlos Palacín Fernández E.I.R.L. - Travel Air RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 020-2008-MTC/12 Lima, 31 de enero de 2008Vista la solicitud de la empresa CARLOS PALACIN FERNANDEZ E.I.R.L. - TRAVEL AIR, sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo; CONSIDERANDO:Que, con Resolución Directoral Nº 189-2004-MTC/12 del 29 de noviembre del 2004 se otorgó a CARLOS PALACIN FERNANDEZ E.I.R.L. - TRAVEL AIR Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo: Fumigación Agrícola, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 02 de enero del 2005; Que, mediante Documento de Registro Nº 2007- 035861 del 19 de octubre del 2007, la empresa CARLOS PALACIN FERNANDEZ E.I.R.L. - TRAVEL AIR solicitó la Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo, en el sentido de incrementar naturaleza del servicio, material aeronáutico, zonas y sub-bases de operación; Que, según los términos del Memoranda Nº 1062- 2007-MTC/12 y Nº 1177-2007-MTC/12; Memorando Nº 5799-2007-MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CARLOS PALACIN FERNANDEZ E.I.R.L. - TRAVEL AIR, la Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo, a fi n de incrementar naturaleza del servicio, material aeronáutico, zonas y sub-bases de operación a los ya autorizados a través de la Resolución Directoral Nº 189-2004-MTC/12 del 29 de noviembre del 2004, de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: (además de los ya autorizados) - Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Fotografía, publicidad, inspección y vigilancia, prospección, defensa y protección de la fauna.MATERIAL AERONÁUTICO: (además de los ya autorizados) - Cessna 172 - Cessna 177- Cessna 337- Piper PA28 ZONAS DE OPERACIÓN: (además de los ya autorizados) Los sobrevuelos en los aeródromos de Güeppi – ubicado en la Zona Reservada Güeppi, Esperanza Amuesha – ubicado en el Parque Nacional Yanachaga Chemillen, Villa América – ubicado en la Reserva Comunal Yanesha, Balta – ubicado en la Reserva Comunal Purús; autorizados a la empresa CARLOS PALACIN FERNANDEZ E.I.R.L. – TRAVEL AIR no podrán operar en alturas menores a 3,000 pies sobre el nivel de la superfi cie, salvo para el caso de las operaciones de aterrizaje y despegue, a fi n que en ningún caso sea perceptible al nivel del suelo el ruido de los motores, de conformidad con lo dispuesto por el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA mediante OFICIO Nº 1131-2007-INRENA-IANP/DOANP. Departamento: Amazonas - Chachapoyas, Ciro Alegria, Galilea, Nuevo El Valor, Rodríguez de Mendoza. Departamento: Ancash - Huaraz / Anta. Departamento: Apurímac - Andahuaylas Departamento: Arequipa - Arequipa, Atico, Chivay, Orcopampa. Departamento: Ayacucho - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán. Departamento: Cajamarca - Cajamarca, Santa Cruz. Departamento: Cusco - Cusco, Kirigueti, Kiteni, Las Malvinas, Miaria, Pacria / Nueva Luz, Patria, Taini, Tangoshiari, Timpia, Yauri. Departamento: Huánuco - Huánuco, Pueblo Libre de Codo, Santa Marta, Tingo María, Tournavista. Departamento: Ica - Las Palmeras, Santa Margarita. Departamento: Junín - Alto Pichanaqui, Cutivereni, Chichireni, Jauja, Los Misioneros, Mazamari / Manuel Prado, Potsateni, Poyeni, Puerto Ocopa, Uchubamba. Departamento: La Libertad - Chagual / Don Lucho, Chao, Gochapita, Huamachuco, Pata de Gallo, Pías, Trujillo, Tulpo, Urpay. Departamento: Lima - Callao - Internacional Jorge Chávez, Lib Mandi Metropolitano, Profesional Air - Chilca. Departamento: Loreto - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Contamana, Colonia Angamos, Corrientes / Trompeteros, El Estrecho, Gueppi, Intuto, Iquitos, Orellana, Pampa Hermosa, Paranapura, Requena, San Lorenzo, Yurimaguas. Departamento: Madre de Dios - Huaypetú, Iñapari, Manú, Mazuko, Puerto Maldonado, Río Los Amigos. Departamento: Moquegua - Campamento Ilo, Cuajone / Botifl aca, Ilo. Departamento: Pasco - Ciudad Constitución, Delfín del Pozuzo, Esperanza / Amuesha, Iscozasin, Vicco, Villa América.